Sindicato CEM - Colectivo Emergencias Madrid

Sindicato CEM - Colectivo Emergencias Madrid El Colectivo de Emergencias Madrid (CEM o SinCEMMadrid): Agrupa a Policías Locales, Bomberos, Agentes de Movilidad y SAMUR. Afíliate! en [email protected]

El sindicato Colectivo Emergencias Madrid; se creó en 2010, por dos policías pertenecientes a la UID de Ciudad Lineal, un tercero integrado en la UET y un compañero bombero. Nacimos como un sindicato independiente y nos gestionamos con nuestros propios recursos económicos. Presentándonos a las elecciones sindicales celebradas el 28 de abril del 2011 en el Ayuntamiento de Madrid y pese a no contar

con medios económicos y, apenas conocernos nadie, conseguimos 121 votos, siendo un autentico triunfo. Nuestro programa electoral fue, y es una síntesis de los pilares sobre los que se construye nuestro proyecto. El C.E.M está dirigido en exclusiva a la afiliación y defensa de los intereses de la escala ejecutiva de la plataforma, que integra a los trabajadores del colectivo de emergencias; no pudiendo afiliar a miembros de la escala técnica. PROYECTO
Éste nuevo y ambicioso proyecto, creemos que puede ser un verdadero punto de inflexión, tanto en las demás centrales sindicales, como en la propia Corporación. Estamos seguros que nuestro proyecto no es del agrado de muchos “amigos” que se dedican exclusivamente a boicotear todo lo que no lleve sus siglas. En fin, en la pluralidad de las opciones está la riqueza de la democracia. Los integrantes de la Comisión Ejecutiva del C.E.M; no podrán estar liberados y deberán acudir regularmente a sus puestos de trabajo; además se comprometen ante acta notarial, a no ascender durante su pertenencia a la Comisión Ejecutiva; extendiéndose este compromiso durante los dos años posteriores a su renuncia o cese en el cargo. De igual modo, no acudirán a reuniones, ni estarán legitimados a firmar acuerdo alguno, con la administración pública, en los casos de encontrarse inmerso algún familiar directo en proceso de selección para ocupar un puesta en la citada administración. No podrán contar con un cálculo mensual de “Horas Sindicales” que les permita una liberación encubierta, aquellos miembros de la ejecutiva que presten su servicio en turno de noche en forma continuada o en cualquier otra especialidad que genere menor número de horas trabajadas en computo anual, que las que realizan los componentes adscritos a las UID de Distrito. COLECTIVO EMERGENCIAS MADRID C.E.M calle Cipriano Sancho 13 1ºC – Madrid
Tfno. 682 75 42 86
E-mail: [email protected]
En caso de reuniones o negociaciones con la administración pública, los representantes del sindicato, estarán asesorados por un experto en negociaciones laborales y, en todo momento acudirá invitado a las mismas un afiliado elegido por riguroso orden de afiliación. Las actas de las reuniones se harán públicas, siendo previamente sometidas a su análisis por el denominado a tales efectos; Consejo Rector, el cual tendrá como función primordial valorar la legalidad de los posibles acuerdos a tomar, así como la de redactar un informe imparcial, sobre lo propicio o contradictorio de los acuerdo, con anterioridad a ser sometido a asamblea. El Consejo Rector, velara por el buen hacer de la comisión ejecutiva y sus integrantes, estarán asesorados por un letrado. La Presidencia del Consejo Rector recaerá en el Secretario de Finanzas, quien estará asesorado, además por dos miembros de la ejecutiva y un afiliado elegido por sorteo. En cuanto a las subvenciones económicas que reciba el sindicato, estos serán públicos y cualquier cantidad sobrante, sobre los presupuestos del ejercicio siguiente, se liquidaran en el ejercicio anual, en beneficio de los afiliados. Nuestros servicios de asesoramiento legal y laboral, tiene su sede central en el municipio de Torrelaguna (Madrid). El motivo no es otro que el alejar lo más posible este servicio del núcleo central de la ciudad de Madrid, así se evitara un posible contacto directo con la Administración Local, del municipio más poblado de la CAM. Las decisiones sobre las medidas de presión que se afecten a los afiliados, serán propuestas y votadas en los centros de trabajo y no en asambleas manipuladas. El Colectivo de Emergencias Madrid, se denomina “sindicato” por imperativo legal; sin embargo actúa y se rige por los criterios de una “cooperativa en defensa de los derechos de los trabajadores”

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