29/12/2023
La Asociación Santafesinos Unidos por la Música Autogestionada (SUMA) expresa su profundo rechazo al Proyecto de Ley denominada “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” presentado por el Poder Ejecutivo Nacional.
Bajo el argumento de “dar una solución efectiva a la crisis actual” y “adoptar un conjunto de medidas de emergencia para restituir la Democracia Liberal y la Economía de Mercado y avanzar en la Reforma del Estado con el objeto de consolidar la estabilidad económica, garantizar el derecho a la vida, a la libertad y a la propiedad” el proyecto produce un hondo retroceso en numerosas políticas de estado que se constituyeron bajo el esfuerzo de los sectores culturales de nuestro País.
En particular, el proyecto pretende rediseñar el sistema de fomento a las industrias de base creativa al punto de eliminarlo, desmantelando herramientas como el Fondo Nacional de las Artes (y por ende, el sistema de dominio público pagante) - ARTÍCULO 587- así como el Instituto Nacional del Teatro - ARTÍCULO 587
En el caso del Instituto Nacional de la Música, se modifica lastimosamente el articulado de la Ley Nacional de la Música N° 26.801, cambiando la naturaleza jurídica del instituto de Ente Público no Estatal a “organismo descentralizado en la órbita de la Secretaría de Cultura de Nación, o la que en un futuro la reemplace”., - ARTÍCULO 580 - así como eliminando grandes triunfos de los músicos independientes expresados en las funciones del Instituto como proteger la música en vivo, coordinando y fomentando los establecimientos con acceso al público donde se realice habitualmente actividad musical, en especial los centros culturales, clubes de música, bares culturales, auditorios, peñas, festivales, festividades tradicionales, y espacios no convencionales de música de nuestro país; como así también la función de fomentar la producción fonográfica y de videogramas nacionales, su distribución y su difusión.
Nuestro INAMU, que se constituyó como una verdadera herramienta de cambio de paradigmas y lógicas tradicionales, posibilitando un fomento federal y regional de artistas, géneros y expresiones culturales diversas, se transforma en un órgano indiferente a las problemáticas que motivaron su creación. Lo anterior puede apreciarse en las modificaciones al sistema de fomento que propicia el ARTÍCULO 583 del proyecto del PEN. El similar tenor, se pretende una desfinanciación del instituto, quitándole la obtención de recursos generada por la ley 26522 y relegándo la al presupuesto General de la Nación.
El INAMU pierde su representatividad federal, antecedente que lo constituía como un Instituto modelo. Se elimina la Actuación necesaria de músico nacional, derecho adquirido por el art. 31 de la ley Instituto Nacional de la Música al de la Música, que aseguraba una participación de artistas nacionales en eventos internacionales, con un espacio no menor a treinta (30) minutos para ejecutar su propio repertorio, finalizando con una antelación no mayor a una (1) hora del inicio de la actuación de aquél. En todos los casos el articulo derogado aseguraba un contrato entre el productor y el músico nacional consignando el valor de la contraprestación que a percibir por su actuación. Un gran retroceso para la actividad musical en materia de derechos, negociación, igualdad, libertad y nivelación económica.
El derecho a la difusión contenido en el articulo 33 de la ley nacional de la música también desaparece. El mismo aseguraba una constante difusión en la Radio y la Televisión Argentina para emitir y difundir las actividades, agendas de espectáculos de música en vivo y cualquier otra actividad que el INAMU, estableciendo estos contenidos de interés público.
Asimismo, el proyecto introduce cambios a la ley 11.723, legislación fundamental para la actividad musical por la que se regulan los derechos de las personas músicas en sus roles de autoría, interpretación y producción fonográfica. Lejos de interpretar la realidad del sistema, que intenta asegurar el efectivo ejercicio de las facultades patrimoniales reconocidas por la ley de Propiedad Intelectual, la propuesta del PEN produce un quiebre en la estructura y funcionamiento de las entidades, posibilitando la introducción de lógicas comerciales e individuales, que son totalmente ajenas a la naturaleza y el funcionamiento de las mismas, sobre todo en el entorno digital, corriendo el riesgo de una drástica reducción en los legítimos ingresos de los artistas y poniendo en jaque el fundamental rol mutual, solidario y asistencial del sistema argentino de gestión colectiva.
Todo lo anterior constituye solo una parte del inentendible retroceso que constituye el proyecto referido, un verdadero ataque a las conquistas de las personas músicas en materia de derechos, desarrollo integral de su profesión, acceso a la actividad, fomento de la misma e igualación de oportunidades.
Federación Argentina de Músicxs Independientes FA-MI@