Sinadtissste Oficial

Sinadtissste Oficial Página oficial del Sindicato Nacional Democrático de los Trabajadores del ISSSTE.

Compañeras y compañeros:Me da mucho gusto informarles que el pasado 1 de julio de 2026 sostuvimos una importante reunión...
02/07/2026

Compañeras y compañeros:

Me da mucho gusto informarles que el pasado 1 de julio de 2026 sostuvimos una importante reunión de trabajo con el Magistrado Presidente del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, acompañado del Secretario General de Acuerdos y funcionarios de ese órgano jurisdiccional.

En representación del Sindicato Nacional Democrático de los Trabajadores del ISSSTE (SINADTISSSTE) participamos un servidor, Alberto Cornejo Choperena, Secretario General; el compañero Francisco Avilez Torres, Secretario de Administración y Finanzas; y el compañero Juan Fuentes Hernández, Secretario de Bienestar Social. Asimismo, estuvieron presentes dirigentes de la Confederación Internacional de Trabajadores (CIT).

Durante este encuentro tuvimos la oportunidad de exponer diversos temas de gran importancia para nuestra organización sindical y para los trabajadores del ISSSTE, entre ellos el seguimiento a los asuntos que actualmente se encuentran en trámite ante el Tribunal, así como la necesidad de fortalecer el respeto a la libertad sindical, la legalidad y el acceso efectivo a la justicia laboral.

Celebramos la disposición mostrada por la Presidencia del Tribunal para mantener un canal de comunicación institucional abierto con las organizaciones sindicales del Apartado B del artículo 123 constitucional, privilegiando siempre el diálogo, el respeto entre las instituciones y el cumplimiento del marco jurídico.

Para el SINADTISSSTE, este tipo de reuniones representan un paso importante porque permiten que nuestra organización continúe siendo escuchada por las autoridades responsables de impartir justicia laboral, fortaleciendo la defensa de los derechos e intereses de nuestros afiliados.

Como siempre, reiteramos nuestro compromiso de mantenerlos informados con absoluta transparencia sobre cada gestión que realizamos. Nuestra lucha continúa con firmeza, por la vía institucional y jurídica, hasta lograr que se respeten plenamente los derechos de todas y todos los trabajadores del ISSSTE.

Agradecemos la confianza que han depositado en esta organización. Cada avance es resultado del trabajo conjunto, de la unidad y de la convicción de que la defensa de los derechos laborales se construye con perseverancia, responsabilidad y organización.

¡La unidad nos fortalece y la legalidad respalda nuestra lucha!

Fraternalmente

Alberto Cornejo Choperena
Secretario General
Sindicato Nacional Democrático de los Trabajadores del ISSSTE (SINADTISSSTE)

30 de junio de 2026NUEVO TRIUNFO JURÍDICO EN FAVOR DE UNA COMPAÑERA AFILIADA AL SINADTISSSTECompañeras y compañeros:Es u...
30/06/2026

30 de junio de 2026

NUEVO TRIUNFO JURÍDICO EN FAVOR DE UNA COMPAÑERA AFILIADA AL SINADTISSSTE

Compañeras y compañeros:

Es un gusto compartir con ustedes un importante resultado jurídico obtenido en favor de nuestra compañera María Estela Pérez Armendáriz, quien promovió un juicio laboral en defensa de sus derechos como trabajadora del ISSSTE.

Después de una intensa batalla jurídica, el Decimocuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito concedió el amparo y ordenó al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje dejar sin efectos el laudo que inicialmente había absuelto al ISSSTE y emitir una nueva resolución conforme a derecho.

En cumplimiento de esa ejecutoria, la Octava Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje emitió un nuevo laudo en el que reconoce a la compañera María Estela Pérez Armendáriz como trabajadora de BASE, ordenando al ISSSTE expedir el nombramiento correspondiente y reconocer los derechos inherentes a dicha calidad laboral.

Este reconocimiento constituye el logro más importante del juicio, ya que confirma que cuando una trabajadora o trabajador acredita los requisitos previstos por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, adquiere el derecho a la basificación y a que le sean aplicables las Condiciones Generales de Trabajo del ISSSTE.

Aunque el Tribunal negó algunas de las prestaciones económicas reclamadas, como determinados pagos retroactivos, horas extraordinarias y otros conceptos específicos, el resultado obtenido representa una victoria de gran trascendencia, pues garantiza la estabilidad laboral de nuestra compañera y fortalece la defensa de los derechos de quienes durante años han prestado sus servicios al Instituto.

Este asunto también demuestra que la perseverancia da resultados. Fue necesario acudir al juicio de amparo para que un Tribunal Colegiado corrigiera el criterio inicialmente adoptado por el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje y ordenara la emisión de un nuevo laudo conforme a derecho.

Cada resolución favorable fortalece nuestra lucha por:

✅ El reconocimiento de las plazas de base.
✅ La aplicación de las Condiciones Generales de Trabajo del ISSSTE.
✅ La estabilidad en el empleo.
✅ El respeto a los derechos laborales.
✅ La defensa de la libertad sindical.

Desde el SINADTISSSTE felicitamos a nuestra compañera María Estela Pérez Armendáriz por este importante logro y reiteramos nuestro compromiso de continuar defendiendo, con firmeza y por la vía jurídica, los derechos de todas y todos nuestros afiliados.

Seguiremos demostrando que la preparación, la constancia y la unidad permiten obtener resultados que benefician a nuestra organización y a la clase trabajadora.

¡En el SINADTISSSTE seguimos transformando los derechos en realidades!

Fraternalmente

Alberto Cornejo Choperena
Secretario General Nacional
Sindicato Nacional Democrático de los Trabajadores del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
SINADTISSSTE

📢 Ciudad de México, lunes 29 de junio de 2026¡IMPORTANTE PRECEDENTE JURÍDICO A FAVOR DE LAS Y LOS TRABAJADORES DEL ISSST...
29/06/2026

📢 Ciudad de México, lunes 29 de junio de 2026

¡IMPORTANTE PRECEDENTE JURÍDICO A FAVOR DE LAS Y LOS TRABAJADORES DEL ISSSTE!

Compañeras y compañeros afiliados al Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores del ISSSTE (SINADTISSSTE):

Es un gusto compartir con ustedes una importante resolución emitida por el Decimosexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, dentro del Juicio de Amparo Directo 979/2025, vinculado con el 980/2025, mediante la cual se concedió el amparo a nuestras compañeras:

* Consuelo Ballinas Albores
* Patricia Moreno Gómez
* María Antonia Cigarroa Solar
* Flor de María Pérez Martínez

La trascendencia de esta ejecutoria radica en que el Tribunal confirmó que nuestras compañeras deben ser reconocidas como trabajadoras de base, privilegiando las funciones que realmente desempeñan por encima de la denominación del puesto o de la clasificación administrativa que el ISSSTE les había asignado.

Este precedente adquiere aún mayor relevancia porque dentro del expediente participan trabajadoras que ocupan plazas de Subjefe de Departamento, Subjefe de Enfermeras, Supervisor Médico, Supervisor de Área Administrativa, Profesionales Administrativos y Asistentes Administrativos, demostrando que el simple nombre del puesto no determina, por sí mismo, la calidad de trabajador de confianza.

El reconocimiento como trabajadoras de base representa un logro de enorme importancia, ya que las Condiciones Generales de Trabajo del ISSSTE establecen expresamente que sus derechos y prestaciones corresponden al personal de base. En consecuencia, este reconocimiento abre la puerta al disfrute de todas las prestaciones previstas en dichas Condiciones Generales, siempre en los términos y requisitos que las mismas establecen.

Esta resolución fortalece la lucha que desde hace años hemos impulsado para demostrar que miles de trabajadores del ISSSTE realizan funciones eminentemente operativas y, por ello, deben g***r plenamente de los derechos laborales que les corresponden.

En el SINADTISSSTE seguiremos defendiendo, por la vía jurídica, los derechos de nuestras compañeras y compañeros, convencidos de que la justicia continúa abriendo camino para el reconocimiento pleno de los derechos laborales de los trabajadores del Instituto.

La razón, la ley y la justicia continúan respaldando nuestra lucha.

Fraternalmente

Alberto Cornejo Choperena
Secretario General
Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores del ISSSTE (SINADTISSSTE)

26 de junio de 2026¡LOS DERECHOS SE DEFIENDEN… Y SE GANAN!En publicaciones anteriores informamos paso a paso el desarrol...
26/06/2026

26 de junio de 2026

¡LOS DERECHOS SE DEFIENDEN… Y SE GANAN!

En publicaciones anteriores informamos paso a paso el desarrollo del juicio promovido por nuestro compañero Orlando Mijail Elizalde Landa, mejor conocido por todos como Mijael.

Compartimos con ustedes desde la presentación de la demanda, la sentencia favorable, el amparo promovido por el ISSSTE, la resolución del Tribunal Colegiado y, ahora, el nuevo laudo emitido en cumplimiento de esa ejecutoria.

Hoy podemos informarles un resultado que representa una gran victoria para todos los trabajadores del ISSSTE.

El Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje resolvió que el ISSSTE no acreditó que la contratación temporal del compañero estuviera legalmente justificada, por lo que reconoció que la relación laboral era de carácter permanente.

Como consecuencia, ordenó:

✅ Su reinstalación en el puesto que desempeñaba.
✅ El reconocimiento como trabajador de base.
✅ El reconocimiento de su antigüedad desde el inicio de la relación laboral.
✅ El pago de salarios caídos.
✅ El pago de incrementos y diferencias salariales.
✅ El reconocimiento y pago de las prestaciones contenidas en las Condiciones Generales de Trabajo del ISSSTE, así como diversas prestaciones económicas y de personal derivadas de su calidad de trabajador de base.

¿Por qué es tan importante esta resolución?

Porque confirma un principio que el SINADTISSSTE ha sostenido desde su creación:

Los derechos de los trabajadores no dependen del nombre que el ISSSTE le ponga al nombramiento o al contrato, sino de las funciones que realmente desempeñan y del cumplimiento de la ley.

Cuando un trabajador presta servicios de manera permanente y el Instituto no acredita legalmente la temporalidad de su contratación, los tribunales pueden reconocer la existencia de una relación laboral de base con todas sus consecuencias jurídicas.

El caso de Mijael demuestra que los trabajadores contratados mediante nombramientos temporales o de duración determinada no están condenados a permanecer sin derechos. La ley protege a quienes hacen valer sus derechos y cuentan con una adecuada defensa jurídica.

Este resultado fortalece el trabajo que el SINADTISSSTE ha venido realizando en favor de cientos de compañeras y compañeros que buscan el reconocimiento de su estabilidad en el empleo, su antigüedad y las prestaciones que legalmente les corresponden.

A nuestro compañero Orlando Mijail Elizalde Landa, nuestro reconocimiento por la confianza depositada en nuestra organización y por la perseverancia demostrada durante todo este proceso.

En el SINADTISSSTE seguiremos demostrando que la organización, la constancia y la defensa jurídica profesional generan resultados.

La justicia tarda, pero cuando se lucha con razón, termina llegando.

Fraternalmente

Alberto Cornejo Choperena
Secretario General Nacional del SINADTISSSTE

25 de junio de 2026¡UN NUEVO TRIUNFO JURÍDICO CONTRA EL ISSSTE!En el Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores del ...
25/06/2026

25 de junio de 2026

¡UN NUEVO TRIUNFO JURÍDICO CONTRA EL ISSSTE!

En el Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores del ISSSTE (SINADTISSSTE) seguimos demostrando que la defensa jurídica, cuando se sustenta en la ley, la razón y la perseverancia, da resultados.

La Quinta Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, en cumplimiento de la ejecutoria emitida por el Octavo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, dictó un nuevo laudo mediante el cual condenó al ISSSTE a reconocer plenamente los derechos laborales de una trabajadora que durante años fue considerada indebidamente de confianza.

Entre las principales condenas impuestas al Instituto destacan:

✅ Reconocimiento de la relación laboral desde el 16 de julio de 2016.

✅ Eliminación de la denominación de “trabajadora de confianza” contenida en su nombramiento.

✅ Otorgamiento de un nombramiento de base.

✅ Reinstalación en el puesto de Subjefe de Departamento, con todos los derechos y prestaciones inherentes a una trabajadora de base.

✅ Reconocimiento de que todo el tiempo transcurrido desde el despido debe considerarse como efectivamente laborado para todos los efectos legales.

✅ Reconocimiento de la antigüedad generada desde el inicio de la relación laboral y expedición de la Hoja Única de Servicios correspondiente.

✅ Pago de $1,095,296.04 por concepto de salarios caídos, además de todos los salarios que continúen generándose hasta el cumplimiento total del laudo.

✅ Pago de incrementos salariales, prestaciones económicas y demás beneficios previstos en las Condiciones Generales de Trabajo del ISSSTE.

Lo más importante de esta resolución es que el Tribunal determinó que el ISSSTE no logró acreditar que la trabajadora desempeñara funciones de confianza, confirmando que la simple denominación del puesto no basta para negar el derecho a la estabilidad en el empleo.

Este precedente representa una extraordinaria noticia para miles de trabajadores del Instituto, pues reafirma que quienes realizan funciones propias del personal de base pueden obtener el reconocimiento pleno de sus derechos mediante los procedimientos legales correspondientes.

En el SINADTISSSTE continuaremos defendiendo con firmeza los derechos de nuestros compañeros, impulsando las acciones jurídicas necesarias para combatir las injusticias laborales y lograr que prevalezca el Estado de Derecho.

Nuestra lucha no se basa en discursos; se sustenta en resultados concretos obtenidos ante los Tribunales.

Fraternalmente

Alberto Cornejo Choperena
Secretario General del Comité Ejecutivo Nacional
Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores del ISSSTE (SINADTISSSTE)






Felicidades papás!!
21/06/2026

Felicidades papás!!

17 de junio de 2026COMPAÑERAS Y COMPAÑEROS AFILIADOS AL SINADTISSSTEUno de los principales objetivos de nuestra organiza...
17/06/2026

17 de junio de 2026

COMPAÑERAS Y COMPAÑEROS AFILIADOS AL SINADTISSSTE

Uno de los principales objetivos de nuestra organización sindical es generar certeza jurídica para todas y todos los trabajadores del ISSSTE.

Por ello, recientemente presentamos escritos ante la Presidenta de la República y ante la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, solicitando su intervención para que las autoridades del Instituto respondan de manera clara y fundada respecto de la aplicación de dos beneficios institucionales que año con año generan incertidumbre entre los trabajadores:

• 10 de mayo, Día de las Madres.
• 1° de octubre, Día del Trabajador del ISSSTE.

La realidad es que actualmente no existe un criterio uniforme en todo el Instituto.

Cada año observamos situaciones distintas en las áreas de trabajo:

• A algunos trabajadores se les concede el día.
• A otros se les niega.
• En algunas unidades se autoriza la ausencia.
• En otras se exige laborar.
• En algunos casos incluso se generan descuentos salariales por no existir reglas claras y uniformes.

Particularmente, el Día del Trabajador del ISSSTE, celebrado el 1° de octubre, históricamente ha sido otorgado principalmente al personal de base; sin embargo, miles de trabajadores que forman parte de la operación diaria del Instituto continúan enfrentando criterios distintos dependiendo de la unidad administrativa donde laboran.

Lo que estamos solicitando es muy sencillo:

Que el ISSSTE informe de manera clara, pública, fundada y motivada quiénes tienen derecho a estos beneficios, cuál es el fundamento jurídico aplicable y cuáles son los criterios institucionales que deben observar todas las áreas del Instituto.

Las personas trabajadoras tienen derecho a conocer con certeza cuáles son sus derechos y obligaciones. No puede haber interpretaciones distintas para situaciones iguales.

Nuestro objetivo no es generar confrontación, sino lograr reglas claras, uniformes y transparentes para todas y todos los trabajadores del ISSSTE.

Seguiremos impulsando las acciones legales, administrativas e institucionales necesarias hasta obtener respuestas claras y certeza jurídica para nuestra base trabajadora.

Porque defender los derechos laborales también significa exigir que las autoridades actúen con legalidad, transparencia y congruencia.

Fraternidad, Igualdad y Libertad.

ALBERTO CORNEJO CHOPERENA
SECRETARIO GENERAL DEL SINADTISSSTE

16 de junio de 2026COMPAÑERAS Y COMPAÑEROS:El Sindicato Nacional Democrático de los Trabajadores del ISSSTE (SINADTISSST...
16/06/2026

16 de junio de 2026

COMPAÑERAS Y COMPAÑEROS:

El Sindicato Nacional Democrático de los Trabajadores del ISSSTE (SINADTISSSTE) continúa trabajando de manera permanente en la defensa de los derechos laborales, económicos y humanos de las y los trabajadores adscritos a plazas de Enlace y categorías homólogas dentro del Instituto.

Derivado de diversas gestiones realizadas por esta organización sindical, hemos identificado la existencia de criterios administrativos contradictorios emitidos por distintas áreas del propio ISSSTE respecto de las prestaciones que corresponden a dicho personal.

Por una parte, la autoridad reconoce expresamente a los trabajadores de Enlace como beneficiarios de determinadas prestaciones institucionales, tales como la ayuda para adquisición de anteojos y el apoyo para actividades deportivas o acondicionamiento físico.

Sin embargo, cuando se trata de otras prestaciones relacionadas con la antigüedad, el reconocimiento de años de servicio y diversos beneficios económicos, se utilizan criterios distintos y conceptos que no cuentan con una definición institucional clara, generando incertidumbre jurídica y desigualdad en la aplicación de derechos.

Ante esta situación, el SINADTISSSTE ha promovido acciones formales ante la Dirección General del ISSSTE, la Presidencia de la República y la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, solicitando que se definan de manera transparente, uniforme y fundada los criterios aplicables al personal de Enlace y categorías homólogas.

Nuestro objetivo es claro: que todos los trabajadores reciban un trato igualitario, que exista certeza jurídica sobre sus derechos y que ninguna prestación laboral o económica sea negada mediante interpretaciones discrecionales o contradictorias.

Seguiremos impulsando las gestiones necesarias para lograr el reconocimiento pleno de los derechos que corresponden a las y los trabajadores del Instituto, siempre con fundamento en los principios de legalidad, igualdad, transparencia, seguridad jurídica y respeto a los derechos humanos.

La defensa de los derechos laborales no se construye con discursos; se construye con trabajo, gestión, análisis jurídico y acciones concretas.

En el SINADTISSSTE seguiremos avanzando con firmeza hasta lograr que se respeten los derechos de todas y todos.

Fraternidad, Igualdad y Libertad.

ALBERTO CORNEJO CHOPERENA
Secretario General del SINADTISSSTE

COMPAÑERAS Y COMPAÑEROS AFILIADOS AL SINADTISSSTEDurante años, miles de trabajadores del ISSSTE y particularmente de SUP...
15/06/2026

COMPAÑERAS Y COMPAÑEROS AFILIADOS AL SINADTISSSTE

Durante años, miles de trabajadores del ISSSTE y particularmente de SUPERISSSTE han laborado en días de descanso obligatorio y días festivos para garantizar la atención y continuidad de los servicios institucionales.

Sin embargo, en muchos casos, cuando un trabajador presta sus servicios en esas fechas, en lugar de recibir el pago que legalmente corresponde, únicamente se le concede un día de descanso en fecha posterior.

Recientemente, en respuesta a un planteamiento formulado por nuestra organización sindical, la propia Subdirección de Personal del ISSSTE reconoció que cualquier prestación, compensación o pago derivado de servicios efectivamente laborados en días de descanso obligatorio debe sujetarse a las disposiciones legales aplicables. Asimismo, señaló que la aplicación de las disposiciones laborales debe realizarse bajo los principios de legalidad, igualdad, certeza jurídica y respeto a los derechos de las personas trabajadoras.

Lo anterior resulta relevante porque confirma que cuando una trabajadora o un trabajador presta efectivamente sus servicios en un día de descanso obligatorio, existen derechos laborales que deben ser respetados conforme al marco jurídico vigente.

Desde el SINADTISSSTE continuaremos impulsando las acciones necesarias para que los derechos laborales sean reconocidos y aplicados de manera uniforme, evitando interpretaciones restrictivas que afecten a los trabajadores.

Nuestro objetivo es claro: que las prestaciones y compensaciones derivadas del trabajo realizado en días festivos y de descanso obligatorio se otorguen conforme a la ley y no queden sujetas a criterios discrecionales o interpretaciones administrativas.

Seguiremos trabajando, documentando y gestionando ante las autoridades competentes para que ningún trabajador vea disminuidos sus derechos laborales.

Fraternalmente,

ALBERTO CORNEJO CHOPERENA
SECRETARIO GENERAL DEL SINADTISSSTE

11 de junio de 2026SINADTISSSTE IMPULSA ACCIONES ANTE PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y LA SECRETARÍA ANTICORRUPCIÓN EN DEFE...
11/06/2026

11 de junio de 2026

SINADTISSSTE IMPULSA ACCIONES ANTE PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y LA SECRETARÍA ANTICORRUPCIÓN EN DEFENSA DE LOS TRABAJADORES DE PENSIONISSSTE

Estimadas compañeras y compañeros:

En el Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores del ISSSTE (SINADTISSSTE) continuamos trabajando de manera permanente en la defensa y ampliación de los derechos laborales, económicos, humanos y sindicales de las y los trabajadores que representamos.

Como parte de estas acciones, los días 9 y 10 de junio de 2026 presentamos formalmente dos nuevas gestiones institucionales de alto nivel relacionadas con la exclusión que por años han enfrentado trabajadores operativos adscritos a PENSIONISSSTE respecto de su incorporación al Fondo de Ahorro Capitalizable (FONAC).

La primera gestión fue dirigida a la Presidenta Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Dra. Claudia Sheinbaum Pardo, solicitando la intervención de las autoridades competentes para realizar una revisión integral de esta situación y conocer los criterios jurídicos, administrativos y presupuestales que han dado origen a dicha exclusión.

Como resultado de esta gestión, la Presidencia de la República acusó recibo de nuestra solicitud y notificó que el asunto fue canalizado a las dependencias correspondientes para su atención y seguimiento.

De manera paralela, se presentó un segundo oficio ante la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, solicitando que se analice si las actuaciones administrativas relacionadas con la exclusión de trabajadores operativos de PENSIONISSSTE del FONAC se ajustan a los principios de legalidad, imparcialidad, objetividad, transparencia, rendición de cuentas, adecuada gestión de recursos humanos, igualdad y respeto a los derechos humanos establecidos en el Código de Ética e Integridad para un Buen Gobierno en la Administración Pública Federal.

La documentación presentada acredita que los trabajadores operativos adscritos a PENSIONISSSTE:

• Forman parte activa de la estructura institucional.
• Perciben remuneraciones ordinarias.
• Cotizan al ISSSTE.
• Participan en programas institucionales de ahorro.
• Cuentan con años de antigüedad.
• Continúan excluidos del Fondo de Ahorro Capitalizable.

Asimismo, se aportó evidencia documental que demuestra que diversas categorías administrativas y operativas dentro del ISSSTE sí participan actualmente en el FONAC, por lo que resulta indispensable que las autoridades determinen de manera clara y objetiva las razones que justifican esta diferencia de trato.

Estas acciones forman parte de una estrategia institucional que nuestra organización sindical ha sostenido durante varios años para lograr el reconocimiento pleno de los derechos de las compañeras y compañeros de PENSIONISSSTE.

A las y los trabajadores de PENSIONISSSTE les reiteramos que cuentan con el respaldo de esta organización sindical. Seguiremos utilizando todos los mecanismos institucionales, administrativos y legales a nuestro alcance hasta obtener respuestas claras, transparentes y debidamente fundamentadas.

En el SINADTISSSTE seguimos demostrando que la defensa de los trabajadores no se limita a los discursos; se construye con gestión, trabajo, perseverancia y resultados.

Fraternidad, Igualdad y Libertad

Alberto Cornejo Choperena
Secretario General
SINADTISSSTE






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