DOMICILIO:
Según el Art. 2 de los Estatutos, será la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, pudiendo establecer filiales en todo el territorio de la República y fuera de él. FINES U OBJETIVOS:
El capítulo II, Art. 4.- de los Estatutos Establece que serán:
a) Promover la salud integral natural por todos los medios de comunicación existentes, orientar a la población en general de l
os beneficios de la disciplina natural a través de seminarios, cursillos, conferencias, campañas y otros métodos de orientación practica y teórica
b) Fomentar el estudio, la investigación y protección de la naturaleza para beneficio del ser humano en el área de salud natural. c) Colaborar en forma humanitaria con organismos gubernamentales y otras instituciones afines, en casos de emergencia nacional e internacional, o cuando fuere necesario o solicitado. d) Crear centros, oficinas, o institutos de servicio humanitario, de adiestramiento dedicadas a mejorar la calidad de vida física, social, mental moral y espiritual en todo ser humano no importando su credo, político, social, económico, etc. Ayudar a personas que llevan un inadecuado estilo de vida por adicción a dr**as, alcoholismo, prostitución, y otros vicios o enfermedades sociales. e) Organizar actividades culturales, sociales, recreativas, etc., relacionadas a los fines y objetivos de la Asociación. Trabajar para que la Naturopatía sea tomada en cuenta en centros de enseñanza superior y reconocida oficialmente. f) Velar por el adecuado funcionamiento, cumplimiento y práctica de la Naturopatía y todas sus ciencias como masaje científico, quiropraxia, acupuntura y otras terapias de origen natural amparadas a comprobaciones o fundamentos científicos. g) Impulsar el intercambio cultural y científico, fomentando la profesión naturopática en todas sus ramas, con instituciones afines nacionales y extranjeras.-
LEGALIDAD:
Se nos concede Personería Jurídica, por ACUERDO EJECUTIVO No. 017 de fecha 27 de enero del 2003., por el Organo Ejecutivo a través del Ministerio de Gobernación, Rubricado por el Señor Presidente de la República y el Viceministro de Gobernación, inscrito en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin fines de lucro, nuestra Escritura Pública de Constitución y Estatutos al número CINCO del Libro CUARENTA Y UNO de Asociaciones Nacionales, Folios NOVENTA Y DOS AL CIENTO NUEVE, con fecha 3 de febrero del 2003, bajo firma del Director General, Publicado en el Diario Oficial No.134, Tomo No. 364, del 19 de julio del 2004 .-
EN EL SALVADOR:
Somos una Asociación legalmente establecida en nuestra área.-