Sindicato de los Trabajadores de Holcim Perú Agregados S.A.

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Sindicato de los Trabajadores de Holcim Perú Agregados S.A. SITRAHOLCIM PERÚ, herederos del espíritu combativo de SITRAMAC. Defendemos derechos y dignidad laboral con organización y solidaridad de clase.

No claudicamos ni retrocedemos: avanzamos con convicción. La dignidad no se negocia, se defiende.

16/05/2026
DENUNCIA SINDICALSITRAHOLCIM PERÚ se dirige a sus afiliados, trabajadores, organizaciones sindicales, autoridades y opin...
16/05/2026

DENUNCIA SINDICAL

SITRAHOLCIM PERÚ se dirige a sus afiliados, trabajadores, organizaciones sindicales, autoridades y opinión pública para denunciar una situación que consideramos sumamente preocupante.
Mediante Resolución N.° 01, de fecha 25 de marzo de 2025, emitida en el Expediente N.° 01892-2025-40-0901-JR-LA-05, el 2.° Juzgado de Trabajo Transitorio de Lima Norte concedió medida cautelar de reposición provisional a favor del trabajador Miguel Ángel Zea Tenorio.
Dicha resolución ordena que la empresa cumpla con reincorporarlo laboralmente en el puesto de trabajo que venía desempeñando hasta antes de su despido u otro similar.
La propia empresa Holcim Perú Agregados S.A. reconoce la existencia del mandato judicial de reposición laboral. Sin embargo, posteriormente comunica al trabajador que le otorgará una licencia con goce de haber de carácter indefinido, precisando que dicha licencia no implica prestación efectiva de servicios, habilitación de ingreso físico al centro de trabajo ni asignación de funciones.
Para nuestra organización sindical, esta decisión no constituye una reposición laboral efectiva.
Una medida cautelar de reposición no puede ser reducida a un pago mensual mientras el trabajador permanece fuera del centro laboral. La reposición debe implicar retorno real, asignación de labores compatibles, respeto a la dignidad del trabajador y cumplimiento efectivo de lo ordenado por el Poder Judicial.
SITRAHOLCIM PERÚ rechaza cualquier práctica que, bajo argumentos administrativos, médicos u organizativos, termine vaciando de contenido una orden judicial de reposición.
Asimismo, recordamos que estos hechos ocurren en un contexto posterior a una huelga sindical de aproximadamente seis meses, iniciada el 6 de diciembre de 2024, y luego de haberse pactado compromisos de no represalia contra trabajadores afiliados.
Por ello, exigimos a Holcim Perú Agregados S.A.:
Cumplir de manera real y efectiva el mandato judicial de reposición.
Permitir el ingreso físico del trabajador al centro laboral.
Asignarle funciones compatibles con su puesto o uno similar.
Respetar su antigüedad, dignidad y derechos laborales.
Garantizar que no existan actos que puedan afectar la libertad sindical.
Una transnacional que declara responsabilidad corporativa, sostenibilidad y respeto a las personas debe actuar con coherencia en el Perú.
La reposición judicial no es una licencia indefinida.
La reposición judicial significa volver a trabajar.
SITRAHOLCIM PERÚ seguirá defendiendo la dignidad de sus afiliados.
































🚨 ¡LA LUCHA DE LOS TRABAJADORES NECESITA EL RESPALDO DE TODOS! 🚨Mañana estaremos presentes acompañando y respaldando el ...
07/05/2026

🚨 ¡LA LUCHA DE LOS TRABAJADORES NECESITA EL RESPALDO DE TODOS! 🚨

Mañana estaremos presentes acompañando y respaldando el plantón de lucha convocado por nuestros hermanos de SITRALCOR, quienes vienen defendiendo su pliego de reclamos frente a la negativa e indiferencia de la empresa.

Hoy no se trata solo de un sindicato.
Se trata del respeto a los derechos laborales, a la negociación colectiva y a la dignidad de la clase trabajadora.

Por ello, hacemos un llamado a toda la colectividad, organizaciones sindicales, trabajadores, familiares, estudiantes, vecinos y ciudadanía consciente a sumarse y expresar su solidaridad.

📍 Lugar: Frontis de Holcim Perú Soluciones – La Casa
📍 Referencia: Segundo Puente del Touring Km. 23.5 Panamericana Sur – Villa El Salvador
🕐 Hora: 1:00 P.M.
📅 Viernes 08 de mayo

Porque cuando un trabajador lucha, lucha también por el futuro de muchos más.

¡La solidaridad es nuestra fuerza!
¡Unidos somos más fuertes!

SITRAHOLCIM PERÚ

HOLCIM EXPANDE SU NEGOCIO EN EL PERÚ… MIENTRAS SUNAFIL CONFIRMA INFRACCIÓN MUY GRAVE A LA LIBERTAD SINDICALMientras la m...
01/03/2026

HOLCIM EXPANDE SU NEGOCIO EN EL PERÚ… MIENTRAS SUNAFIL CONFIRMA INFRACCIÓN MUY GRAVE A LA LIBERTAD SINDICAL
Mientras la multinacional suiza Perú consolida su presencia económica en el país —tras la adquisición de COMACSA y otras operaciones en el sector construcción—, la autoridad laboral ha determinado la existencia de una infracción muy grave contra los derechos de trabajadores sindicalizados durante el desarrollo de una huelga legal.
De acuerdo con el Acta de Infracción N.º 6190-2025-SUNAFIL/ILM, se verificaron actos de injerencia empresarial en la libertad sindical, incluyendo presiones para abandonar la medida de fuerza, condicionamiento del retorno laboral a la renuncia al sindicato y comunicaciones internas orientadas a desacreditar la huelga.
DERECHOS FUNDAMENTALES VULNERADOS
La conducta detectada afecta directamente derechos protegidos por la Constitución Política del Perú, la Ley General de Inspección del Trabajo y el Convenio N.º 87 de la Organización Internacional del Trabajo, entre ellos:
— Libertad sindical
— Derecho de huelga
— Autonomía de las organizaciones sindicales
— Derecho a la afiliación sin coacción
— Protección frente a represalias por actividad sindical
Estos derechos no constituyen concesiones empresariales, sino garantías fundamentales reconocidas en el ordenamiento jurídico nacional e internacional.
SEGUNDA SANCIÓN RELACIONADA CON EL MISMO CONFLICTO LABORAL
Durante la misma huelga, la autoridad laboral ya había detectado previamente sustitución ilegal de trabajadores (esquirolaje), lo que evidencia una reiteración de conductas orientadas a debilitar la organización sindical y neutralizar la protesta laboral.
Los hechos verificados no corresponden a un episodio aislado, sino a un patrón de intervención empresarial en procesos colectivos de los trabajadores.
UNA CORPORACIÓN DE ALCANCE GLOBAL BAJO RESPONSABILIDAD LOCAL
Holcim es una empresa transnacional de capital suizo con operaciones en numerosos países y un peso significativo en el mercado global de la construcción. En el Perú, su expansión implica también el cumplimiento estricto de la legislación laboral y de los estándares internacionales en materia de derechos humanos laborales.
El crecimiento económico no puede sostenerse sobre la vulneración de derechos fundamentales ni sobre prácticas que interfieran en la libertad de organización de los trabajadores.
INTERÉS PÚBLICO
La defensa de los derechos laborales trasciende a una sola empresa o sector. Se trata de principios básicos del Estado de derecho y de la democracia social.
Informar y difundir estos hechos contribuye a la transparencia y al respeto de las normas que protegen a todos los trabajadores.
SITRAHOLCIM PERÚ
Sindicato de los Trabajadores de Holcim Perú Agregados S.A.
Autónomos por convicción, firmes por justicia





ESQUIROLAJE CONFIRMADO DURANTE NUESTRA HUELGA LEGALLa Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) ha ve...
27/02/2026

ESQUIROLAJE CONFIRMADO DURANTE NUESTRA HUELGA LEGAL
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) ha verificado que HOLCIM PERÚ AGREGADOS S.A. (antes COMACSA) incurrió en sustitución ilegal de trabajadores sindicalizados que ejercían su derecho constitucional de huelga.
La actuación inspectiva se originó directamente a partir de la denuncia presentada por el
Sindicato de los Trabajadores de Holcim Perú Agregados S.A. — SITRAHOLCIM PERÚ.
SUNAFIL comprobó que la empresa reasignó personal no sindicalizado, con funciones distintas a las habituales, para reemplazar a los trabajadores en huelga, manteniendo operativas las unidades productivas y neutralizando el efecto legítimo de la medida de fuerza.
Áreas donde se verificó la sustitución indebida:
— Molino Colorado
— Molino PIJE
— Molino ACSA24
— Área de Cargador Frontal
La huelga comprendía a 67 trabajadores afiliados, dentro de una planilla aproximada de 376 trabajadores.
La autoridad inspectiva acreditó los hechos mediante revisión de roles de turno, entrevistas a trabajadores, registros de ingreso y salida, contratos laborales, matrices IPERC y diversa documentación interna de la empresa.
SUNAFIL concluyó que la empresa incurrió en esquirolaje interno, vulnerando el libre ejercicio del derecho de huelga y cometiendo una infracción en materia de relaciones colectivas de trabajo.
Normativa vulnerada:
— Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo
— Ley N.° 28806 — Ley General de Inspección del Trabajo
— Decreto Supremo N.° 019-2006-TR
— Artículo 70 del Reglamento de la LRCT
Dicha normativa prohíbe expresamente sustituir directa o indirectamente a trabajadores en huelga con el fin de mantener activos los procesos afectados por la medida.
ANTECEDENTES REITERADOS
Este no constituye un hecho aislado. Desde el año 2020, durante diversas huelgas legales realizadas por nuestra organización sindical, se han registrado actuaciones inspectivas y sanciones por prácticas similares de sustitución ilegal de trabajadores.
La reiteración de estos hechos evidencia una conducta persistente que vulnera el derecho de huelga y las relaciones colectivas de trabajo.
El esquirolaje es una práctica ilegal que busca vaciar de contenido un derecho fundamental reconocido por la Constitución Política del Perú y por los convenios internacionales de la Organización Internacional del Trabajo.
La constatación de estos hechos demuestra que la organización sindical, la unidad de los trabajadores y la defensa firme de los derechos laborales generan resultados concretos.
SITRAHOLCIM PERÚ
Sindicato de los Trabajadores de Holcim Perú Agregados S.A.
Sin organización no hay defensa. Sin huelga efectiva no hay justicia.
















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