30/08/2026
⚖️ Avalan el despido de una empleada con 26 años de antigüedad por teletrabajar sin permiso y no fichar con huella
El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha ratificado la procedencia del despido disciplinario de una empleada que llevaba vinculada a su empresa desde el año 1998. La sentencia confirma que la trabajadora realizó sus funciones desde casa durante nueve jornadas en agosto sin contar con la autorización previa necesaria.
La regulación interna de la compañía obligaba a solicitar permiso previo y por escrito para cualquier modificación del calendario de teletrabajo asignado. Durante los días de asistencia obligatoria a la oficina, el registro de la jornada debía realizarse mediante un sistema de huella dactilar ubicado en las instalaciones. La empleada decidió fichar a través de su ordenador personal desde su domicilio, contraviniendo las órdenes explícitas sobre el control de presencia física y las normas de registro horario comunicadas a toda la plantilla.
El conflicto laboral surgió tras detectarse que la profesional no acudió a su puesto habitual durante casi dos semanas durante el periodo estival. A pesar de contar con una trayectoria de 26 años, la empresa comunicó el despido el pasado 2 de octubre tras acreditar que la empleada conocía perfectamente el sistema de autorizaciones requerido. La trabajadora defendió que la decisión empresarial respondía a una represalia por los pleitos judiciales que su padre y su hermana mantenían contra la dirección de la compañía. Sin embargo, la justicia ha determinado que la gravedad de saltarse el control horario de forma reiterada prevalece sobre cualquier sospecha de conflicto familiar previo.
"Cabe entender que la conducta desplegada por la actora manifiesta un claro desdén hacia las normas internas de la empresa, que denota una deslealtad y un abuso de confianza en el cumplimiento de sus obligaciones". Esta valoración judicial recalca que la conducta fue consciente y voluntaria, por lo que no es posible aplicar una sanción más leve a pesar de que la abogada no tuviera antecedentes sancionadores en su expediente.
La resolución del Tribunal Superior de Justicia de Baleares desestima el recurso presentado por la trabajadora y confirma la sentencia previa dictada por un juzgado de Palma. Este fallo judicial subraya la importancia de cumplir estrictamente con los protocolos de registro de jornada y las condiciones de presencialidad establecidas por las empresas en sus normativas internas.