UGT Fesmc Madrid Suroeste

UGT Fesmc Madrid Suroeste Defendemos los intereses y derechos de los trabajadores del Comercio, Servicios y Transportes.
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📢 UGT FeSMC Madrid Suroeste informaJUBILACIÓN FLEXIBLE.Cambios importantes para compatibilizar pensión y trabajo.A parti...
04/09/2026

📢 UGT FeSMC Madrid Suroeste informa
JUBILACIÓN FLEXIBLE.

Cambios importantes para compatibilizar pensión y trabajo.

A partir del 28 de agosto de 2026 entran en vigor las novedades introducidas por el Real Decreto 416/2026, que facilitan la compatibilidad entre la percepción de la pensión de jubilación y la continuidad en la actividad laboral.

¿Qué es la jubilación flexible?
La jubilación flexible permite cobrar la pensión de jubilación y, al mismo tiempo, seguir trabajando, adaptando la jornada laboral y favoreciendo una transición progresiva hacia la jubilación definitiva.

¿A quién afecta?
Estas medidas se aplican a las personas que inicien la jubilación flexible a partir del 28 de agosto de 2026.

Las situaciones iniciadas con anterioridad continuarán rigiéndose por la normativa vigente en el momento en que comenzaron.
Trabajo por cuenta ajena.

Con la nueva regulación:

✅ Se podrá trabajar entre el 33 % y el 80 % de la jornada laboral.

✅ La cuantía de la pensión se reducirá de forma inversamente proporcional al porcentaje de jornada trabajada.

Novedades:

Si la actividad laboral parcial comienza seis meses después del acceso a la jubilación, la pensión podrá incrementarse:

+25 % cuando la jornada se sitúe entre el 55 % y el 80 %.

+15 % cuando la jornada esté comprendida entre el 33 % y el 55 %.

Trabajo por cuenta propia.

La jubilación flexible también podrá compatibilizarse con el trabajo por cuenta propia, siempre que la persona no haya estado dada de alta como autónoma en los tres años anteriores.

En estos casos, la pensión compatible será del 25 %.

Objetivos de la reforma.

✔ Facilitar la compatibilidad entre pensión y empleo.
✔ Favorecer una transición más gradual entre la vida laboral y la jubilación.
✔ Ofrecer mayor flexibilidad a quienes desean continuar desarrollando una actividad profesional tras acceder a la jubilación.

UGT FeSMC Madrid Suroeste
Seguimos informando y defendiendo los derechos de las personas trabajadoras.

🌡️ 32,5 ºC EN LA NAVE: LA INSPECCIÓN DE TRABAJO CONFIRMA LA SANCIÓNUGT FeSMC Madrid Suroeste informa.La Inspección de Tr...
03/09/2026

🌡️ 32,5 ºC EN LA NAVE: LA INSPECCIÓN DE TRABAJO CONFIRMA LA SANCIÓN

UGT FeSMC Madrid Suroeste informa.

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha confirmado una sanción de 2.451 euros a una empresa tras constatar que las personas trabajadoras desempeñaban su actividad en una nave con temperaturas de hasta 32,5 ºC, sin que existieran medidas preventivas suficientes para proteger su salud.

Durante la actuación inspectora se comprobó que:

🌡️ Se alcanzaron temperaturas de hasta 32,5 ºC en el centro de trabajo.

💧 Las medidas de prevención, como el suministro de agua y la ventilación, resultaban insuficientes.

⚠️ La exposición al calor suponía un riesgo grave para la salud de la plantilla.

📋 La Inspección calificó los hechos como una infracción grave, imponiendo una sanción de 2.451 euros, posteriormente confirmada.

Desde UGT FeSMC Madrid Suroeste recordamos que las empresas tienen la obligación legal de garantizar unas condiciones de trabajo seguras y saludables, especialmente durante los episodios de altas temperaturas.

Si en tu centro de trabajo se producen situaciones similares, no lo normalices. Contacta con UGT FeSMC Madrid Suroeste.

Defender tu salud también es defender tus derechos.

📢 COMUNICADO A TODA LA PLANTILLA DE IMPREX EUROPE S.L. ( FUENLABRADA)⚠️ ¡LA DIRECCIÓN DEBE SER IMPARCIAL! ⚠️🔴 UGT DENUNC...
03/09/2026

📢 COMUNICADO A TODA LA PLANTILLA DE IMPREX EUROPE S.L. ( FUENLABRADA)

⚠️ ¡LA DIRECCIÓN DEBE SER IMPARCIAL! ⚠️
🔴 UGT DENUNCIA EL TRATO DE FAVOR HACIA FETICO.

Desde UGT FeSMC Madrid queremos dirigirnos a todos los trabajadores y trabajadoras de Impres Europe S.L. para denunciar públicamente lo que consideramos una actuación absolutamente parcial por parte de la Dirección de la empresa en el actual proceso de representación sindical.

⚠️ A nuestro juicio, la Dirección está facilitando, favoreciendo y poniendo medios para que salga adelante una única candidatura vinculada a FETICO, mientras que UGT no está recibiendo el mismo trato ni las mismas facilidades.

📣 Y desde UGT queremos decirlo ALTO Y CLARO:

🗳️ ¡LAS ELECCIONES SINDICALES NO SON PROPIEDAD DE LA DIRECCIÓN!

La empresa debe mantenerse al margen y garantizar que todas las organizaciones sindicales concurran en igualdad de condiciones ⚖️, sin favoritismos, interferencias ni maniobras destinadas a favorecer a una candidatura concreta.

🚨 Nos preocupa especialmente que se esté intentando impulsar una candidatura de FETICO, organización que desde UGT consideramos un claro ejemplo de sindicalismo amarillo 🟡 y de representación sindical alejada de la independencia que necesitan los trabajadores.

✊ Un sindicato no puede convertirse en una herramienta al servicio de los intereses de la empresa.

La representación de los trabajadores debe ser independiente, libre y combativa ✊ y debe responder únicamente ante la plantilla.

🔴 Desde UGT FeSMC Madrid Suroeste denunciamos que se esté intentando “chanchullear” o preparar una representación sindical a medida de la Dirección, facilitando el camino a una candidatura concreta y poniendo obstáculos, directa o indirectamente, a quienes defendemos un sindicalismo independiente.

❗ QUEREMOS QUE QUEDE MUY CLARO:

🚫 Los trabajadores de Impres Europe S.L. no necesitan sindicatos impuestos, dirigidos o tutelados por la empresa.

Necesitan representantes que puedan mirar a la Dirección a la cara 👀 y defender sus derechos ✊ sin deber favores, sin recibir instrucciones y sin tener que pedir permiso.

🗳️✊ QUE DECIDA LA PLANTILLA, NO LA DIRECCIÓN

Desde UGT hacemos un llamamiento a todos los trabajadores y trabajadoras para que estén atentos 👁️ a lo que está ocurriendo, participen en el proceso electoral y ejerzan su derecho al voto con total libertad 🗳️.

Porque una cosa debe quedar clara:

⚠️ La Dirección puede intentar influir, pero quien tiene la última palabra es la plantilla.

🗳️ La representación sindical se gana con los votos de los trabajadores, no con las facilidades de la empresa.

🔎 Desde UGT FeSMC Madrid vamos a seguir vigilando el proceso y no vamos a permitir que se vulneren los principios de libertad sindical, igualdad de oportunidades e independencia de la representación de los trabajadores.

⚖️ Si existen actuaciones que puedan vulnerar estos principios, UGT actuará por las vías sindicales y legales que correspondan.

🚫 NO QUEREMOS SINDICATOS AMARILLOS.
🚫 NO QUEREMOS REPRESENTANTES AL SERVICIO DE LA EMPRESA.
🚫 NO QUEREMOS ELECCIONES CONDICIONADAS.

✊🔴 QUEREMOS REPRESENTANTES LIBRES, INDEPENDIENTES Y ELEGIDOS POR LOS TRABAJADORES

🗳️ ¡QUE DECIDA LA PLANTILLA!

⚠️ ¡NI IMPOSICIONES NI CHANCHULLOS!

🔴✊ PRESÉNTATE CON UGT, TU SINDICATO DE CLASE

🧠 SÍNDROME POSTVACACIONALVolver al trabajo también necesita su tiempo.Desde UGT FeSMC Madrid Suroeste queremos recordar ...
03/09/2026

🧠 SÍNDROME POSTVACACIONAL

Volver al trabajo también necesita su tiempo.

Desde UGT FeSMC Madrid Suroeste queremos recordar que, después de las vacaciones, recuperar de golpe los horarios, las responsabilidades y el ritmo laboral puede provocar un periodo de adaptación conocido como síndrome postvacacional.

¿QUÉ PODEMOS NOTAR?

Cansancio o falta de energía, desmotivación, irritabilidad, tristeza, dificultad para concentrarse, alteraciones del sueño o cierta ansiedad ante la vuelta al trabajo.

En la mayoría de los casos se trata de un malestar transitorio que va desapareciendo a medida que recuperamos nuestras rutinas.

¿POR QUÉ PUEDE APARECER?

El cambio brusco entre vacaciones y trabajo, recuperar horarios exigentes, el aumento del estrés o encontrarnos de nuevo con situaciones laborales que ya nos generaban insatisfacción pueden hacer más difícil la vuelta.

¿QUÉ PODEMOS HACER?

❤️ Recuperar los horarios progresivamente.
😴 Dormir y descansar adecuadamente.
📋 Organizar y priorizar las primeras tareas.
🌱 Mantener espacios de ocio y desconexión.
⏳ Darnos unos días para recuperar nuestro ritmo habitual.

⚠️ ¿CUÁNDO DEBEMOS PRESTAR MÁS ATENCIÓN?

Si el malestar se prolonga durante varias semanas, empeora o comienza a interferir de forma importante en nuestra vida diaria, es recomendable consultar con un profesional sanitario.

Y recuerda: el bienestar psicológico también forma parte de la salud laboral. Si detrás del malestar existen problemas relacionados con la organización del trabajo, sobrecarga, estrés o condiciones laborales, no debemos normalizarlos.

RESPIRA. RECUPERA TU RITMO.
CUIDA TU SALUD. DEFIENDE TUS DERECHOS.
UGT FeSMC Madrid Suroeste
Estamos contigo.

🔴 ¿PUEDEN CAMBIARTE DE PUESTO TRAS UNA BAJA MÉDICA?Sí, pero con límites.Desde UGT FeSMC Madrid Suroeste te recordamos qu...
02/09/2026

🔴 ¿PUEDEN CAMBIARTE DE PUESTO TRAS UNA BAJA MÉDICA?

Sí, pero con límites.

Desde UGT FeSMC Madrid Suroeste te recordamos que una empresa no puede modificar tus funciones o retirarte un complemento salarial de forma arbitraria tras una incapacidad temporal, especialmente si existen indicios de discriminación relacionados con tu estado de salud.

✅ ¿Qué ocurrió?

Una persona trabajadora regresó de una baja médica y, ese mismo día, la empresa le retiró el puesto de jefe de equipo, reduciendo también sus funciones y el complemento económico asociado.

⚖️ ¿Qué alegó la empresa?

La empresa justificó el cambio por una supuesta "reorganización", pero no pudo demostrar con pruebas objetivas que esa reorganización existiera realmente ni que respondiera a criterios organizativos válidos.

🔍 ¿Qué indicios pueden hacer sospechar de una discriminación?

El cambio se produce justo al reincorporarse de la baja médica.

Se reducen las funciones desempeñadas.
Existe una pérdida del complemento o del salario asociado al puesto.

Cuando concurren estos indicios, la actuación empresarial puede considerarse discriminatoria si no está debidamente justificada.

⚖️ La carga de la prueba cambia

En estos casos, corresponde a la empresa demostrar que la decisión fue objetiva, razonable y ajena a cualquier motivo discriminatorio.

No basta con alegar una reorganización: debe acreditarse con pruebas.

🛡️ Protección frente a la discriminación
La Ley 15/2022, de igualdad de trato y no discriminación, refuerza la protección de las personas trabajadoras frente a decisiones empresariales que puedan estar relacionadas con su estado de salud.

📢 Conclusión

No todo cambio de puesto tras una baja médica es ilegal, pero si existen indicios de discriminación, la empresa deberá justificar su decisión con pruebas objetivas y suficientes.

✊ UGT FeSMC Madrid Suroeste

Defendemos tus derechos, combatimos la discriminación y exigimos decisiones empresariales transparentes y justificadas. Si te encuentras en una situación similar, ponte en contacto con nuestros delegados o con tu sede de UGT.

🚆📚 ¡PREPÁRATE PARA LA OEP DE ADIF CON UGT FERROVIARIO!Desde UGT Ferroviario FeSMC ponemos en marcha nuevas clases de pre...
02/09/2026

🚆📚 ¡PREPÁRATE PARA LA OEP DE ADIF CON UGT FERROVIARIO!

Desde UGT Ferroviario FeSMC ponemos en marcha nuevas clases de preparación para la OEP de ADIF – Factor de Circulación, pensadas para ayudarte a afrontar el proceso con la mejor preparación posible. 💪

💻 100% ONLINE y GRATUITAS para afiliadas y afiliados, impartidas por profesionales del sector ferroviario.

📅 Comenzamos el 2 de septiembre
🕖 Todos los miércoles a las 19:00 h

🎥 Las clases quedarán grabadas en la plataforma para que puedas verlas cuando lo necesites.

📝 Simulacros de examen
🙋‍♂️🙋‍♀️ Clases interactivas
📩 Para más información y acceso a las clases, contacta con UGT Ferroviario a través de los medios indicados en el cartel.

🔴 Tu futuro en ADIF empieza con una buena preparación. ¡Te esperamos!

¿PUEDE UN TRABAJADOR ARREPENTIRSE DE SU BAJA VOLUNTARIA?UGT FeSMC Madrid Suroeste | Información laboral que te interesa....
02/09/2026

¿PUEDE UN TRABAJADOR ARREPENTIRSE DE SU BAJA VOLUNTARIA?

UGT FeSMC Madrid Suroeste | Información laboral que te interesa.

La baja voluntaria no siempre es una decisión irreversible.

El Tribunal Supremo ha recordado que un trabajador puede retractarse de su dimisión siempre que lo comunique antes de que la baja produzca efectos y se cumplan determinados requisitos.

💡 IDEA CLAVE

La baja voluntaria comunicada con preaviso puede retirarse si la relación laboral sigue vigente y la retractación no provoca un perjuicio relevante para la empresa o para terceros.

📌 ¿QUÉ OCURRIÓ?

Un trabajador presentó una baja voluntaria con efectos diferidos.

Antes de que llegara la fecha de finalización de su contrato, comunicó a la empresa que quería continuar trabajando y dejaba sin efecto su dimisión.

⚖️ ¿QUÉ HA DICHO EL TRIBUNAL SUPREMO?

El Alto Tribunal considera que la retractación puede ser válida cuando:

✅ Se comunica antes de la fecha efectiva de la baja.
✅ La relación laboral continúa vigente.
✅ La empresa no acredita un perjuicio relevante derivado de la retirada de la dimisión.
En estas circunstancias, la empresa no puede rechazar automáticamente la retractación sin una causa justificada.

✔️ REQUISITOS PARA QUE LA RETRACTACIÓN SEA VÁLIDA

1. Debe comunicarse antes de que la baja produzca efectos.

2. El contrato de trabajo debe seguir vigente.

3. La retractación no debe ocasionar un perjuicio relevante a la empresa o a terceros.

🟢 CONCLUSIÓN

Si un trabajador comunica a tiempo que se arrepiente de su baja voluntaria y se cumplen los requisitos establecidos por la jurisprudencia, la empresa no puede ignorar esa decisión sin una justificación objetiva.

En UGT FeSMC Madrid Suroeste defendemos que las personas trabajadoras conozcan sus derechos y cuenten con el asesoramiento necesario para hacerlos valer.

Si te encuentras en una situación similar, contacta con nuestros delegados y delegadas o acude a nuestras sedes para recibir asesoramiento sindical y jurídico

🟢 JUBILACIÓN PARCIALTodo lo que necesitas saber para solicitarla.En UGT FeSMC Madrid Suroeste te ayudamos a conocer tus ...
01/09/2026

🟢 JUBILACIÓN PARCIAL

Todo lo que necesitas saber para solicitarla.

En UGT FeSMC Madrid Suroeste te ayudamos a conocer tus derechos y a tramitar correctamente la jubilación parcial.

¿QUÉ ES LA JUBILACIÓN PARCIAL?

La jubilación parcial permite reducir tu jornada de trabajo y comenzar a percibir una parte de tu pensión, compatibilizando ambos ingresos siempre que se cumplan los requisitos legales.

REQUISITOS GENERALES

✅ Acceso al alcanzar la edad ordinaria de jubilación
Podrás acceder cuando alcances la edad legal de jubilación que corresponda según los años cotizados.

✅ Acceso antes de la edad ordinaria
En determinados supuestos es posible acceder de forma anticipada, siempre que se cumplan, entre otros, requisitos como:
Haber cotizado el período mínimo exigido por la normativa.

Contar con la antigüedad requerida en la empresa.

Que la empresa formalice, cuando sea necesario, el correspondiente contrato de relevo.

Cumplir el resto de condiciones establecidas por la Seguridad Social.

¿CÓMO SE SOLICITA?

1️⃣ Solicitud a la empresa
Presenta la petición por escrito.

2️⃣ Preparación de la documentación
La empresa emitirá la documentación necesaria para la tramitación.

3️⃣ Tramitación ante el INSS
Presenta la solicitud junto con la documentación requerida para que la Seguridad Social resuelva el expediente.

⚠️ IMPORTANTE

La jubilación parcial no se concede de forma automática.

Cada caso debe analizarse individualmente y es fundamental comprobar que se cumplen todos los requisitos legales y convencionales.

🔴 UGT FeSMC Madrid Suroeste te asesora.

Si estás pensando en acceder a la jubilación parcial, infórmate antes de presentar la solicitud.

Nuestros delegados y asesoría jurídica pueden estudiar tu caso, resolver tus dudas y ayudarte durante todo el proceso para que puedas ejercer este derecho con todas las garantías.

🚨 MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO.¡NO TODO CAMBIO QUE IMPONE LA EMPRESA ES LEGAL!En ocasiones, la ...
01/09/2026

🚨 MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO.
¡NO TODO CAMBIO QUE IMPONE LA EMPRESA ES LEGAL!

En ocasiones, la empresa modifica de forma unilateral las condiciones de trabajo.

Sin embargo, cuando esos cambios afectan a aspectos esenciales de la relación laboral, deben cumplir unos requisitos legales y la persona trabajadora tiene derecho a defenderse.

¿Qué puede considerarse una modificación sustancial?

🔹 Horario y turnos
Cambios en la jornada.
Modificación de turnos.
Alteración del horario habitual.

🔹 Salario
Reducción o modificación de la estructura salarial.
Cambios en complementos retributivos.

🔹 Funciones
Asignación de funciones distintas a las habituales cuando afectan de forma relevante a tus condiciones de trabajo.

🔹 Lugar de trabajo
Cambios de centro o destino cuando supongan una modificación sustancial de tus condiciones.

🔹 Otras condiciones pactadas
Cualquier modificación importante de las condiciones acordadas en tu contrato o convenio.

📌 Si el cambio es sustancial, la empresa debe:

✅ Justificar la medida con causas objetivas.
✅ Comunicarla correctamente, respetando los plazos y el procedimiento legal.
✅ Respetar tus derechos durante todo el proceso.

⚖️ ¿Qué puedes hacer?

Si no estás de acuerdo con la modificación:
Puedes impugnar la decisión ante la jurisdicción social.

En determinados supuestos, puedes solicitar la extinción del contrato con derecho a indemnización, si se cumplen los requisitos legales.

✊ UGT FeSMC Madrid Suroeste te ayuda a defender tus derechos.

Si tu empresa ha cambiado tus condiciones de trabajo sin respetar la legislación, no lo dejes pasar.

📍 Infórmate, asesórate y actúa con UGT FeSMC Madrid Suroeste.

Tus derechos laborales no se negocian. Se defienden.

🚨 IR SIN LA UNIFORMIDAD REGLAMENTARIA NO JUSTIFICA SIEMPRE UN DESPIDO 🚨UGT FeSMC Madrid Suroeste informa de una importan...
31/08/2026

🚨 IR SIN LA UNIFORMIDAD REGLAMENTARIA NO JUSTIFICA SIEMPRE UN DESPIDO 🚨

UGT FeSMC Madrid Suroeste informa de una importante sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que recuerda que no todo incumplimiento laboral puede ser castigado con un despido disciplinario, especialmente cuando la sanción resulta desproporcionada.

📌 ¿Qué ocurrió?

Un trabajador regresó de realizar un servicio sin la chaqueta reglamentaria ni el pantalón de seguridad. A su llegada fue fotografiado y, días después, la empresa le comunicó su despido disciplinario.

La empresa justificó la decisión alegando tres supuestas faltas muy graves:

❌ Incumplimiento de órdenes.
❌ Abuso de confianza.
❌ Incumplimiento de la normativa de uniformidad.

⚖️ ¿Qué valoró el Tribunal?

El TSJ reconoció que existió un incumplimiento, pero consideró que la empresa aplicó una sanción excesiva, porque:

✅ La falta relacionada con la uniformidad estaba tipificada como falta grave, no muy grave.

✅ No quedó acreditado que existiera reiteración de la conducta ni que se hubiera producido un perjuicio efectivo en materia de prevención de riesgos laborales.

✅ Tampoco podía calificarse automáticamente como un supuesto de abuso de confianza.

🏛️ El fallo

El Tribunal concluyó que:
✔️ El trabajador incumplió la normativa interna.
✔️ La conducta podía ser sancionada.

❌ Pero el despido disciplinario era una medida desproporcionada.
Resultado: el despido fue declarado
IMPROCEDENTE.

🔴 Desde UGT FeSMC Madrid Suroeste recordamos

Las empresas pueden sancionar los incumplimientos, pero siempre deben respetar los principios de proporcionalidad, legalidad y adecuación de la sanción a los hechos cometidos.

Si has sido sancionado o despedido y tienes dudas sobre la legalidad de la decisión de tu empresa, contacta con UGT FeSMC Madrid Suroeste. Estudiaremos tu caso y defenderemos tus derechos laborales.

Dirección

Calle Huesca 2
Fuenlabrada
28941

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 14:00
Martes 09:00 - 14:00
Miércoles 09:00 - 14:00
Jueves 09:00 - 14:00
Viernes 09:00 - 14:00

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando UGT Fesmc Madrid Suroeste publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Organización

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