15/06/2026
IMPORTANTE PARA FAMILIAS Y CUIDADORES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN COLOMBIA‼️
Muchas familias desconocen que, en determinadas circunstancias, las EPS sí pueden estar obligadas a garantizar un cuidador para una persona con discapacidad o en condición de dependencia.
Este derecho ha sido desarrollado por la Corte Constitucional a través de múltiples sentencias de tutela. ⚖️🧑🏻⚖️
¿La EPS está obligada a pagar un cuidador?
La respuesta es: sí, cuando la condición de salud de la persona lo requiere y la familia no está en capacidad de asumir esa carga de cuidado de manera adecuada.
La Corte Constitucional ha señalado que el cuidado de una persona con discapacidad no puede recaer exclusivamente sobre la familia cuando ello implica una carga excesiva o afecta derechos fundamentales.
¿Cuándo procede la asignación de un cuidador?
La jurisprudencia ha establecido que deben analizarse aspectos como:
✅ Que la persona requiera apoyo permanente o frecuente para actividades básicas de la vida diaria.
✅ Que exista dependencia física, cognitiva, intelectual o múltiple que limite su autonomía.
✅ Que el médico tratante o la valoración integral evidencien la necesidad de apoyo continuo.
✅ Que la familia no tenga capacidad económica para contratar un cuidador.
✅ Que los familiares encargados del cuidado sean adultos mayores o tengan problemas de salud.
✅ Que la carga de cuidado genere afectaciones físicas, emocionales o económicas desproporcionadas para la familia.