01/05/2025
“AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”
Miraflores 28 de abril del 2025
A LA COMUNIDAD VECINAL DE LA URBANIZACION MIRAFLORES
En referencia al Oficio N° 176-2025 de fecha 07 de marzo 2025 la Municipalidad de Castilla a través de la Gerencia de Desarrollo Humano y Sub Gerencia de Participación Ciudadana, insta al cumplimiento de los plazos de vigencia de la actual Directiva de la JUVECO Miraflores, el mismo que venció el 20 de febrero 2025, ante esta situación debemos comunicar lo siguiente:
La JUVECO de Urb. Miraflores (2022-2025) como parte de la sociedad civil organizada y desde su instauración a la fecha viene trabajando para y por los vecinos de La Urb. Miraflores
La ausencia de una lista en la última convocatoria de elección en el mes de marzo, para la nueva Directiva que representaría a la comunidad, no debe determinar el seguir ejerciendo nuestras funciones en representación y bienestar de nuestros vecinos de la urbanización MIRAFLORES.
La JUVECO garantiza la representación de los residentes de la urbanización Miraflores y es canal de dialogo entre las instituciones públicas y privadas y los vecinos de la urb. Miraflores
Toda imposición o pretensión de cese de nuestras funciones y considerar una falta el seguir ejerciendo y, defendiendo y representando a nuestra urbanización y sus vecinos lo consideramos como un atentado contra la libertad de gestión, y representatividad real de nuestros vecinos, pues la junta la JUVECO puede seguir funcionando mientras se realiza el proceso de renovación siempre manteniendo la estructura y función de la misma.
La continuidad de nuestras funciones nos permite GARANTIZAR Y LEGITIMIZAR las gestiones y denuncias ante la MDC, Gobierno Regional y demás, lleguen a buen puerto, tales como el EXCESIVO COBRO DE ARBITRIOS y ACCIONES LEGALES TOMADAS, INEFICIENTE SEGURIDAD CIUDADANA, LA GESTIÓN DE CONTAR CON UN POZO DE AGUA, CLUB MIRAFLORES, LA RENOVACION DEL PARQUE QUIÑONEZ, entre otros.
Basamos lo expresado en los siguientes argumentos de Ley:
- LA PARTICIPACION CIUDADANA COSTITUYE UN DERECHO FUNDAMENTAL reconocido en el articulo 2 de la Constitución. “los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a participar en los asuntos públicos mediante referéndum, iniciativa legislativa, remoción o revocatoria de autoridades y demanda de rendición de cuentas…..”
- LA PARTICIPACION CIUDADANA EN LA GESTIÓN PUBLICA es consustancial a la democracia. Por tanto, los ciudadanos y ciudadanas debemos conocer y ejercer este derecho activamente a nivel local, regional y nacional.
- LA LEY DE BASES DE DESENTRALIZACIÓN, LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES, …..LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES, …..LEY MARCO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO, ….LEY MARCO DE MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÓN DEL ESTADO (gestión moderna y democracia participativa) LEY DE DERECHOS Y PATICIPACION CIUDADANA, SON LEYES QUE RECONOCEN EL DERECHO A LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
LA DIRECTIVA JUVECO 2023 – 2025