16/05/2026
DENUNCIA SINDICAL
SITRAHOLCIM PERÚ se dirige a sus afiliados, trabajadores, organizaciones sindicales, autoridades y opinión pública para denunciar una situación que consideramos sumamente preocupante.
Mediante Resolución N.° 01, de fecha 25 de marzo de 2025, emitida en el Expediente N.° 01892-2025-40-0901-JR-LA-05, el 2.° Juzgado de Trabajo Transitorio de Lima Norte concedió medida cautelar de reposición provisional a favor del trabajador Miguel Ángel Zea Tenorio.
Dicha resolución ordena que la empresa cumpla con reincorporarlo laboralmente en el puesto de trabajo que venía desempeñando hasta antes de su despido u otro similar.
La propia empresa Holcim Perú Agregados S.A. reconoce la existencia del mandato judicial de reposición laboral. Sin embargo, posteriormente comunica al trabajador que le otorgará una licencia con goce de haber de carácter indefinido, precisando que dicha licencia no implica prestación efectiva de servicios, habilitación de ingreso físico al centro de trabajo ni asignación de funciones.
Para nuestra organización sindical, esta decisión no constituye una reposición laboral efectiva.
Una medida cautelar de reposición no puede ser reducida a un pago mensual mientras el trabajador permanece fuera del centro laboral. La reposición debe implicar retorno real, asignación de labores compatibles, respeto a la dignidad del trabajador y cumplimiento efectivo de lo ordenado por el Poder Judicial.
SITRAHOLCIM PERÚ rechaza cualquier práctica que, bajo argumentos administrativos, médicos u organizativos, termine vaciando de contenido una orden judicial de reposición.
Asimismo, recordamos que estos hechos ocurren en un contexto posterior a una huelga sindical de aproximadamente seis meses, iniciada el 6 de diciembre de 2024, y luego de haberse pactado compromisos de no represalia contra trabajadores afiliados.
Por ello, exigimos a Holcim Perú Agregados S.A.:
Cumplir de manera real y efectiva el mandato judicial de reposición.
Permitir el ingreso físico del trabajador al centro laboral.
Asignarle funciones compatibles con su puesto o uno similar.
Respetar su antigüedad, dignidad y derechos laborales.
Garantizar que no existan actos que puedan afectar la libertad sindical.
Una transnacional que declara responsabilidad corporativa, sostenibilidad y respeto a las personas debe actuar con coherencia en el Perú.
La reposición judicial no es una licencia indefinida.
La reposición judicial significa volver a trabajar.
SITRAHOLCIM PERÚ seguirá defendiendo la dignidad de sus afiliados.