13/10/2026
Como sabéis el pasado 29 de septiembre se publicó la Ley 6/2026, de 10 de septiembre, de modificación de la Ley 3/2021, de 30 de junio, de Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales. Esta Ley incorpora importantes novedades con incidencia directa en la gestión de determinadas prestaciones vitales y, de manera especial, en los procedimientos de revisión del Salario Social Básico. Hubo una reunión informativa celebrada el pasado 9 de octubre, a la que asistió COCEMFE ASTURIAS. Os traslado un resumen de las principales cuestiones que se abordaron, especialmente en lo relativo a la revisión y devolución de prestaciones sociales.1. Principales cambios introducidos por la ley
La modificación normativa pretende proteger a las personas beneficiarias frente a la obligación de devolver prestaciones económicas cuando los pagos indebidos se hayan producido como consecuencia de retrasos, errores u otras actuaciones imputables a la Administración.
Entre las principales novedades destacan:
Exclusión del reintegro: no deberá exigirse la devolución de las cantidades percibidas cuando se cumplan los requisitos establecidos legalmente, especialmente haber comunicado de forma veraz y en plazo los cambios en las circunstancias personales, familiares o económicas y que la continuidad del pago sea imputable a la Administración.
Protección frente a las deudas pendientes: la nueva regulación puede permitir dejar sin efecto deudas por reintegros que todavía no se hayan abonado íntegramente, siempre que se cumplan las condiciones previstas en la ley.
Devolución de cantidades ya abonadas: las personas que hayan devuelto, total o parcialmente, cantidades que no habrían debido reintegrar podrán solicitar su devolución dentro del plazo de un año desde la entrada en vigor de la modificación.
Eliminación de intereses, recargos y costas: cuando no proceda la exoneración total, pero tampoco exista fraude, mala fe u ocultación relevante, no podrán exigirse estos conceptos y deberá ofrecerse un plan flexible de devolución adaptado a la capacidad económica de la unidad de convivencia.
2. Presentación de solicitudes y modelo específico
Durante la reunión les informaron de que se elaborará un modelo específico de solicitud para tramitar estos procedimientos. No obstante, dicho modelo todavía no está disponible. Se les trasladó que ya es posible presentar solicitudes, aunque todavía no se haya publicado el modelo estandarizado. Por tanto, las personas interesadas no tienen que esperar a la disponibilidad de dicho formulario para iniciar la presentación de su solicitud.