20/11/2025
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La República Dominicana dio un paso trascendental en materia de derechos humanos con la sentencia del Tribunal Constitucional No. TC/1225/25, la alta corte anuló el artículo 210 de la Ley 285, que establece el Código de Justicia de la Policía Nacional, y el 260 de la Ley 3483, que regula el Código de Justicia de las Fuerzas Armadas, por considerar que violan el principio de razonabilidad y discriminan injustificadamente a las personas homosexuales. El Tribunal Constitucional reconoció que estas normas representaban una discriminación injustificada, violando la intimidad y el derecho al desarrollo personal y laboral de militares y policías LGBT+.
A pesar de este avance, persisten desafíos significativos: aún no existe matrimonio igualitario, ni una ley de identidad de género, una ley que penalice la discriminación, lo que permite que la discriminación siga presente en escuelas y hospitales. El fallo exige al Estado la aplicación inmediata de protocolos antidiscriminación, capacitaciones obligatorias sobre diversidad y la investigación de casos previos de sanciones injustas.
Organizaciones y activistas destacan que la sentencia es apenas el inicio de un proceso hacia una sociedad más justa, donde nadie tenga que ocultar su amor. La lucha por la igualdad continúa hasta que sea una realidad para todas las personas.
Es importante destacar que otro avance es la ley orgánica de la policía nacional 590-16 de la Republica Dominicana en su artículo 153 numeral 14, reconoce como falta grave la discriminación por orientación sexual. Los activistas dominicanos seguiremos luchando para que todos y todas tenga un ejercicio ciudadano pleno.
Desde Caribbean Vulnerable Communities y Proactividad Para La Cooperación y el Desarrollo reconocemos la valentía al interponer dicho recurso al TC de Anderson Javiel Dirocie de León y Patricia M. Santana Nina, con los cuales expresamos nuestro apoyo.