Acceso a la Justicia

Acceso a la Justicia Somos el observatorio del derecho y la justicia. Desde 2010 monitoreamos la administración de justicia y el estado de derecho en Venezuela.

Acceso a la Justicia es una asociación civil sin fines de lucro, privada e independiente, fundada en 2010 por venezolanos comprometidos con la defensa de la justicia, el estado de derecho, la separación de poderes, la independencia judicial, la democracia, la libertad y los derechos humanos en Venezuela. Como observatorio venezolano de la justicia, nos dedicamos a monitorear la administración de j

usticia y el estado de derecho en Venezuela, así como a difundir información correspondiente con el propósito de que los ciudadanos hagan efectivos sus derechos. Queremos fomentar en la ciudadanía una cultura jurídica, cívica, democrática, institucional, garantista y pro derechos humanos. En Telegram: Acceso a la Justicia
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4 de junio. Día Internacional de los Niños Víctimas Inocentes de AgresiónEl Día Internacional de los Niños Víctimas Inoc...
04/06/2026

4 de junio. Día Internacional de los Niños Víctimas Inocentes de Agresión

El Día Internacional de los Niños Víctimas Inocentes de Agresión es una jornada que reconoce el dolor que sufren los niños en todo el mundo que son víctimas de maltratos físicos, mentales y emocionales. En esta fecha también se reafirma el compromiso de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) de proteger los derechos del niño.

El origen de este día conmemorativo es el 19 de agosto de 1982, cuando la Asamblea General de la ONU en su período extraordinario de sesiones de emergencia sobre la cuestión de Palestina decidió conmemorar el 4 de junio de cada año el Día Internacional de los Niños Víctimas Inocentes de la Agresión.

En las guerras y los conflictos armados son los niños los miembros más vulnerables y quienes sufren las peores consecuencias. Ellos son víctimas potenciales de reclutamiento, homicidio, violencia sexual, secuestro, ataques contra escuelas y hospitales y ausencia de ayuda humanitaria.

Los niños venezolanos viven en un entorno que mucho se asemeja a un conflicto bélico por la destrucción de la infraestructura educativa y de salud. La violencia imperante atenta directamente contra la infancia y su derecho a la vida, y las fuerzas de seguridad los han perseguido y reprimido en un contexto de conflicto electoral: numerosos niños y adolescentes han sido detenidos desde 2024, en especial en el marco postelectoral tras los comicios presidenciales, y aunque ya casi todos fueron excarcelados, están sujetos aún a un proceso judicial.

Cronología del caso de Rocío San MiguelEl 27 de mayo de 2026 se conoció, a través de un comunicado, el regreso de Rocío ...
03/06/2026

Cronología del caso de Rocío San Miguel

El 27 de mayo de 2026 se conoció, a través de un comunicado, el regreso de Rocío San Miguel a Venezuela. La defensora de derechos humanos había permanecido en el Reino de España desde su excarcelación en enero de ese mismo año.

El comunicado señala que San Miguel se reencontrará con su familia y gestionará el cierre definitivo de su caso. Actualmente sigue sujeta a medidas cautelares sustitutivas, entre ellas la prohibición de declarar ante los medios de comunicación.

Te invitamos a leer el desarrollo de su caso en la sección Persecución política > Cronologías de nuestra página web: https://accesoalajusticia.org/cronologia-del-caso-de-rocio-san-miguel/

La inobservancia del habeas corpus en Venezuela: una garantía constitucional ignorada por el sistema de justiciaEl habea...
02/06/2026

La inobservancia del habeas corpus en Venezuela: una garantía constitucional ignorada por el sistema de justicia

El habeas corpus, consagrado en el artículo 27 de la Constitución venezolana, fue diseñado como la protección más inmediata contra detenciones arbitrarias o desapariciones forzadas. Sin embargo, la omisión, el retardo y la indiferencia sistemática del aparato judicial han desvirtuado por completo este mecanismo constitucional. Lo que debía activarse sin formalidades y con celeridad extrema se ha convertido en un procedimiento inaccesible.

El caso de Alianis Araujo Lozada ilustra esta realidad. Detenida en agosto de 2025 por funcionarios del CICPC bajo presunta vinculación con artefactos explosivos en Plaza Venezuela, su paradero se volvió una incógnita. Su madre, F***y Lozada Mata, acudió al Palacio de Justicia de Caracas para interponer un habeas corpus y la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) se negó a recibir los escritos. El bloqueo al acceso a la justicia fue inmediato.

La familia recurrió el 13 de febrero de 2026 ante la Sala Constitucional del TSJ. El máximo tribunal tardó dos meses en responder —cuando la ley señala 96 horas—, evitó pronunciarse sobre el fondo y devolvió el caso a los mismos tribunales que habían negado la recepción del amparo. La resolución tardía valida indirectamente el bloqueo institucional. El habeas corpus se transforma así en una letra mu**ta mientras los derechos fundamentales permanecen suspendidos en el vacío.

Para leer la versión íntegra de este caso, visita la sección Monitoreo > Diaria injusticia de nuestra página web: https://accesoalajusticia.org/inobservancia-habeas-corpus-venezuela-garantia-constitucional-ignorada-sistema-justicia/

1 de junio. Día Internacional de la InfanciaEl Día Internacional de la Infancia, instituido en 1956 por la Asamblea Gene...
01/06/2026

1 de junio. Día Internacional de la Infancia

El Día Internacional de la Infancia, instituido en 1956 por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, está dedicado a la fraternidad y la comprensión entre los niños y niñas de todo el mundo. Sin embargo, en Venezuela la situación de la niñez es preocupante.

En un contexto de emergencia humanitaria compleja, muchos niños no gozan del derecho a la educación, ya sea por no contar con los recursos para asistir a las escuelas, o porque estas están prácticamente inoperantes por el deterioro de sus instalaciones y por la ausencia de docentes.

La crisis migratoria ha tenido un impacto negativo en los niños venezolanos. Muchos están creciendo en hogares desestructurados y algunos cruzan fronteras sin acompañantes, corriendo el riesgo de sufrir todo tipo de violaciones a sus derechos. El éxodo de los venezolanos hacia otros países ha separado a las familias y dejado a muchos niños al cuidado de sus abuelos o, en algunos casos, solos y aislados. Todo esto plantea un futuro incierto para la niñez en Venezuela.

Según el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en su boletín «Garantía de los derechos de la niñez migrante», de septiembre de 2025, cerca de 800.000 niños, niñas y adolescentes venezolanos residen actualmente en el vecino país, representando el 28,41 % de los casi 2,8 millones de migrantes venezolanos. Además, entre los principales peligros a los que están expuestos es a las violencias, especialmente las sexuales y aquellas que pueden llegar a causar la muerte. Según datos del Instituto Nacional de Salud, los casos notificados de violencia contra niñas, niños y adolescentes migrantes se han duplicado desde 2019, al pasar de 2.052 reportes a 4.304 en 2024.

Nuevo proceso de elección de magistrados del TSJ mantiene opacidad y control políticoEl inicio de la renovación de magis...
31/05/2026

Nuevo proceso de elección de magistrados del TSJ mantiene opacidad y control político

El inicio de la renovación de magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) vuelve a estar marcado por la opacidad. La Asamblea Nacional (AN) designó la Comisión Preliminar el 21 de abril, y el Comité de Postulaciones Judiciales (CPJ) se concretó el 19 de mayo. Sin embargo, al día siguiente el CPJ anunció 20 vacantes sin especificar sala, ni si son para magistrados principales o suplentes.

Entre 2022 y 2024 existían tres vacantes: la del magistrado Calixto Ortega Ríos (jubilado en octubre de 2022) y las de la expresidenta del TSJ, Gladys Gutiérrez (jubilada en 2024), y la magistrada Bárbara Gabriela César Siero. El 18 de marzo de este año se sumó una cuarta vacante por la designación del magistrado Carlos Alexis Castillo como ministro del Trabajo, lo que contraviene el artículo 256 de la Constitución. A estas se agregaron ocho solicitudes de jubilación conocidas el 27 de abril por redes sociales.

El 4 de mayo, sin haber concluido el proceso de designación, el TSJ nombró suplentes para cubrir las ocho nuevas vacantes, pero sin respetar el artículo 48 de la LOTSJ, que exige que los suplentes correspondan a la misma sala y sigan el orden establecido. La falta de información oficial debilita la confianza en el máximo tribunal. Es indispensable que la AN o el CPJ publiquen el cronograma, los criterios de evaluación y los mecanismos de participación ciudadana.

Te invitamos a leer el texto íntegro de esta nota en la sección Prensa de nuestra página web: https://accesoalajusticia.org/nuevo-proceso-eleccion-magistrados-tsj-mantiene-opacidad-control-politico/

A través de las redes sociales ha circulado información sobre el traslado de causas vinculadas a delitos de terrorismo d...
29/05/2026

A través de las redes sociales ha circulado información sobre el traslado de causas vinculadas a delitos de terrorismo desde los juzgados competentes en esa materia hacia los tribunales ordinarios penales. Ante esa situación señalamos que es improcedente trasladar las causas de un tipo de tribunal a otro sin base legal, ya que, en este caso, por la naturaleza y origen de los tribunales de terrorismo lo que debe hacerse es que las resoluciones del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que los crearon y regularon sean revocadas por ser inconstitucionales.

La creación de tribunales mediante resoluciones administrativas del TSJ contraviene los artículos 156.31 y 269 de la Constitución, que exigen que los tribunales sean creados por ley formal. Asimismo, al no estar contemplados en la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y el Financiamiento al Terrorismo, la existencia de estos juzgados carece de sustento legal, confirmando que su actuación se ha desviado de la persecución de delitos financieros para consolidarse como un instrumento de persecución política. Además, ser juzgado por dichos tribunales vulnera el derecho al juez natural, consagrado en el artículo 49.4 constitucional.

Es por ello que se deben anular los juicios y poner en libertad a las personas que fueron procesadas o condenadas por esos tribunales, pues al ser juzgadas por tribunales que nacieron viciados de origen, no existe posibilidad alguna de convalidar sus decisiones ni los procesos que allí se tramitaron. En consecuencia, el hecho de distribuir los casos a jueces ordinarios no subsana las actuaciones realizadas.

Así, exhortamos a que todas las privaciones de libertad, las acusaciones admitidas y las sentencias dictadas bajo el régimen de esa jurisdicción especial sean anuladas, pues continuar con esos procesos en tribunales ordinarios constituye también una vulneración del derecho al debido proceso, como lo es el hacerlo ante los tribunales de terrorismo. Lo que se haría con este cambio es mantener y extender los efectos de una forma de administrar justicia que nunca debió existir.

Por ello, como ya se dijo, lo que procede conforme a la Constitución es revocar las resoluciones del TSJ que crean y regulan dichos tribunales (https://accesoalajusticia.org/resolucion-2012-0026-que-crea-y-constituye-los-tribunales-con-competencia-exclusiva-en-terrorismo/).

29 de mayo. Día del Trabajador TribunalicioEl 29 de mayo se conmemora el Día del Trabajador Tribunalicio, en honor a un ...
29/05/2026

29 de mayo. Día del Trabajador Tribunalicio

El 29 de mayo se conmemora el Día del Trabajador Tribunalicio, en honor a un grupo de hombres y mujeres que lucharon por sus derechos laborales en los tribunales penales de Caracas en 1975, quienes detuvieron sus actividades en protesta por la falta de un aumento salarial, lo que resultó en la detención de los trabajadores por la policía.

Sin embargo, tras conversaciones con el ministro de Justicia y varios magistrados, se alcanzó un acuerdo que sentó un precedente importante para la conquista de la estabilidad laboral de los trabajadores tribunalicios siete años después, mediante el Estatuto de Personal Judicial (1982).

A pesar de estos avances, el Estado venezolano ha incumplido con sus obligaciones como patrono y ha vulnerado los derechos de los trabajadores tribunalicios, al igual que en el resto de la administración pública.

Actualmente, sigue siendo necesaria la aprobación de una ley de carrera judicial en Venezuela que incluya tanto a jueces como a trabajadores tribunalicios, cuyas faltas disciplinarias son sancionadas según lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Es importante seguir luchando por los derechos laborales de todos los trabajadores, incluyendo a los trabajadores tribunalicios, y garantizar que se respeten sus derechos y obligaciones.

Leyes dictadas por la AN, promulgadas y publicadas en Gaceta Oficial 2026-2030El 16 de abril se publicó la Gaceta Oficia...
28/05/2026

Leyes dictadas por la AN, promulgadas y publicadas en Gaceta Oficial 2026-2030

El 16 de abril se publicó la Gaceta Oficial n.º 7.020 extraordinario, que contiene el texto de la Ley Orgánica de Minas, dictada por la Asamblea Nacional (AN) instalada en enero de 2026. En nuestro cuadro, disponible en la sección Publicaciones Reportes de nuestra página web, puedes consultar las leyes publicadas por el Parlamento electo en mayo de 2025, con su fecha de publicación y el enlace a la Gaceta Oficial. Otros textos legales aprobados por la AN como la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, aún no han sido publicados en el sitio web de la Imprenta Nacional y en otros canales oficiales.

https://accesoalajusticia.org/leyes-dictadas-an-promulgadas-y-publicadas-gaceta-oficial-2026-2030/

Exoneración temporal del pago del ISLR a los enriquecimientos obtenidos en títulos valoresEl Decreto n.º 5.337, de fecha...
27/05/2026

Exoneración temporal del pago del ISLR a los enriquecimientos obtenidos en títulos valores

El Decreto n.º 5.337, de fecha 5 de mayo de 2026, publicado en la Gaceta Oficial n.º 43.368 del 5 de mayo de 2026 y divulgado por el Servicio Autónomo Imprenta Nacional y Gaceta Oficial (SAINGO) a través de su sitio web oficial el 15 de mayo de 2026, exonera del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) a los enriquecimientos obtenidos por tenedores, personas naturales y jurídicas residenciadas o domiciliadas en Venezuela, provenientes de inversiones en títulos valores u otros instrumentos similares emitidos y avalados por el Banco Central de Venezuela. La vigencia es de un año, a partir del 8 de mayo de 2026. El decreto predecesor es el n.º 5.127, del 8 de mayo de 2025, publicado en la Gaceta Oficial n.º 6.905 Extraordinario del 8 de mayo de 2025, cuya vigencia expiró el 8 de mayo de 2026.

La exoneración se aplica al ejercicio fiscal en curso desde la entrada en vigencia del decreto. Para la determinación de los enriquecimientos exonerados se aplican las normas del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Impuesto Sobre la Renta en materia de ingresos, costos y deducciones. Los beneficiarios deben presentar la declaración anual de enriquecimientos netos globales gravados y exonerados. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el decreto o en la Ley de ISLR produce la pérdida del beneficio. El plazo de duración es de un año contado a partir del 8 de mayo de 2026. La ejecución del decreto se encarga a la Ministra del Poder Popular de Economía y Finanzas.

Para leer más detalles, te invitamos a visitar la sección Monitoreo > En Gaceta de nuestra página web: https://accesoalajusticia.org/exoneracion-temporal-del-pago-del-islr-2/

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