I.- Organización sin fines de lucro que tiene como beneficiarios en todas y cada una de las actividades asistenciales que realiza a personas, sectores y regiones de escasos recursos; comunidades indígenas y grupos vulnerables por edad, s**o o problemas de discapacidad y tiene por objeto realizar las siguientes actividades:
A).- La atención a sus requerimientos básicos de subsistencia en materia de
alimentación, vestido y vivienda. B).- La atención y rehabilitación médica en establecimientos especializados, incluyendo la psicoterapia, la terapia familiar, el tratamiento o la rehabilitación de personas discapacitadas y la provisión de medicamentos, prótesis, órtesis e insumos sanitarios. C).- La asistencia jurídica, el apoyo y la promoción, para la tutela de los derechos de los menores, así como para la readaptación social de personas que han llevado a cabo conductas ilícitas, incluyendo la representación ante autoridades administrativas o jurisdiccionales, excepto las electorales en beneficio de las personas mencionadas. D).- La rehabilitación de alcohólicos y fármaco dependientes. E).- La ayuda para servicios funerarios. F).- La orientación social, educación y capacitación para el trabajo, entendiendo por orientación social la asesoría en materias tales como la familia, la educación, la alimentación, el trabajo y la salud, e incluyendo la atención o la prevención de la violencia intrafamiliar para la eliminación de la explotación económica de los niños o del trabajo infantil peligroso. G).- Apoyo para el desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas, incluyendo la capacitación, difusión, orientación y asistencia jurídica en materia de garantías individuales, promover la no discriminación o exclusión social, crear condiciones para la conservación y desarrollo de la cultura, preservar y defender los derechos a los servicios de salud, educación, cultura, vivienda y alimentación, de conformidad con lo estipulado en la Ley de la Comisión Nacional de los Pueblos Indígenas. H).- Aportación de servicios para la atención a grupos sociales con discapacidad, incluyendo la promoción y protección de las personas con discapacidad a fin de asegurar el pleno ejercicio de sus derechos humanos fundamentales asegurando su plena inclusión; llevar a cabo actividades que permitan mejorar su desarrollo integral así como su protección física, mental y social; ofrecer ayudas técnicas entendidas como los dispositivos tecnológicos y materiales que permitan habilitar, rehabilitar o compensar sus limitaciones; ofrecer educación especial o inclusiva; promover la integración social a través del establecimiento de medidas contra la discriminación; difundir el conocimiento en materia de discapacidad para sensibilizar a la población, y accesibilidad en espacios públicos. I).- Fomento de acciones para mejorar la economía popular, incluyendo aquellas actividades que comprenden la capacitación en el desarrollo de oficios, artes, habilidades y conocimientos, encaminados al logro de autogestión, autoempleo, autoempresa y autonomía de los requerimientos básicos de subsistencia, siempre que no implique el otorgar a los beneficiarios de dichas actividades apoyos económicos, préstamos o beneficios sobre el remanente distribuible de la asociación.