10/10/2026
El Estado tiene la obligación ineludible de garantizar la vida, la integridad y la justicia para sus ciudadanos.
El derecho internacional es claro: bajo el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), el Estado salvadoreño está obligado a respetar el derecho supremo a la vida (Artículo 6) y a prohibir de forma absoluta las detenciones arbitrarias, las torturas y los tratos crueles, inhumanos o degradantes (Artículos 7 y 9).
Cuando estas vulneraciones ocurren de manera generalizada o sistemática contra la población civil, entran en el ámbito del Estatuto de Roma, el cual establece que tales actos constituyen crímenes de lesa humanidad y que sus autores tanto materiales como intelectuales deben rendir cuentas ante la justicia internacional si los tribunales locales no lo hacen.
No hay política de seguridad ni estado de excepción que pueda justificar la desprotección de los derechos humanos más fundamentales. La memoria de las víctimas exige verdad, reparación y garantías absolutas de no repetición.