23/07/2026
⚙️CONFEMIN APOYA A SINDICATO DE TRABAJADORES PLANVE SpA ATRAPADOS EN PASCUA LAMA Y QUE DENUNCIAN ANTE LA INSPECCIÓN DEL TRABAJO ABANDONO POR PARTE DE ESA EMPRESA Y POR LA EMPRESA MANDANTE COMPAÑÍA MINERA NEVADA SpA BARRICK GOLD🚧🚧🚧
Sr. Francisco Sagredo
Inspector Provincial del Trabajo de Huasco (Vallenar)
PRESENTE
Sergio Durán Cuevas, cédula de identidad N° 9.377.758-1, en mi calidad de presidente del Sindicato de Trabajadores PLANVE SpA, RSU 03.03.0284, con domicilio para estos efectos en Calle El Jardín Sitio #58, camino a Serena Golf, comuna de La Serena, y con domicilio electrónico para efectos de comunicaciones y notificaciones en la casilla de [email protected], a esa Inspección respetuosamente digo:
Que vengo en interponer denuncia en representación de los 49 trabajadores del Sindicato de Trabajadores PLANVE SpA, quienes actualmente prestamos servicios para Compañía Minera Nevada SpA en la faena Pascua Lama, específicamente en el Campamento Barriales, por las graves condiciones de seguridad y habitabilidad que nos afectan, en mérito de los siguientes
hechos:
Durante las noches hemos registrado temperaturas cercanas a los -10°C desde el viernes 17 de julio de 2026, sin que contemos con equipamiento térmico ni con elementos de protección suficientes para enfrentar dichas condiciones. Además, existen problemas en el suministro eléctrico, debido a que los generadores actualmente operativos son antiguos y se encuentran en mal estado. El acceso al agua potable depende de su funcionamiento, por lo que una eventual falla implicaría la ausencia de dicho recurso vital para nosotros.
Existe un generador nuevo destinado a respaldar el sistema eléctrico, que se encuentra enterrado bajo varios metros de nieve desde el viernes 17 de julio de 2026. La empresa nos instruyó, con fecha 20 de julio de 2026, para que lo desenterráramos, pese a que las condiciones climáticas, la acumulación de nieve y la falta de medios adecuados nos impiden realizar dicha labor de manera segura.
PLANVE SpA dispuso nuestro ascenso y permanencia en la faena aun conociendo las condiciones climáticas existentes. Además, se estaría preparando el ascenso de una nueva dotación de trabajadores, pese a que las condiciones de seguridad, habitabilidad, suministro eléctrico y acceso al agua potable aún no han sido solucionadas ni garantizadas.
Por su parte, Compañía Minera Nevada SpA, en su calidad de empresa mandante, tampoco ha adoptado medidas suficientes para proteger eficazmente nuestra vida y salud frente al frío, el aislamiento, las fallas eléctricas y el riesgo de pérdida del suministro de agua potable.
Asimismo, con fecha 20 de julio de 2026, Compañía Minera Nevada SpA emitió un comunicado señalando que los trabajadores y contratistas se encuentran debidamente resguardados y que cuentan con la infraestructura y condiciones necesarias para una permanencia segura. Sin embargo, dicha información no se condice con la realidad que enfrentamos en el Campamento Barriales.
Estos hechos constituyen un incumplimiento del artículo 184 del Código del Trabajo, por cuanto PLANVE SpA no adoptó todas las medidas necesarias para proteger eficazmente nuestra vida y salud; del artículo 184 bis, al no suspender las labores ni adoptar medidas suficientes frente a un riesgo grave e inminente que nos afecta; y del artículo 183-E, respecto de Compañía Minera Nevada SpA, por no garantizar condiciones adecuadas de seguridad para nosotros, como trabajadores contratistas que prestamos servicios en su faena.
Se hace presente que los medios de prueba que acreditan estos hechos (registros fotográficos, comunicaciones escritas de la instrucción impartida por la empresa, el comunicado de Compañía Minera Nevada SpA y demás antecedentes pertinentes) serán remitidos por correo electrónico a esta Inspección Provincial del Trabajo de Huasco (Vallenar).
POR TANTO,
Solicito respetuosamente a Ud.:
1. Tener por interpuesta la presente denuncia y disponer una fiscalización urgente, tanto respecto de las condiciones en que actualmente permanecemos los trabajadores de PLANVE SpA en la faena, como de la seguridad del eventual ascenso de una nueva dotación al Campamento Barriales.
2. Fiscalizar el cumplimiento de los artículos 184, 184 bis y 183-E del Código del Trabajo por parte de PLANVE SpA y de Compañía Minera Nevada SpA.
3. Exigir la entrega inmediata de equipamiento térmico adecuado para nosotros, los 49 trabajadores afectados.
Sin otro particular, se despide atentamente de ustedes,
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Sergio Durán Cuevas
Presidente Sindicato de Trabajadores Planve SpA Faena Pascualama
RSU 03.03.0284