UPVA - Unidos por la Vida y el Medio Ambiente

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En un informe de la Dirección General de Hidráulica y Obras Sanitarias del Ministerio de Planeamiento e Infraestructura,...
10/10/2026

En un informe de la Dirección General de Hidráulica y Obras Sanitarias del Ministerio de Planeamiento e Infraestructura, se deja de manifiesto el impacto que tienen los terraplenes del empresario Favio Di Fonzo y el uso extractivo de siembra que aplica.
Una vez más, los reclamos ambientales se ven respaldados por los diversos organismos del Estado.
Resta que el empresario cumpla con lo exigido.

30/09/2026

Entrevista al Dr Fabián Maggi sobre la sentencia judicial que ordena la recomposición ambiental a la empresa Arenera Costa Villa Ramallo.

¡Gracias y por el espacio!

30/09/2026
Si nos unimos la impunidad pierde.                       La justicia dejó firme la sentencia contra la Arenera Costa Vil...
27/09/2026

Si nos unimos la impunidad pierde.
La justicia dejó firme la sentencia contra la Arenera Costa Villa Ramallo, ex Lodja, empresa ubicada en el pasaje El Tonelero, partido de Ramallo, que ocupó ilegalmente un predio público.
Este predio tiene las características naturales de un humedal con fauna y flora nativa.
En 2010 se instala, sin la documentación requerida, la empresa Arenera Costa Villa Ramallo en un perímetro de 20.000 m2 (que incluso incluye parte de terrenos públicos), que cerca por completo, y, para su funcionamiento, lleva a cabo un relleno de 60.000 m3. Como consecuencia, esto altera gravemente la fisionomía natural del lugar.
Además, se construye un atracadero de barcos y se colocan cañerías para el flujo de material desde la zona ribereña hacia la planta ubicada en la parte superior de la barranca.
La pericia ordenada por el Juzgado en lo Civil y Comercial n.°6, secretaría única del departamento judicial San Nicolás, pudo constatar este daño ambiental y determina que para la recomposición ambiental y topográfica la empresa deberá:
• Retirar todo el tejido perimetral que cerca el espacio público.
• Retirar los 60.000 m3 de material de relleno.
• Retirar los pinos plantados en la zona perimetral y ubicarlos en un espacio que no afecte a las especies nativas.
• Después de retirar el material de relleno, deberán plantar especies nativas para recomponer la flora autóctona destruida.
• Operar sus bombas con portones cerrados para evitar la contaminación sonora.
Además, también se determina que la reforestación de especies nativas debe llevarse a cabo según un plan elaborado por el INTA o profesionales en la materia.
Desde UPVA apelamos a la responsabilidad social de la empresa para que cumpla estas medidas e invitamos a la comunidad a exigir la reparación de éste y todos los espacios naturales alterados en pos del beneficio económico de pocos.
Si nos unimos la impunidad pierde.

Una buena nueva judicial en la causa de Costa Pobre.En un informe reciente, el Ministerio de Ambiente de la Provincia de...
07/08/2026

Una buena nueva judicial en la causa de Costa Pobre.
En un informe reciente, el Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires (MAPBA) concluye que el sector donde se proyecta la ampliación del puerto conserva remanentes de bosque nativo de alto valor ecológico, correspondientes al Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN), y que su estado de conservación justifica la adopción de medidas específicas de protección y manejo antes de cualquier intervención.
Se trata de un ambiente de barranca y albardón asociado al río Paraná, con comunidades vegetales propias del extremo norte bonaerense.
Desde el punto de vista biológico, los relevamientos identificaron más de 200 especies de plantas, de las cuales aproximadamente el 75 % son nativas y unas 25 % exóticas.
El informe destaca la presencia de especies vegetales poco frecuentes en la provincia, algunas posiblemente registradas por primera vez en Buenos Aires, además de comunidades vegetales de elevado interés para la conservación, incluyendo bosque de barranca, pastizales y sotobosque con especies características de la región.
El documento también reconoce una fuerte transformación antrópica del área. Describe desmontes parciales, apertura de caminos, excavaciones, viviendas, corrales, circulación de vehículos, extracción de suelo, forestaciones con especies exóticas y expansión de plantas invasoras, circunstancias que ya afectan la integridad del bosque y favorecen procesos erosivos en la barranca.
El Ministerio sostiene que la ampliación portuaria podría afectar sectores comprendidos dentro del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos, por lo que recomienda que, antes de cualquier autorización: se elabore un Plan de Conservación con medidas de manejo, monitoreo y protección; se controle y erradiquen progresivamente las especies exóticas invasoras; se restauren sectores degradados mediante especies nativas; se profundicen los estudios ambientales para delimitar con precisión los sectores de mayor valor de conservación; se analicen los impactos acumulativos y sinérgicos del proyecto portuario sobre el bosque nativo; se incorporen instancias de evaluación interdisciplinaria y participación ciudadana; cualquier autorización sobre bosques nativos se funde en un procedimiento específico conforme a la normativa provincial y nacional.
Desde una perspectiva jurídica, el informe resulta particularmente relevante porque no descarta la ejecución del proyecto por considerar que el bosque carezca de valor, sino exactamente lo contrario: reconoce expresamente la existencia de remanentes de bosque nativo con importancia para la conservación y afirma que su protección requiere estudios adicionales, planificación y medidas de conservación previas a cualquier intervención.
Ese reconocimiento fortalece la aplicación de los principios de prevención y precaución y pone de relieve que la mera existencia de intervenciones antrópicas previas no elimina el valor ambiental del sitio ni habilita automáticamente nuevas transformaciones.
Vecinos Costa Pobre
El Tonelero No Se Toca

05/06/2026

� 5 de junio, Día mundial del Medio Ambiente �

� En esta fecha les dejamos un video filmado el día de hoy en la plaza José María Bustos.

� Ante las reiteradas consultas que nos están haciendo por esta araña, comentamos que se trata de una tarántula (Homoeomma uruguayense).
Si bien es una especie estigmatizada, para la tranquilidad de los vecinos, no representa un riesgo para las personas.

� Esta es una época del año donde hay más posibildad de cruzarlas en varios puntos de nuestra ciudad, ya que los machos se desplazan en busca de una pareja.

�� Por sus hábitos depredadores, son excelentes controladores de poblaciones de insectos y otros artrópodos.

� Importante: Si la ves, no la molestes y dejá que siga su camino, ella también es una ramallense con quien compartimos ambiente.

TERMAS HAY EN TODOS LADOSAunque tendríamos que añadir “si uno excava lo suficiente”, unos mil metros digamos. De aquí en...
15/05/2026

TERMAS HAY EN TODOS LADOS

Aunque tendríamos que añadir “si uno excava lo suficiente”, unos mil metros digamos. De aquí entonces surge la pregunta ¿Por qué al lado del arroyo?¿Por qué no hacer esa misma perforación pero en otro lado? Podríamos aprovechar las instalaciones de algunos de los clubes existentes, zonas con mejores accesos, o al menos que estén pavimentados, áreas de Ramallo dedicadas al turismo o localidades con potencial donde el turismo aún no alcanza su potencial, como “El Paraíso”. Pero se sigue insistiendo con los terrenos linderos a la cascada. El asunto es, como muchas iniciativas que se toman en nuestra localidad, que la improvisación y la arbitrariedad se chocan contra la realidad y sus impulsores se enojan cuando sus caprichos no se cumplen.
Pero para entender esto primero debemos recordar de qué hablamos cuando hablamos de termas. En primer lugar, y a diferencia de otros lugares donde el recurso es natural (como Fiambalá o Puente del Inca), el agua no surge del suelo naturalmente, debe realizarse una perforación de entre 800 y 1000 mts de profundidad, encamisar el pozo y extraerla de forma permanente con una bomba, luego calentarla en una caldera y finalmente rellenar piletas creadas para ello, nada muy distinto a una piscina de natación climatizada como las que ya existen en algunos clubes locales, solo que con alto contenido salino.
Según el proyecto presentado, se bombearían unos 26 000 litros de agua por día, con una concentración salina del 3% por litro, lo que significa que además del agua, se estaría extrayendo cerca de tonelada de sal por día (suponiendo que los números sean los mismos que indicaron los informes de la propia empresa). La cuestión es entonces ¿A dónde va a parar toda esa sal? Nunca lo aclararon. En la provincia de Buenos Aires, la reinyección al mismo pozo está prohibida, lo que deja a fuera la solución más simple, que sin embargo no está exenta de riesgos, ya que cualquier corrosión en el caño filtraría el salitre la napa de agua potable y la haría nociva para el consumo humano en las vecinas localidades de Ramallo y Villa Ramallo.
Una alternativa técnica sería la desalinización, es decir, comprar una máquina que quita la sal sólida del agua, junto a otros componentes y nos deja el agua limpia. Muchos países desérticos usan esta tecnología para proveer agua potable a sus habitantes directamente desde el mar. Sin embargo, esos países tienen también petróleo barato (hablamos de Irán, Irak, Emiratos Árabes) que hace que sea económicamente viable el proceso. Desalinizar cuesta unos dos dólares por litro, que para la magnitud de lo que se quiere implantar en Ramallo a día de hoy serían unos 70 millones de pesos cada día, solamente en ese costo. Esta es la razón por la cual la empresa PREVIPAR S.A no se plantea siquiera está la posibilidad. ¿Entonces qué va a hacer con el efluente salino? Aquí es donde entra el arroyo, un canal permanente que se llevaría el agua salada directamente al río sin que a la empresa le suponga costo alguno. Este ahorro lo harían los dueños a costa del aniquilamiento de la flora, fauna y la posibilidad de usar el curso de agua para cualquier otra cosa que no sea un tubo de desperdicios. Hablamos de árboles secos, de ganado con imposibilidad de beber el agua, y la consecuente e inevitable filtración al suelo y a las napas, que quedarían inutilizables en sus zonas aledañas. A sabiendas de esto, la empresa nunca presentó un plan de deposición, es decir, en su proyecto no dice qué va a hacer para deshacerse de forma segura del salitre que extrae, y por tales razones, organismos públicos con responsabilidad directa en habilitar el proyecto, como la Autoridad del Agua (ADA), o el OPDS no le dieron nunca la habilitación, No presentaron la información técnica requerida, como perfilajes y ensayos hidráulicos exigidos. Tampoco presentaron la Declaración de Impacto Ambiental previa al inicio de las obras, lo que explicaría la magnitud y las condiciones en la que lo quieren hacer.
Ante tal situación, nuestra organización puso en conocimiento a la justicia de semejantes irregularidades, quien las constató en un fallo cautelar emitido por el Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 de San Nicolás (Expte. N° 9363) suspendiendo las obras, hasta tanto aclaren cómo van a resolverlas. Tal cosa lleva diez años sin resolverse y hoy los empresarios y funcionarios locales asociados, quieren que todo siga avanzando así como está, en beneficio del bolsillo de un particular y en perjuicio de la población de Ramallo.

Cada 29 de abril se conmemora el día del animal. Fecha elegida en recuerdo al Dr Ignacio Lucas Albarracín, pionero en im...
29/04/2026

Cada 29 de abril se conmemora el día del animal. Fecha elegida en recuerdo al Dr Ignacio Lucas Albarracín, pionero en implusar las primeras leyes para la protección de los animales.

Esta fecha buscar concientizar sobre el cuidado y bienestar de todas las especies animales, tanto domésticas como silvestres.

📷 Algunas especies autóctonas de Ramallo

Una buena noticia judicial ⚖️
27/02/2026

Una buena noticia judicial ⚖️

Reconocen como sitio contaminado la barranca del Río Paraná frente a Atanor.Después de más de una década de reclamos vec...
24/02/2026

Reconocen como sitio contaminado la barranca del Río Paraná frente a Atanor.
Después de más de una década de reclamos vecinales, causas judiciales y peritajes científicos, el Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires ordenó el vallado y señalización de un sector de la barranca del Río Paraná frente a la planta de la empresa química Atanor, reconociendo en la orden judicial la existencia de suelo contaminado y el riesgo para la salud pública. La resolución, dictada en el marco de la ejecución de una sentencia ambiental previa, constituye uno de los avances más significativos en un conflicto socioambiental que lleva años de denuncias y movilización.
El Juzgado de Ejecución Penal de San Nicolás dispuso una medida cautelar urgente que obliga a la empresa a delimitar el área afectada e impedir el acceso del público, tras constatarse que se trata de un espacio de uso recreativo del sector costero de la ciudad, donde personas, incluidos niños y niñas, suelen visitar y usar el lugar en contacto directo con el suelo contaminado. La decisión se basa en pericias científicas, informes oficiales y muestreos que detectaron concentraciones de sustancias por encima de los niveles de referencia, lo que motivó la intervención judicial para prevenir riesgos sanitarios y ambientales, dada la gran dispersión de esos contaminantes ubicados en la barranca a la vera del río y a pocos metros de una zona densamente poblada. El material contaminado se desplaza hacia el río por efecto de las lluvias y la dinámica de la barranca, dispersando la contaminación según quedó comprobado en la causa judicial.
Un conflicto de larga data
El caso no es nuevo. Desde hace más de diez años, vecinos y organizaciones socioambientales vienen denunciando episodios de contaminación, impactos en el río Paraná, emisiones de gases tóxicos, enterramientos de residuos tóxicos, incendios, explosiones y la necesidad de remediación integral del área industrial. De hecho la declaración de “sitio contaminado” se realiza sobre un sector donde la empresa durante años enterró residuos tóxicos. Las causas judiciales —tanto civiles como penales— se acumularon a lo largo del tiempo, y una sentencia civil-ambiental, confirmada por la Cámara, ya había establecido responsabilidades y medidas de saneamiento que la empresa se resistía a cumplir. Cabe recordar que la empresa luego de su ultima explosión que contaminó los barrios aledaños, sus directivos decidieron cerrar la planta según ellos por cuestiones del mercado actual.
La reciente resolución se dicta precisamente en el marco de la ejecución de esa sentencia, lo que marca una continuidad en el proceso judicial y evidencia las dificultades para lograr el cumplimiento efectivo de las medidas ordenadas. Esta resolución judicial deja al desnudo años de corrupción de los organismos de control que pese que conocían la existencia de contaminación no tomaban las medidas que la ley les obligaba, también revela el pacto de impunidad que la empresa tiene contra el Poder Judicial Federal de San Nicolás a cargos del juez Carlos Villafuerte Ruso que lleva más de una década paralizando el llamado a indagatoria de los directivos de Atanor, pese a las contundentes pruebas el juez a cargo de la causa penal federal sigue protegiendo a los empresarios acusados.
El mismo pacto de impunidad la empresa consiguió con el Fiscal Ruben Dario Giagnorio que precisamente estaba a cargo de la investigación de la contaminación y que celebró un “acuerdo” con Atanor para archivar la investigación, hoy el Poder Judicial determinó que el sitio se encuentra severamente contaminado y debe ser objeto de recomposición, revelando que el Dr. Ruben D. Giagnorio como Agente Fiscal no cumplió con su deber legal de proteger a la población, todo lo contrario le garantizó décadas de impunidad a la empresa Atanor y condenó a la ciudadanía a padecer enfermedades y deterioro ambiental.
Para quienes siguieron el caso desde el inicio, este reconocimiento formal del lugar como “sitio contaminado” por parte del Poder Judicial representa un punto de inflexión: por primera vez se ordena una intervención concreta para proteger a la población mientras avanza la remediación que sin lugar a duda tendrá importantes repercusiones en las otras causas judiciales.
Un logro, pero no un final
La decisión judicial como un logro importante, fruto de años de insistencia y seguimiento del expediente. Sin embargo, el proceso judicial, y más aún el de “remediación”, están lejos de concluir. La medida cautelar obliga a Atanor a presentar un cronograma de remediación y a las autoridades a supervisar las tareas, pero el saneamiento integral del sitio y la recomposición ambiental debe ser real y no como ya ocurrió en otras oportunidades, por ejemplo cuando estuvo la investigación a cargo del Fiscal Ruben Giagnorio, que la empresa y las autoridades protagonizaron una ficción de recomposición destinada a aparentar una falsa solución que evidentemente no fue tal porque la contaminación aún hoy existe en gran magnitud y en distintos lugares del predio industrial y sus alrededores. La barranca es el primer sitio que adquiere confirmación y en tiempo próximo se confirmaran otros amplios sectores que también están contaminados.
La resolución también requiere la intervención del Ministerio de Ambiente y de la Municipalidad de San Nicolás para delimitar con precisión el área afectada y verificar el cumplimiento de las medidas de seguridad, lo que abre una nueva etapa de control ciudadano con especial atención sobre estas mismas autoridades que durante años permitieron la generación y permanencia de residuos tóxicos a la vera del rio y en contacto directo con la población.
El reconocimiento judicial de un sitio contaminado no implica el fin del conflicto, sino el inicio de una fase más compleja: la ejecución efectiva de las tareas de remediación, el monitoreo permanente y la garantía de acceso a la información pública sobre el estado del ambiente y la salud de la población.
Lo que viene
El fallo fija plazos concretos para el vallado, la señalización y la presentación de un plan de saneamiento, bajo apercibimiento de multas en caso de incumplimiento. Para FOMEA y los vecinos que durante años denunciaron la situación, la decisión judicial representa una validación de sus reclamos. Pero al mismo tiempo, insistimos en que el verdadero desafío comienza ahora: garantizar que el reconocimiento del sitio contaminado se traduzca en una remediación real, en la recomposición del ambiente y en la prevención de nuevos daños.
El conflicto de la barranca frente a la planta química de Atanor lejos de terminar con esta decisión judicial entra así en una nueva fase. La justicia ha dado un paso clave al reconocer el problema y ordenar medidas urgentes. El resultado final dependerá de que las autoridades administrativas cumplan las órdenes judiciales y de que la sociedad mantenga la atención sobre un caso que, tras más de una década, sigue abierto y sin solución definitiva.

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