07/10/2026
🚴♂️🤝 ¡Tu relación laboral existe por el trabajo que realizas!
Conforme al Artículo 20 de la Ley Federal del Trabajo, si prestas un trabajo personal subordinado a cambio de un salario, ya existe una relación laboral, sin importar cómo se haya originado.
Ten en cuenta los elementos clave que avalan tu labor:
Trabajo personal: Lo realizas tú.
Subordinación: Sigues instrucciones de otra persona.
A cambio de un salario: Recibes una remuneración por tu trabajo.
Igualdad de efectos: Cualquiera que sea el acto que la origine, la prestación del trabajo y el contrato producen los mismos efectos.
"El respeto al trabajo nos mueve a todos. Trabajadores fuertes, sociedades más justas."