Cgt Teleperformance Ponferrada

Cgt Teleperformance Ponferrada Nueva ubicación de Teleperformance:

31/08/2026

⚠️ SI ESTÁS DE BAJA, ESTO TE INTERESA
Desde el 1 de septiembre, tendrás que estar pendiente de las notificaciones electrónicas del INSS
La Orden ISM/541/2026, de 27 de mayo, establece un cambio importante en la relación de las personas trabajadoras
con la Seguridad Social. Desde el 1 de septiembre de 2026, las personas que soliciten o perciban prestaciones por
incapacidad temporal (IT) estarán obligadas a recibir por medios electrónicos las comunicaciones y notificaciones
de la Seguridad Social relacionadas con estas prestaciones. También se aplicará a las notificaciones o comunicaciones
relativas a incapacidad permanente y lesiones permanentes no incapacitantes. Esto no significa que el papel
desaparezca por completo: la normativa mantiene algunos supuestos en los que la Administración puede seguir
notificando por medios no electrónicos (por ejemplo, si no dispone de tus datos de contacto). Pero para la mayoría
de las personas afectadas, la Sede Electrónica pasa a ser el canal de referencia.
¿QUÉ SIGNIFICA PARA LAS PERSONAS TRABAJADORAS?
Si estás de baja y tienes que recibir una notificación del INSS, ya no debes esperar necesariamente una carta en papel.
La notificación estará disponible en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS). La Seguridad Social
podrá enviarte un aviso al teléfono móvil y/o correo electrónico que hayas facilitado, indicándote que tienes una
comunicación disponible. EL AVISO NO ES LA NOTIFICACIÓN. Es fundamental acceder a la Sede Electrónica
y consultar el contenido de la comunicación.
⏰ OJO CON LOS PLAZOS
Una notificación electrónica obligatoria se considera practicada cuando accedes a su contenido. Si no accedes,
transcurridos 10 días naturales desde que fue puesta a tu disposición, se entiende rechazada y, a todos los efectos
legales, se tiene por practicada: el procedimiento administrativo continúa y pueden empezar a correr los plazos para
presentar alegaciones o recursos, aunque no la hayas leído. Por eso, estar de baja no significa que puedas olvidarte
de las comunicaciones del INSS.
🛡️ ¿QUÉ RECOMENDAMOS DESDE CGT?
1. Comprueba que la Seguridad Social tiene actualizado tu teléfono y correo electrónico.
2. Asegúrate de disponer de un sistema de identificación electrónica, como Cl@ve, certificado digital o DNI
electrónico.
3. Revisa periódicamente tus notificaciones en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
4. Si recibes un aviso, no lo dejes para después: entra y comprueba qué te están comunicando.
Y si tienes dificultades para acceder a una notificación electrónica, la propia normativa contempla la posibilidad de
recibir asistencia presencial en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) para
acceder a la Sede Electrónica.
⚠️Importante: la norma no elimina por completo las notificaciones en papel. Si la Seguridad Social no dispone de
tu teléfono o correo electrónico, u otros supuestos previstos en la normativa, podrás seguir recibiendo
comunicaciones por vía postal. Aun así, si estás en el colectivo afectado, no des nada por sentado: revisa también la
Sede Electrónica.
📢 RECUERDA
Una notificación del INSS puede afectar directamente a tu situación de incapacidad, tu prestación o tu
reincorporación al trabajo. No des por hecho que todo te llegará por carta: si estás en el colectivo obligado, la
referencia es la Sede Electrónica. A partir del 1 de septiembre de 2026, si estás en una situación de incapacidad
temporal, revisa tus notificaciones electrónicas y no dejes pasar los plazos.

Información sobre el PIF (Permiso Individual de Formación)📚.
25/08/2026

Información sobre el PIF (Permiso Individual de Formación)📚.

¡UN NUEVO TRIUNFO DE LA CGT!
14/08/2026

¡UN NUEVO TRIUNFO DE LA CGT!

‼️¿Sabías qué?
04/08/2026

‼️¿Sabías qué?

🔴⚫ Firmar sin leer, no gracias.
21/07/2026

🔴⚫ Firmar sin leer, no gracias.

17/07/2026

🔴⚫ Sentencia ganada contra las cláusulas abusivas del convenio.

16/07/2026
09/07/2026

ENFERMAR NO ES UN DELITO. LOS DERECHOS NO SE RECORTAN.

Desde CGT Telemarketing mostramos nuestro más absoluto rechazo a las manifestaciones realizadas por el líder de la oposición, Alberto Núñez Feijóo, quien ha llegado a calificar el absentismo laboral como un "cáncer" y a plantear recortes salariales para las personas trabajadoras que se encuentren en situación de incapacidad temporal.

Comparar una enfermedad tan devastadora con una realidad laboral resulta profundamente desafortunado y supone una falta de respeto hacia quienes padecen o han padecido una enfermedad. Además, este tipo de discursos contribuyen a criminalizar a las personas trabajadoras que se encuentran de baja por una causa médica debidamente acreditada.

Las personas trabajadoras no se cogen una baja para no ir a trabajar, sino porque existe una necesidad real que les impide desempeñar su actividad. Castigar económicamente a quien enferma únicamente supone cargar sobre la clase trabajadora el coste de una situación que nadie elige.

En un sector como el Contact Center conocemos bien las consecuencias de la presión constante, las elevadas cargas de trabajo y los riesgos psicosociales. Si de verdad se quiere reducir el número de bajas, la solución pasa por mejorar las condiciones laborales, reforzar la prevención de riesgos y proteger la salud de las plantillas, no por recortar derechos a quienes enferman.

Desde CGT defendemos una sociedad madura y solidaria, en la que estar enfermo nunca sea motivo de castigo, sino de protección.

Porque la salud de la clase trabajadora no es un privilegio, ES UN DERECHO.

07/07/2026

JUICIO POR LA LIMITACIÓN DEL PERMISO DE HOSPITALIZACIÓN DEL CONVENIO

El 7 de julio, se ha celebrado en la Audiencia Nacional el juicio relativo a la impugnación del artículo 30.b del III Convenio Colectivo de Contact Center, que limita el disfrute del permiso por hospitalización, enfermedad grave, Intervención quirúrgica o reposo domiciliario de familiares.

Este permiso sólo se puede disfrutar dentro de los diez días siguientes, lo que desde sde CGT creemos que limita el permiso, ya que el Estatuto de los Trabajadores no establece ningún plazo, y por ello hemos presentado nuestra demanda.

Resulta llamativo que quienes firmaron este convenio, UGT y CCOO, pretendan ahora presentar como un éxito la impugnación de una cláusula que ellos mismos aceptaron durante la negociación. Si esa cláusula era tan perjudicial para las personas trabajadoras, nunca debió formar parte de un convenio que ellos mismos firmaron.

Siempre hemos defendido que los derechos de las personas trabajadoras no deben recortarse en una mesa de negociación para después intentar recuperarlos en los tribunales.

Os dejamos un nuevo número de nuestro boletín informativo.
03/07/2026

Os dejamos un nuevo número de nuestro boletín informativo.

Dirección

Plaza Manuel De Falla Nº 11 , Bajo
Ponferrada
24402

Horario de Apertura

Lunes 10:00 - 21:00
Martes 10:00 - 21:00
Miércoles 10:00 - 21:00
Jueves 10:00 - 21:00
Viernes 10:00 - 21:00
Sábado 12:00 - 14:00

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Cgt Teleperformance Ponferrada publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

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