Somos una organización cívica, social y comunitaria de gestión social, sin ánimo de lucro, de naturaleza solidaria, con personería jurídica y patrimonio propio, integrada voluntariamente por los residentes del Barrio Trece de Noviembre - Sector La Primavera (Comuna 8) de la ciudad de Medellín, que aunamos esfuerzos y recursos para:
MISIÓN: Promover un desarrollo integral, sostenible y sustentable
construido a partir del ejercicio de la democracia participativa en la gestión del desarrollo de la comunidad, que:
VISIÓN: Para el 2016 seremos una organización consolidada y visibilizada en el territorio por sus proyectos y acciones favorables a la comunidad. El territorio está comprendido dentro de los siguientes límites:
POR EL NORTE: Cruce de la calle 57 con la carrera 18C, línea descendente por la misma Calle hasta la Carrera 23. POR EL SUR: Cruce de la carrera 23 con la calle 56EH, subiendo en línea ascendente hasta la quebrada la Arenera, incluyendo el parque ecológico la Arenera, Fundación Beato Domingo Iturrate Clara de Asís y el Ancianato Fe y Alegría, line directa bordeando el cerro hasta la Carrera 18C. POR EL OCCIDENTE: Cruce de la carrera 23 con la calle 57 dentro de este radio de acción esta ubicada
la Plazoleta 13 de Noviembre, por esta hacia la carrera 23A con calle 56FG terreno aledaño al centro integral comunitario por la placa polideportiva 13 de Noviembre, volviendo a la carrera 23 hasta la Calle 56EH ubicación de la Institución Educativa Sol de Oriente. POR EL ORIENTE: Borde del cerro Pan de Azúcar línea directa con la Carrera 18C en línea directa hasta la calle 57, pasando por el sector llamado “tres esquinas” hasta llegar al sector llamado “El pontón”. OBJETIVOS MISIONALES
Los objetivos de la Junta son:
a) Promover y fortalecer en el individuo, el sentido de pertenencia frente a su comunidad, vereda/barrio , a través del ejercicio de la democracia participativa;
b) Crear y desarrollar procesos de formación para el ejercicio de la democracia;
c) Planificar el desarrollo integral y sostenible de la comunidad;
d) Establecer los canales de comunicación necesarios para el desarrollo de sus actividades;
e) Generar procesos comunitarios autónomos de identificación, formulación, ejecución, administración y evaluación de planes, programas y proyectos de desarrollo comunitario;
f) Celebrar contratos con empresas públicas y privadas del orden internacional, nacional, departamental, municipal y local, con el fin de impulsar planes, programas y proyectos acordes con los planes comunitarios y territoriales de desarrollo;
g) Crear y desarrollar procesos económicos de carácter colectivo y solidario para lo cual podrán celebrar contratos de empréstito con entidades nacionales o internacionales;
h) Desarrollar procesos para la recuperación, recreación y fomento de las diferentes manifestaciones culturales, recreativas y deportivas, que fortalezcan la identidad comunal y nacional;
i) Construir y preservar la armonía en las relaciones interpersonales y colectivas, dentro de la comunidad, a partir del reconocimiento y respeto de la diversidad dentro de un clima de respeto y tolerancia;
j) Lograr que la comunidad esté permanentemente informada sobre el desarrollo de los hechos, políticas, programas y servicios del Estado y de las entidades que incidan en su bienestar y desarrollo;
k) Promover y ejercitar las acciones ciudadanas y de cumplimiento, como mecanismos previstos por la Constitución y la ley, para el respeto de los derechos de los asociados;
l) Divulgar, promover y velar por el ejercicio de los derechos humanos, fundamentales y del medio ambiente consagrados en la Constitución y la ley;
m) Generar y promover procesos de organización y mecanismos de interacción con las diferentes expresiones de la sociedad civil, en procura del cumplimiento de los objetivos de la acción comunal;
n) Promover y facilitar la participación de todos los sectores sociales, en especial de las mujeres y los jóvenes, en los organismos directivos de la acción comunal;
o) Procurar una mayor cobertura y calidad en los servicios públicos, buscar el acceso de la comunidad a la seguridad social y generar una mejor calidad de vida en su jurisdicción;
p) Los demás que se den los organismos de acción comunal respectivos en el marco de sus derechos, naturaleza y autonomía. DE LOS PRINCIPIOS:
La Junta se orientará por los siguientes principios:
a) Principio de democracia: participación democrática en las deliberaciones y decisiones;
b) Principio de la autonomía: autonomía para participar en la planeación, decisión, fiscalización y control de la gestión pública, y en los asuntos internos de la organización comunitaria conforme a sus estatutos y reglamentos;
c) Principio de libertad: libertad de afiliación y retiro de sus miembros;
d) Principio de igualdad y respeto: igualdad de derechos, obligaciones y oportunidades en la gestión y beneficios alcanzados por la organización comunitaria. Respeto a la diversidad: ausencia de cualquier discriminación por razones políticas, religiosas, sociales, de género o étnicas;
e) Principio de la prevalencia del interés común: prevalencia del interés común frente al interés particular;
f) Principio de la buena fe: las actuaciones de los comunales deben ceñirse a los postulados de la buena fe, la cual se presumirá en todas las gestiones que aquellos adelanten;
g) Principio de solidaridad: en los organismos de acción comunal se aplicará siempre, individual y colectivamente el concepto de la ayuda mutua como fundamento de la solidaridad;
h) Principio de la capacitación: los organismos de acción comunal tienen como eje orientador de sus actividades la capacitación y formación integral de sus directivos, dignatarios, voceros, representantes, afiliados y beneficiarios;
i) Principio de la organización: el respeto, acatamiento y fortalecimiento de la estructura de acción comunal, construida desde las juntas de acción comunal, rige los destinos de la acción comunal en Colombia;
j) Principio de la participación: la información, consulta, decisión, gestión, ejecución, seguimiento y evaluación de sus actos internos constituyen el principio de la participación que prevalece para sus afiliados y beneficiarios de los organismos de acción comunal. Los organismos de acción comunal podrán participar en los procesos de elecciones populares, comunitarias y ciudadanas. Dignatarios Actuales
Ignacio Arango Arango - Presidente
John de Jesus Vasquez - Vicepresidente
Jorge Eliecer Barrera Garcia - Tesorero
Rosa Angelica Tuberquia - Secretaria
Juan Bautista Henao - Fiscal
Leocadio Santamaria - Conciliador 1
Ramón Lopez - Conciliador 2
José Noriel Montoya - Conciliador 3
John de Jesús Vasquez - Delegado 1
Miguel Angel Mesa - Delegado 2
Gloria Patricia Maldonado - Delegado 3
Gloria Patricia Maldonado - Coord Comité Salud
Genny Alexandra Cardenas - Coord Comité Deportes
Miguel Angel Mesa - Coord Comité Medio Ambiente
Luz Maria Arias V - Coord Comité Adulto Mayor
Jose Gabriel Marulanda - Coord Comité Empresarial
Leonel Galeano Patiño - Coord Comité Obras Publicas