19/03/2025
Replicando esta información de naturaleza pública, comentamos que con este dictamen que pretende modificar el código civil, se establecen p***s de prisión efectiva para quienes compren artículos "de segunda" cuya procedencia real, pueda ser un acto delictivo. ¿Cómo lo demostrarían?, y es donde viene el proceso de su reglamentación. Una de las formas probables sería la existencia de una denuncia que declare que ese objeto (un auto por ejemplo) hubiera sido robado, y en este caso tenemos autos que se venden en calle con papeles fraguados o "lavados" que se compran a precio ganga y el nuevo dueño luego puede enfrentar este problema. Otra de las formas de constatarlo podría ser, que al no haber documentos que demuestren la "compra" sino "obtención" de determinado bien, por parte del vendedor, lo cual se agravaría, con posibles antecedentes que este vendedor pueda tener en su haber. En cualquiera de los casos, no nos queda otra cosa sino que tener mucho cuidado en lo que adquirimos a veces por "oportunidad" en lugares como puede ser por ejemplo Marketplace. En este caso, es sugerible utilizar servicios de verificación sino, aprender a verificar bien antes de comprar algo. Las opciones de compra en establecimientos formales mediante el mecanismo "seminuevos" también sería una opción válida en el caso de oferta vehicular de segunda. Recordemos, que también existen otros tipos de bienes "nuevos" como electrodomésticos por ejemplo o celulares entre otros, que también pueden tener origen en actos delictivos, y eso se demuestra en los casos que salieron en noticias por ejemplo sobre el robo de camiones enteros con mercancías de tiendas por departamento.
Finalmente, lo que sorprende, es que una vez más no se ataca a la raíz del problema en el caso de las autopartes que conlleva a mucha violencia aún con el hurto de autos; es decir la razón que justifica como alternativa para los consumidores, el mercado negro, sólo por el criterio "precio". Esta razón se centra principalmente en la usura y especulación de las concesionarias por ejemplo en lo que respecta a las partes y repuestos de los vehículos que venden, imposibilitando el acceso para el consumidor promedio. No entregar un "libro de códigos de partes" con la venta del auto no es racional pues "ata" al cliente al concesionario para resolver cualquier falla, muy a pesar de plantear a la "garantía" como argumento de ello. Ya existen experiencias donde las concesionarias explican al cliente como obtener el libro de códigos del auto que adquiere, con lo cual el cliente es capaz de conseguir cuando lo necesite, los repuestos o partes en el mejor vendedor que pueda encontrar en un escenario de libre mercado real. Lo que hoy tenemos no lo es aún. Y eso, tiene que cambiar. Todos somos importantes para ello. ASUF - Asoc Subaru Sin Fronteras
El que adquiere, recibe en donación o en prenda o guarda, vende o ayuda a negociar un bien de cuya procedencia delictuosa tenía conocimiento o debía presumir que provenía de un delito, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años y con sesenta a ciento ...