02/08/2024
PLANES DE AHORRO AUTOMOTOR 🚘💰💸
ℹ️La Resolución 17/2024 de IGJ, publicada este viernes en el Boletín Oficial, indica que la opción de diferimiento deberá ser ofrecida a partir de la fecha de vigencia de esta norma y mantenerse por un plazo que vencerá el 31 de diciembre de 2024.
ℹ️Diferimiento parcial del pago de cuotas debería ser ofrecido obligatoriamente por las entidades administradoras, no solo en relación con los suscriptores que se hallaren en período de ahorro, sino también respecto de aquellos suscriptores que ya hubieren obtenido la adjudicación del auto.
ℹ️Al momento de ser adjudicados. Si efectuaren oferta de licitación y fueren adjudicados, el monto de la cantidad de cuotas puras licitadas se imputará a la deuda vencida.
ℹ️Condonar los intereses punitorios por falta de pago en término devengados hasta la entrada en vigencia de esta resolución y los que se devenguen desde entonces.
⚠️Dejar sin efecto hasta el 31 de diciembre de 2024 🗓️la aplicación del límite previsto en los contratos para que el suscriptor rechace las adjudicaciones o deje vencer el plazo para su aceptación, en el caso de los contratos que así lo prevean⚠️