31/08/2026
⚠️ SI ESTÁS DE BAJA, ESTO TE INTERESA
Desde el 1 de septiembre, tendrás que estar pendiente de las notificaciones electrónicas del INSS
La Orden ISM/541/2026, de 27 de mayo, establece un cambio importante en la relación de las personas trabajadoras
con la Seguridad Social. Desde el 1 de septiembre de 2026, las personas que soliciten o perciban prestaciones por
incapacidad temporal (IT) estarán obligadas a recibir por medios electrónicos las comunicaciones y notificaciones
de la Seguridad Social relacionadas con estas prestaciones. También se aplicará a las notificaciones o comunicaciones
relativas a incapacidad permanente y lesiones permanentes no incapacitantes. Esto no significa que el papel
desaparezca por completo: la normativa mantiene algunos supuestos en los que la Administración puede seguir
notificando por medios no electrónicos (por ejemplo, si no dispone de tus datos de contacto). Pero para la mayoría
de las personas afectadas, la Sede Electrónica pasa a ser el canal de referencia.
¿QUÉ SIGNIFICA PARA LAS PERSONAS TRABAJADORAS?
Si estás de baja y tienes que recibir una notificación del INSS, ya no debes esperar necesariamente una carta en papel.
La notificación estará disponible en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS). La Seguridad Social
podrá enviarte un aviso al teléfono móvil y/o correo electrónico que hayas facilitado, indicándote que tienes una
comunicación disponible. EL AVISO NO ES LA NOTIFICACIÓN. Es fundamental acceder a la Sede Electrónica
y consultar el contenido de la comunicación.
⏰ OJO CON LOS PLAZOS
Una notificación electrónica obligatoria se considera practicada cuando accedes a su contenido. Si no accedes,
transcurridos 10 días naturales desde que fue puesta a tu disposición, se entiende rechazada y, a todos los efectos
legales, se tiene por practicada: el procedimiento administrativo continúa y pueden empezar a correr los plazos para
presentar alegaciones o recursos, aunque no la hayas leído. Por eso, estar de baja no significa que puedas olvidarte
de las comunicaciones del INSS.
🛡️ ¿QUÉ RECOMENDAMOS DESDE CGT?
1. Comprueba que la Seguridad Social tiene actualizado tu teléfono y correo electrónico.
2. Asegúrate de disponer de un sistema de identificación electrónica, como Cl@ve, certificado digital o DNI
electrónico.
3. Revisa periódicamente tus notificaciones en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
4. Si recibes un aviso, no lo dejes para después: entra y comprueba qué te están comunicando.
Y si tienes dificultades para acceder a una notificación electrónica, la propia normativa contempla la posibilidad de
recibir asistencia presencial en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) para
acceder a la Sede Electrónica.
⚠️Importante: la norma no elimina por completo las notificaciones en papel. Si la Seguridad Social no dispone de
tu teléfono o correo electrónico, u otros supuestos previstos en la normativa, podrás seguir recibiendo
comunicaciones por vía postal. Aun así, si estás en el colectivo afectado, no des nada por sentado: revisa también la
Sede Electrónica.
📢 RECUERDA
Una notificación del INSS puede afectar directamente a tu situación de incapacidad, tu prestación o tu
reincorporación al trabajo. No des por hecho que todo te llegará por carta: si estás en el colectivo obligado, la
referencia es la Sede Electrónica. A partir del 1 de septiembre de 2026, si estás en una situación de incapacidad
temporal, revisa tus notificaciones electrónicas y no dejes pasar los plazos.