La Mesa Departamental de Juventud del Cauca, se integra al Subsistema de participación de Juventud, como una red de carácter social y consultivo de la Administración Departamental en asuntos de juventud; autónomo en el ejercicio de sus competencias y funciones. Función de la Mesa de la Mesa Departamental de Juventud establecidas en el Artículo 62 de la Ley 1622 del 2013, para las Plataformas Juven
iles así:
1. Servir de instancia asesora de los Consejos de Juventud, a nivel Municipal y Departamental.
2. Impulsar la conformación de procesos y prácticas organizativas y espacios de participación de las y los jóvenes, atendiendo a sus diversas formas de expresión, a fin de que puedan ejercer una agencia efectiva para la defensa de sus intereses colectivos.
3. Participar en el diseño y desarrollo de agendas locales, municipales, departamentales y nacionales de juventud.
4. Realizar veeduría y control social a la implementación de las agendas locales, municipales y departamentales territoriales de las juventudes. Conformación de la Mesa Departamental de Juventud, estará integrada por un número de 25 miembros así; 12 de las Plataformas Juveniles Municipales y 13 de Organizaciones Juveniles. Cordialmente: Secretaria Técnica La Mesa Departamental de Juventud del Cauca