12/06/2026
| En la sesión “Los recursos y autoridades en el sistema de justicia indígena y sus diferencias con el derecho estatal”, impartida por Juan Castro, continuamos fortaleciendo el análisis del Módulo 5: Sistemas Jurídicos Indígenas.
El ponente explicó que el derecho indígena no parte únicamente de una lógica individual, sino colectiva, parte de la necesidad de restablecer la armonía, la tranquilidad y el equilibrio comunitario. Señaló que la justicia indígena debe entenderse como una forma propia de resolver problemáticas comunitarias a partir de sus valores, autoridades, procedimientos y formas de sanción.
A través de ejemplos, mostró que las decisiones comunitarias pueden ser tan legítimas y respetables como las resoluciones emitidas por la jurisdicción estatal. Explicó que, en algunas comunidades, cuando una persona incumple con sus responsabilidades colectivas como la faena o el servicio comunitario, puede recibir sanciones como el corte del agua, lo cual puede ser señalado inmediatamente como una posible violación a derechos humanos.
Sin embargo, comparó esta situación con lo que ocurre en contextos urbanos, donde si una persona no paga durante uno o dos meses servicios como el agua o la luz, las empresas pueden suspender el servicio, imponer multas y cobrar la reinstalación, sin que ello sea cuestionado con la misma severidad.
Con esta comparación, el ponente evidenció que muchas veces las decisiones de las comunidades indígenas son vistas desde prejuicios racistas que las deslegitiman o las “satanizan”, mientras que prácticas similares realizadas por instituciones estatales o empresas son normalizadas.
“En la tradición jurídica de los mayas, las cosas no son necesariamente cosas sin un valor, el agua, la montaña no son cosas susceptibles de apropiación, son seres vivos, la tradición jurídica maya no parte del dominio de uno sobre el otro, sino parte de que somos parte de un todo, eso explica el por qué estamos obligados a cuidar nuestros cerros, rios, cenotes, idiomas”.