19/08/2026
LA ADI DE ARTOLA NO VA A NORMALIZAR ESTE TIPO DE ACTOS
Hace unos días se presentó una situación lamentable: uno de los contenedores adquiridos con recursos de la Asociación fue incendiado.
Además del daño ocasionado a un bien perteneciente a la Asociación y puesto al servicio de la comunidad, este hecho representa un riesgo serio para la seguridad de las personas, especialmente porque en el interior del contenedor pueden encontrarse aerosoles, recipientes presurizados y otros materiales capaces de explotar.
El artículo 228 del Código Penal de Costa Rica sanciona a quien destruya, inutilice, haga desaparecer o dañe de cualquier modo una cosa total o parcialmente ajena, con pena de 15 días a 1 año de prisión o de 10 a 100 días multa.
Por lo tanto, este tipo de conducta puede constituir un delito de daños, sin perjuicio de otras responsabilidades que puedan determinar las autoridades según las circunstancias del hecho.
La Asociación estará documentando lo sucedido y, de contar con elementos suficientes, pondrá los hechos en conocimiento de las autoridades competentes.
De determinarse quién o quiénes resulten responsables, se solicitará también la reparación del daño ocasionado al patrimonio de la Asociación.
Los recursos de la ADI son administrados para beneficio de toda la comunidad. Dañarlos significa perjudicarnos a todos.
No vamos a permitir que este tipo de acciones se conviertan en algo normal en Artola.
Si alguna persona tiene información relacionada con lo sucedido, puede comunicarla de manera confidencial al teléfono de la ADI: 8519-0991.
Cuidemos y respetemos lo que es de todos.
ADI Artola