VOCES - Centro de Derechos Humanos

VOCES - Centro de Derechos Humanos Comprometidos con la investigación y litigio estratégico en Derechos Humanos y Derecho de Daños. VOCES POR LA DIGNIDAD CENTRO DE DERECHOS HUMANOS, A.C.

Es un colectivo multidisciplinario que incluye profesionales del Derecho, la Medicina y la Psicología, cuyo objeto es la defensa jurídica, promoción e investigación en Derechos Humanos. En VOCES nos especializamos en brindar soluciones jurídicas integrales, concretas y eficaces, siempre con sentido humano, en situaciones de gran vulnerabilidad para el cliente. Nuestra MISIÓN es brindar servicios j

urídicos de excelencia a través del litigio estratégico, investigación y capacitación para la solución y prevención en materia de derecho de daños, derechos humanos, y medicina legal, así como el acompañamiento y defensa de clientes en situación de vulnerabilidad debido a contingencias legales. Nuestra VISIÓN está enfocada en incidir en el fortalecimiento del respeto a los Derechos Humanos a través de la investigación, prevención y el Litigio Estratégico.

🛑Hoy nos notificaron la sentencia dictada por la Sala Regional Querétaro del Tribunal Federal de Justicia Administrativa...
07/04/2026

🛑Hoy nos notificaron la sentencia dictada por la Sala Regional Querétaro del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, donde el tribunal reconoce la afectación al PROYECTO DE VIDA de una persona, daños que exceden el DAÑO MORAL.
🔹El CASO: una maestra que, a punto de jubilarse, perdió la vista por una cirugía de catarata fallida en el ISSSTE, generando queratopatía bullosa pseudoafaquia + desprendimiento de retina.
🔹La RESOLUCIÓN reconoce indemnización por:
- Daños personales
- Daño moral
- Núcleo familiar
- lo anterior con base en los Daños al proyecto de vida.
🔹El Tribunal incorporó perspectiva de género, adulto mayor y discapacidad, y consideró daño físico, pérdida de oportunidades, lucro cesante, perjuicios morales, gastos médicos y la afectación al proyecto de vida.
🔹No se trata solo de un daño físico o económico:
🛑Se trata de un daño real en las condiciones de existencia de la víctima.



Como parte del aparato estatal la   y demás organismos públicos locales de “defensa” de derechos humanos, son solo un di...
04/04/2026

Como parte del aparato estatal la y demás organismos públicos locales de “defensa” de derechos humanos, son solo un dispositivo bio político más de las herramientas del poder, para desahogar la tensión generada por la responsabilidad del Estado en la violaciones de estos derechos, reduciendo tales violaciones a cifras e indicadores manipulados por la burocracia política.

El contexto de desapariciones en México será analizado por la Asamblea General de las Naciones Unidas.“si el Comité reci...
02/04/2026

El contexto de desapariciones en México será analizado por la Asamblea General de las Naciones Unidas.

“si el Comité recibe información que, a su juicio, contiene indicios bien fundados de que la desaparición forzada se practica de forma generalizada o sistemática en el territorio bajo la jurisdicción de un Estado Parte, y tras haber solicitado del Estado Parte interesado toda la información pertinente sobre esa situación, podrá llevar la cuestión, con carácter urgente, a la consideración de la Asamblea General de las Naciones Unidas, por medio del Secretario General de las Naciones Unidas.”





El Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU aclara su procedimiento en virtud del artículo 34 de la Convención GINEBRA – Con el objetivo de aclarar el procedimiento previsto en el artículo 34 de la Convención, el Comité contra la Desaparición Forzada (CED) de la ONU emitió hoy la s...

“Declaración sobre la Calificación de la Trata de AfricanosEsclavizados y la Esclavitud Racializada de Africanos comoel ...
30/03/2026

“Declaración sobre la Calificación de la Trata de Africanos
Esclavizados y la Esclavitud Racializada de Africanos como
el Crimen de Lesa Humanidad más Grave”

La Asamblea General de la ONU (2026) reconoció oficialmente que la trata transatlántica de africanos esclavizados y la esclavitud racializada constituyen el crimen de lesa humanidad más grave.

Durante más de 400 años, millones de personas fueron capturadas, despojadas de su dignidad y tratadas como propiedad en un sistema global, organizado y sostenido por Estados. Esta tragedia no solo marcó la historia, sino que dejó huellas profundas que aún persisten: racismo estructural, desigualdad y exclusión.

El reconocimiento afirma que estos crímenes:
• No prescriben
• Violaron normas fundamentales del derecho internacional
• Siguen teniendo consecuencias en la actualidad

Además, la ONU llama a avanzar hacia la justicia reparadora, incluyendo:
✔️ Disculpas oficiales
✔️ Indemnización y restitución
✔️ Devolución de patrimonio cultural
✔️ Reformas para combatir la discriminación

También destaca la importancia de la educación, la memoria histórica y la cooperación internacional como pilares para la reconciliación y la justicia.

El mensaje es claro:

La esclavitud racializada
de constituyen el crimen de lesa humanidad más grave que debe ser reparado no importa cuánto tiempo haya transcurrido.

Principales países ( )

: 5.8 millones

: 3.2 millones

: 1.4 millones

: 1.0 – 1.3 millones

: ≈ 500,000 – 600,000

: ≈ 100,000

: ≈ 300,000 – 400,000 (importados)

: no participó en la trata transatlántica, pero explotó el con millones de víctimas incluyendo los zoológicos humanos.

https://documents.un.org/doc/undoc/ltd/n26/055/28/pdf/n2605528.pdf

27/03/2026

BUSCAR A LOS DESAPARECIDOS ES UNA OBLIGACIÓN.

El pasado 25 de marzo de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el:

“Acuerdo del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas por el que se aprueba la actualización del Protocolo Homologado para la Búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas”

Este instrumento constituye uno de los ejes rectores de la política pública en materia de desaparición de personas en México, al establecer los lineamientos obligatorios para la búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas, así como los mecanismos de coordinación entre autoridades de los tres órdenes de gobierno.

-

En México, una desaparición ya no puede esperar. Con el nuevo Protocolo de Búsqueda de Personas, el Estado está obligado a actuar de inmediato ante cualquier reporte. No hay plazos ni excusas:

- Toda persona tiene derecho a ser buscada desde el primer momento.

El Protocolo elimina el término “persona no localizada” y establece un principio clave:

- La presunción de vida.

Esto significa que las autoridades deben buscar a la persona asumiendo que está con vida y en riesgo.

Desde que se reporta una desaparición, deben iniciarse acciones inmediatas:

- Abrir una investigación, activar alertas y coordinar a todas las instituciones. Buscar ya no es opcional, es una obligación legal.

También se reconoce el papel central de las familias, quienes deben ser informadas, escuchadas y acompañadas en todo momento.

- Su participación es un derecho.

Además, el Protocolo incorpora perspectiva de género, enfoque de derechos humanos y atención especial a grupos vulnerables.

Y algo fundamental: la búsqueda no termina. No importa cuánto tiempo haya pasado, todas las personas deben seguir siendo buscadas.

Buscar a una persona desaparecida no es un favor. Es una obligación del Estado.





Aquí el enlace:

10/03/2026
10/03/2026

¡La SCJN resolvió nuestro Amparo en Revisión 476/2025!

La importancia de esta ejecutoria (más que el hecho de haber sido conocida por la SCJN) es que en Querétaro, una RECOMENDACIÓN de la Defensoria de Derechos Humanos jamás había tenido el efecto de establecer el derecho a la REPARACIÓN INTEGRAL en favor de las víctimas vinculando a la Comisión Ejecutiva de Atención Integral a Víctimas del Estado de Querétaro (CEAIV).

¿Cómo se logra esto? Existen unos lineamientos que el Gobierno del Estado mantiene ocultos para que las víctimas no puedan acceder a esta vía no jurisdiccional de reparación, los lineamientos se tienen que buscar con su nombre exacto de lo contrario no aparecerán en la búsqueda, aunado a que no están publicados en las páginas de gobierno como la página de la CEAIV, o del TSJEQ (violando obligaciones de transparencia) se tuvo que promover un amparo previo para que en el informe justificado la CEAIV nos diera ese fundamento.

👁️ OJO, si tienes un asunto así, los lineamientos son:

➡️ “LINEAMIENTOS QUE REGULAN EL PROCEDIMIENTO PARA ACCEDER A LOS RECURSOS DEL FONDO
DE AYUDA, ASISTENCIA Y REPARACIÓN INTEGRAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO, PARA PAGO DE
INDEMNIZACIÓN A LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA O VIOLACIÓN DE DERECHOS HUMANOS”







Hace algunos años empezamos la lucha por obtener reparación integral para los padres de un joven con Síndrome de Down qu...
04/03/2026

Hace algunos años empezamos la lucha por obtener reparación integral para los padres de un joven con Síndrome de Down que perdiera la vida por mala praxis de personal del Hospital General de Querétaro, caso que actualmente tiene para su resolución la ponencia del Ministro Giovanni Azael Figueroa, próximo a ser votado por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ¡el día de hoy personal de la ponencia nos compartieron su visión del asunto y el sentido del proyecto! Esperemos que en votación todo salga bien 🙏🏼

En los casos de responsabilidad civil médica, el expediente clínico es una pieza clave. Muchas veces, la mala praxis se ...
11/02/2026

En los casos de responsabilidad civil médica, el expediente clínico es una pieza clave. Muchas veces, la mala praxis se acredita precisamente a partir de las inconsistencias, omisiones o irregularidades contenidas en ese documento. En Voces por la Dignidad hemos logrado, mediante medidas precautorias o amparo segun el caso, asegurar el expediente clínico desde el inicio del proceso, evitando que el médico o el hospital privado lo alteren o modifiquen. Porque sin la protección de la prueba, no hay acceso real a la justicia.

La responsabilidad civil se tramita en la vía ordinaria, lo que significa que el cobro forzoso normalmente solo procede ...
11/02/2026

La responsabilidad civil se tramita en la vía ordinaria, lo que significa que el cobro forzoso normalmente solo procede hasta que existe sentencia. Sin embargo, la ley permite solicitar medidas precautorias desde la presentación de la demanda para asegurar bienes y evitar que el responsable los venda, transfiera o los oculte para evadir su obligación.

En Voces por la Dignidad, a través de esta figura, hemos logrado asegurar un mínimo de la reparación integral desde el inicio del juicio. Porque una sentencia sin bienes que ejecutar es una sentencia que se queda en papel, y eso no es justicia efectiva.

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Avenida TECNOLOGICO 100, D-407, EDIF TEC 100, CENTRO. Calle P. , QUERETARO, QRO
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