Establecer las normas de ética profesional y gremial, así como las medidas disciplinarias que aseguren la dignidad del ejercicio de la Profesión Farmacéutica y la estimación pública que ésta merece, en virtud de las altas misiones que le corresponden en la sociedad.
3. Promover todas las gestiones tendientes al libre e independiente ejercicio de la profesión de los Farmacéuticos, así como la defen
sa de los intereses profesionales y económicos, en relación con su actividad legal profesional, para la consagración del principio del “Regente Dueño”.
4. Promover la celebración de contratos, acuerdos y convenios, individuales o colectivos, con organismos oficiales o particulares, para la prestación de los servicios profesionales.
5. Exhortar a los Colegios de Farmacéuticos a tomar medidas para la mejor defensa del honor, la dignidad y el decoro de la Profesión Farmacéutica.
6. Redactar, cuando lo crea conveniente, con el debido asesoramiento jurídico, proyectos de leyes y reglamentos relacionados con la Ciencia y la Profesión Farmacéutica, promoviendo ante las autoridades competentes, todo lo que juzgue conveniente para los intereses de la profesión.
7. Responder a las consultas que los órganos legítimos y competentes realicen, sobre aspectos de legislación o de la Ciencia Farmacéutica en general.
8. Dirimir los conflictos que pudieran surgir entre los Colegios de Farmacéuticos.
9. Coordinar y orientar las actividades de los Colegios de Farmacéuticos.
10. Promover la celebración de conferencias, congresos y otros eventos similares, sobre los temas y otras ciencias que se relacionen con la Ciencia Farmacéutica y con su ejercicio profesional.
12. Auspiciar la creación de todas aquellas asociaciones o sociedades de Profesionales Farmacéuticos, que por sus fines, tiendan al progreso de la profesión.
13. Mantener un servicio de bibliografía y publicaciones.
14. Mantener intercambio con instituciones profesionales, docentes, científicas y culturales, tanto nacionales como extranjeras, a fin de desarrollar, mejorar e incrementar los estudios y la investigación de la Ciencia Farmacéutica y afines.
15. Colaborar con el Instituto de Previsión Farmacéutica y demás organismos de protección de los intereses sociales, gremiales y económicos de los Farmacéuticos.
16. Velar por la recta aplicación y el estricto cumplimiento de los estatutos y su reglamento, así como de otras normas legales conexas a la Profesión Farmacéutica.