19/09/2026
ADJ | Prevención de la Violencia
En ADJ reafirmamos nuestro compromiso con una escuela segura, protectora y libre de violencia.
Acompañamos a instituciones educativas, familias y comunidades en la prevención, la atención oportuna y el cumplimiento del marco normativo de la violencia escolar.
¿Qué impulsa este trabajo?
Ley N.° 29719 (modif. Ley N.° 31902) – Ley Antibullying: convivencia pacífica, Libro de Incidencias, psicólogos escolares y videovigilancia.
Ley N.° 30403 – Prohibición absoluta del castigo físico y humillante.
Ley N.° 29988 – Separación preventiva e inhabilitación ante delitos graves del personal educativo.
Ley N.° 27337 – Interés Superior del Niño y denuncia obligatoria en 24 horas.
D.S. N.° 004-2018-MINEDU y R.M. N.° 383-2025-MINEDU – Lineamientos y protocolos oficiales.
Prevención que se construye en comunidad
Comité de Gestión del Bienestar, normas de convivencia y disciplina positiva, Libro de Registro de Incidencias, plataforma SíseVe, Escuelas de Familias y Brigadas de Autoprotección Escolar (BAPE).
Ruta de intervención: 5 pasos obligatorios
Acción inmediata: detener la agresión, proteger a la víctima y, si el agresor es personal de la IE, separación preventiva y denuncia en menos de 24 horas.
Comunicación: convocar a las familias por separado. Quedan prohibidos careos y conciliaciones.
Derivación: CEM/MIMP, DEMUNA, salud mental comunitaria o Defensa Pública.
Seguimiento: continuidad educativa y monitoreo emocional.
Cierre: solo en SíseVe cuando cese la vulneración y se restablezca el bienestar.
Desde ADJ decimos:
Denuncia oportuna. Interés superior del niño. Cero tolerancia a la violencia escolar.
Si tu institución, familia o comunidad necesita orientación para aplicar estos protocolos, ADJ está para acompañarte.