30/07/2026
✅️Sí, el Congreso de la República aprobó el Decreto 18-2026 que elimina el pago del IUSI para las viviendas, manteniendo la obligación fiscal únicamente para los inmuebles de uso comercial.
✅️Detalles de la reforma
Vivienda habitacional y uso mixto: Quedan exentas del pago del Impuesto Único Sobre Inmuebles (fijado en tasa 0 por millar)
✅️Inmuebles comerciales:
Continúan sujetos al pago con tasas escalonadas según su valor (3 por millar para propiedades de hasta Q500 mil, y hasta 9 por millar para montos mayores).
✅️Proceso legal: El decreto fue aprobado por el Congreso de la República y remitido al Organismo Ejecutivo para su sanción o veto presidencial antes de su publicación oficial.
✅️Este 29 de julio, el Congreso aprobó el Decreto 18-2026 que modifica el artículo 11 del Decreto 15-98, Ley del Impuesto Único sobre Inmuebles (IUSI) en Guatemala, que elimina el pago para los inmuebles destinados a vivienda.
✅️Dicho decreto establece la eliminación del cobro del IUSI para todos los inmuebles destinados a vivienda, uso residencial y uso mixto. La normativa también plantea tarifas diferenciadas para los inmuebles destinados al uso comercial, según el valor por el que estén inscritos.
✅️Los porcentajes para el cobro del impuesto a los inmuebles de uso comercial quedaron establecidos de la siguiente manera:
De Q0 a Q500 mil, 3 por millar
De Q500,000.01 a Q1 millón, 6 por millar
De Q1,000,000.01 en adelante, 9 por millar
fuente:
Carlos Gómez
Periodista de Prensa Libre especializado en temas políticos y electorales. Con experiencia periodística de 20 años en medios escritos, televisivos y radiales.