21/05/2026
👮👮🏻♀️🚔💪 LA SEGURIDAD SOCIAL COMPUTARÁ EL TIEMPO DE LOS POLICÍAS LOCALES INTERINOS A EFECTOS DE APLICAR LA ANTICIPACIÓN DE LA JUBILACIÓN
La Confederación FESEP se reúne con la Seguridad Social para reiterar que se solucionen los agravios en la aplicación de la anticipación de la jubilación de los policías locales respecto al resto de cuerpos policiales autonómicos.
El presidente de FESEP, Jesús Santos, junto con el representante de relaciones institucionales del SPPLB, Vicente Gil, mantuvieron reunión con la Subdirectora de la Seguridad Social, Cecilia de la Co**ha, y con su jefa de gabinete para trasladarle, como ya hicieran en el Congreso de los Diputados hace unas semanas, la necesidad de corregir las disfunciones en la actual aplicación de los coeficientes reductores para los policías locales.
La principal cuestión abordada ha sido la necesidad de computar como tiempo efectivo de cotización el tiempo trabajado por los policías locales interinos que posteriormente han consolidado la plaza como funcionarios de carrera hasta llegar a su jubilación.
Esta reivindicación se inició en el momento en que la Seguridad Social cambió por propia iniciativa los criterios de gestión en las anticipaciones de jubilación, pasando a no computar el tiempo trabajado como interino y que posteriormente sentencias en todas las instancias, hasta llegar al Tribunal Supremo, han reconocido el derecho que les ampara a los policías interinos para que sí se les contabilice dicho tiempo.
Otro asunto tratado ha sido el reconocimiento de los auxiliares de policía local en aquellos municipios donde posteriormente se creó el Cuerpo de Policía Local y se reconvirtieron a policías locales, jubilándose como tales, con muchas sentencias que ya han reconocido dicho tiempo previo como tiempo que se debe computar para el cálculo de los coeficientes reductores de la edad de jubilación, incluso el Tribunal Supremo, en casación. Un agravio con respecto a las policías de las diputaciones en la creación de la Ertzaintza o de los Mossos, a los que sí se les computo como tales.
Por último, también se trasladó el agravio respecto a la posibilidad de adelantar 6 años la jubila