25/09/2026
🏛️ Ratificamos y respaldamos la labor de la Defensoría de los Habitantes: la asistencia consular es un deber inalienable 🇨🇷🇺🇸
Desde Ruta 8 compartimos y respaldamos plenamente la iniciativa de la Defensoría de los Habitantes al pedir cuentas a la Cancillería de la República sobre la asistencia consular brindada a las personas costarricenses detenidas en Estados Unidos.
La Defensoría de los Habitantes está en su pleno derecho —y en el cumplimiento de su deber institucional— de exigir cuentas al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Como institución garante de los derechos de la ciudadanía, la Defensoríacr es un pilar fundamental que siempre recomendamos utilizar de primera instancia ante la vulneración de derechos o la omisión estatal. Su actuación en este caso es absolutamente correcta, oportuna y necesaria.
Recordemos que la protección de la ciudadanía en el extranjero no es opcional ni depende de su condición migratoria. El Artículo 34 (inciso b) de la Ley N° 3530 (Estatuto del Servicio Exterior de la República) establece con claridad que es deber de los agentes consulares:
📌 "Velar por que se respeten y defender, si fuere preciso, los derechos de sus conciudadanos".
Una condición migratoria irregular o una detención en el extranjero no despoja a ninguna persona de su dignidad ni suspende la obligación del Estado costarricense de fiscalizar el debido proceso y el respeto a sus derechos fundamentales.
En Ruta 8 promovemos el análisis serio, el control ciudadano, la transparencia institucional y el respeto irrestricto a los derechos humanos 🇨🇷🌱
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👉La Defensoría de los Habitantes solicitó cuentas al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto para conocer los mecanismos institucionales que garantizan la asistencia consular a personas costarricenses privadas de libertad en Estados Unidos, particularmente aquellas sometidas a procedimientos migratorios que podrían derivar en su deportación.
🔗Más detalle de las consultas realizadas a la Cancillería aquí: https://acortar.link/p5v8a0