19/06/2026
Cuando fallece un cónyuge que compró en gananciales su vivienda habitual, realizando un testamento dejando el usufructo vitalicio a su mujer mayor de 65 años e instruye herederos universales a sus hijos, si posteriormente la viuda y los hijos venden lo que era la vivienda habitual, ¿cómo se calcularía la ganancia patrimonial?
José Antonio Almoguera San Martín, Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales, responde a esta cuestión en el desayuno del 29 de abril de 2026, Liquidación en el IRPF. Ganancias patrimoniales.
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