Consejo Regional Wixárika

Consejo Regional Wixárika Organización creada para hacer frente a los embates y las violaciones de los derechos humanos y fundamentales del Pueblo Wixárika

Exigimos la cancelación de todas las conseciones mineras en el lugar sagrado de  Wirikuta no se vende, se ama y se defie...
08/04/2026

Exigimos la cancelación de todas las conseciones mineras en el lugar sagrado de
Wirikuta no se vende, se ama y se defiende!
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La Jornada: Consejo wixárika rechaza parte de la sentencia contra mineras

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07/04/2026

La lucha sigue...
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📢❗️El Consejo Regional Wixárika por la Defensa de Wirikuta presentará un recurso de revisión ante el fallo del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado en el amparo 819/2011, pues de las 78 concesiones mineras que se pidieron cancelar en la sierra de Catorce, el Área Natural Protegida (ANP) Sitio Sagrado de Wirikuta y su zona de influencia, se dejaron 23 que forman parte del proyecto minero de la empresa canadiense First Majestic Silver Corp.

Luego de que el juzgado resolvió ordenar a la Secretaría de Economía y Dirección General de Minas, se dejen insubsistentes 44 títulos de concesión minera en el ANP y la obligación de consultar cualquier otorgamiento de concesión, las Autoridades Tradicionales, Civiles y Agrarias del Pueblo Wixárika que integran el Consejo, informan que presentarán un recurso de revisión.

En un pronunciamiento destacan que, si bien la sentencia reconoce el derecho de autodeterminación del pueblo Wixárika, el vínculo indisoluble que tienen con el territorio sagrado, el derecho a la consulta para solicitar una concesión, consideran que omite la obligación de obtener su consentimiento para la emisión de una concesión, a pesar de haberse acreditado las afectaciones espirituales que dicha actividad implica en el territorio.

Además, señalan que, aunque el amparo se presentó contra 78 concesiones que amenazaban el territorio sagrado de Wirikuta, sólo cancela las concesiones dentro del ANP estatal, dejando subsistentes 23 concesiones que forman parte del proyecto minero de la empresa canadiense First Majestic Silver Corp.

El Consejo detalla que estas se encuentran en la zona de influencia del territorio sagrado, por lo que sigue vigente el peligro de contaminación y destrucción del sistema ambiental que forma parte del territorio sagrado, aunado a las condiciones de sobreexplotación de los acuíferos del territorio y su incompatibilidad con la actividad minera, situación que quedó plenamente acreditada en el juicio.

Es por ello que el pueblo wixárika presentará un recurso de revisión en contra del fallo del Juzgado Cuarto, al considerar que no se garantizan plenamente los derechos territoriales y de identidad del pueblo originario, pues la determinación permite que se violente el derecho a un medio ambiente sano.

En este sentido apuntan a que, el juzgador hizo caso omiso las pruebas ambientales que revelan la sobreexplotación de los mantos acuíferos, y pone en duda la protección de Wirikuta para evitar su destrucción, dejando la planta sagrada de híkuri vulnerable a su saqueo y extinción en las áreas no protegidas, pero que si forman parte ritual de sus sitios sagrados.

Para concluir puntualizan sus exigencias, entre estas, la cancelación de todas y cada una de las concesiones mineras intactas de empresas nacionales y extranjeras, ubicadas tanto en la sierra de Catorce como el bajío de Wirikuta y su zona de influencia.

Se eleve a rango federal el ANP Sitio Sagrado Natural Wirikuta; se adopten las medidas jurídicas, científicas, técnicas, administrativas y financieras adecuadas para conservar los sitios de la Ruta Wixárika por los Sitios Sagrados a Wirikuta, declarada Patrimonio Mundial por la UNESCO.

Implementación de proyectos ecológicos, sostenibles y defendibles para los ejidatarios y habitantes de Wirikuta, y que el estado mexicano cumpla con las recomendaciones de la UNESCO: como la prohibición de actividades mineras en la zona, garantizar el derecho de paso para la peregrinación y fortalecer el Plan de Manejo bajo la coordinación del pueblo Wixárika, por conducto del Consejo, y el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH).

🖋️ Estela Ambriz Delgado

La nota completa aquí 🌐 https://www.astrolabio.com.mx/recurriran-sentencia-por-dejar-23-concesiones-mineras-activas-en-wirikuta/

La lucha sigue ... aún falta.COMUNICADO CRW: DE LA RECIENTE SENTENCIA DE WIRIKUTA EMITIDA POR LA AUTORIDAD COMPETENTETra...
01/04/2026

La lucha sigue ... aún falta.
COMUNICADO CRW: DE LA RECIENTE SENTENCIA DE WIRIKUTA EMITIDA POR LA AUTORIDAD COMPETENTE

Tras 15 años de la defensa de wirikuta por amenaza de explotación minera en el lugar sagrado de nuestro pueblo Wixárika
http://consejoregionalwixarika.org/?p=1247
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Somos una organización autónoma conformada por las autoridades tradicionales, agrarias, civiles y miembros de las comunidades del pueblo Wixárika ubicados en la sierra madre occidental en los estados de Jalisco, Nayarit y Durango. Luchamos contra los embates y las violaciones de los derechos huma...

24/03/2026

Agresión física y amenazas de muerte contra la Defensora de Derechos Humanos Poulette Celene Hernández

México / Chiapas

Agresión física y amenazas de muerte contra la Defensora de Derechos Humanos Poulette Celene Hernández

Fecha de emisión: 09 de febrero de 2026

Lugar: Tonalá, Chiapas, México

Código: CDHDO-MEX-01-2026

Tipo de riesgo: Agresión física, amenazas de muerte, hostigamiento, riesgo inminente

Persona en riesgo: Poulette Celene Hernández, Defensora de Derechos Humanos

Este centro de derechos humanos ha documentado agresiones físicas y amenazas de muerte en contra de la Defensora de Derechos Humanos Poulette Celene Hernández, en el municipio de Tonalá, región Istmo-Costa del estado de Chiapas, México. Los hechos recientes evidencian un patrón de hostigamiento y riesgo elevado, lo que genera preocupación urgente por su vida, integridad física y seguridad personal.

Descripción de los hechos:

• 08 de febrero de 2026, aproximadamente 17:00 horas:

Tres personas —dos mujeres y un hombre— acudieron al domicilio de la defensora ubicado en la Colonia Democrática Chiapaneca, de la ciudad de Tonalá, Chiapas exigiendo que saliera del inmueble. Posteriormente comenzaron a insultarla, amenazarla y agredirla físicamente con violencia, constituyendo un ataque directo contra su integridad.

• 07 de febrero de 2026, aproximadamente 22:00 horas:

Cuatro sujetos a bordo de dos motocicletas llegaron al exterior de su domicilio solicitando hablar con ella. Al observar la presencia de otras personas dentro de la vivienda, se retiraron no sin antes amenazar con regresar, configurando actos previos de intimidación.

Existe una denuncia penal registrada bajo el número de atención 070-2026, radicada en la Fiscalía General del Estado de Chiapas, Región Istmo Costa, por lo que solicitamos que se actúe con debida diligencia, y se logre sancionar la conducta violenta y desproporcionada en contra de la defensora.

Antecedentes:

Poulette Celene Hernández es abogada y defensora de derechos humanos. Coordina trabajo con mujeres en la región Costa de Chiapas, acompañando a víctimas de violencia y fortaleciendo procesos de formación en derechos humanos de las mujeres, salud comunitaria y agroecología. Su labor se desarrolla en contextos de alta vulnerabilidad y riesgo para personas defensoras. En días recientes se ha denunciado los intentos de despojo por parte del Corredor Interoceánico, al igual que la colusión entre grupos delictivos con autoridades en la región.

Solicitamos a las autoridades mexicanas:

1. Adoptar medidas de protección urgentes, efectivas y concertadas con la defensora, garantizando su vida, integridad física y seguridad.

2. Implementar medidas de seguridad en su domicilio y entorno, incluyendo vigilancia preventiva y mecanismos de reacción inmediata.

3. Investigar los hechos con debida diligencia, perspectiva de género y enfoque diferenciado para personas defensoras, asegurando la judicialización del expediente 070-2026 y la sanción a los responsables.

4. Reconocer públicamente la labor legítima de defensa de derechos humanos realizada por la víctima y abstenerse de cualquier acto de criminalización o estigmatización.

5. Coordinar acciones con el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Gobierno Federal.

https://wp.me/p8qHTQ-35r

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