El Tonelero No Se Toca

El Tonelero No Se Toca En contra del envenenamiento del Rio Paraná y para la protección de nuestra historia.

Comuníquese con nosotros ! - apoye nuestra causa ... nuestro email es:
[email protected] "Además de todas las fábricas que ya están contaminando Ramallo durante décadas, ahora nos encontramos con que la empresa Ponal quiere instalar en El Tonelero una fábrica de fertilizantes, sabiendo el riesgo de envenenamiento de nuestro medio ambiente y el peligro por la materia prima altamente explo

siva. Sin mencionar el hecho que El Tonelero es uno de los lugares históricos mas importante del partido de Ramallo, donde se libraron grandes batallas navales, y que además es uno de los pocos ecosistemas vírgenes que nos quedan en la costa del río Paraná"

⚠️Alerta‼️Empresario  quiere desalojar el barrio popular Costa Pobre.
14/10/2025

⚠️Alerta‼️
Empresario quiere desalojar el barrio popular Costa Pobre.

Un lindo evento para acercar a la comunidad al conocimiento de la diversidad biólogica de nuestra región y su valor en l...
13/10/2025

Un lindo evento para acercar a la comunidad al conocimiento de la diversidad biólogica de nuestra región y su valor en la ciencia argentina 🐟🐞🐸🦜🦇🔬

Contaremos con stands científicos, charlas y muestras de material de la biodiversidad local.

¡Acercate con tu escuela, familia o grupos de amigos!

Entre todos aprendemos de Ramallo para poder preservar el patrimonio natural que nos pertenece y del cual formamos parte 🌳💚


carpincha

entomologico

10/10/2025

SALIDA NATURALISTA EN COSTA POBRE 🌳Un domingo para reconocer y valorar nuestro ambiente natural 🌾🦉🦆🐛🐞🐝🕒 Domingo 28, 15 h...
25/09/2025

SALIDA NATURALISTA EN COSTA POBRE 🌳

Un domingo para reconocer y valorar nuestro ambiente natural 🌾🦉🦆🐛🐞🐝

🕒 Domingo 28, 15 h
🌳 Punto de encuentro: Cantina de la Playita

⚠️ Recomendaciones: Traer calzado cómodo, agua, repelente, protector solar y muchas ganas de recorrer y compartir unos mates 🧉


02/08/2025
SENTENCIA JUDICIAL CONDENA A UNA EMPRESA ARENERA A RECOMPONER EL BOSQUE NATIVO Y LOS HUMEDALES COSTEROS DE LA LOCALIDAD ...
22/07/2025

SENTENCIA JUDICIAL CONDENA A UNA EMPRESA ARENERA A RECOMPONER EL BOSQUE NATIVO Y LOS HUMEDALES COSTEROS DE LA LOCALIDAD DE RAMALLO.

El juez Fernando Enghelmayer falló condenando a la empresa Naviera Lojda S.A. por daño ambiental al bosque nativo y los humedales del Paraje Histórico “Paso El Tonelero”.

La causa es un reclamo socioambiental que llevó más de diez (10) años de litigio impulsado por vecinos afectados hasta que finalmente el Poder Judicial tuvo por acreditado el grave daño ambiental causado a ese valioso ecosistema.
El fallo judicial condena a la empresa demandada, NAVIERA LOJDA S.A. al cese inmediato y definitivo de toda actividad desarrollada por la emplazada en la zona de los bañados y humedales lindantes y además condenó a la empresa a ejecutar todas las acciones correctivas y tareas de recomposición del daño ambiental de incidencia colectiva, que sean necesarias para reestablecer el ecosistema alterado a su estado anterior, en un plazo máximo de un (1) año, bajo la estricta supervisión y contralor del Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires, debiendo presentar a tal fin, en el término de sesenta (60) días un plan de recomposición ambiental.
El juez basó su sentencia en las pruebas producidas, entre ellas el informe de la Delegación del Paraná Inferior que concluyó que la obra de avance ejecutada por “Naviera Lojda S.A.” sobre una zona ribereña, naturalmente baja e inundable del río para crecidas anuales medias, ha alterado la configuración morfológica de la costa con pérdida total del humedal a lo largo del frente fluvial del predio en cuestión y remarcó que la magnitud de la citada alteración ha modificado las condiciones hidro sedimentológicas y la configuración hidrodinámica de las líneas de corrientes próximas a la zona costera, provocando una detención y consiguiente sobreelevación de los niveles de agua en el tramo ubicado aguas arriba de la obra de relleno ejecutada. Esa Delegación verificó la existencia de un relleno artificial con cotas variables de terreno, un desmonte y deterioro significativo de la barranca existente, como así también una obra de relleno artificial muy importante que se extiende más allá del límite ribereño avanzando hacia el cauce del río como una continuación de la parcela y construido enteramente en dominio público fluvial del Río Paraná.
También fue determinante el dictamen del perito judicial que con relación al daño ambiental producido sobre el humedal rellenado concluyó que todo el ecosistema existente antes del relleno se perdió por el “tapado” de toda su vegetación nativa y por el exterminio o la fuga obligada de la fauna propia del humedal, el experto agregó que en base a las fotografías anexas que “muestran” el humedal sin ser modificado por la acción desaprensiva de la arenera en contraste con la prueba producida le permitió concluir que el predio rellenado tiene una superficie de 20.000 m2 y un promedio de profundidad de 3 m, es decir un volumen de 60.000 m3 de relleno.
Los abogados de los vecinos Gimena Viviani y Fabián Maggi resaltaron que: “en definitiva el juez hizo lugar al reclamo vecinal por la ocupación ilegal del espacio público costero y detallaron que la sentencia consideró la grave afectación de la configuración superficial de los “humedales” al tapar con casi 4 metros de lodo una superficie que abarca más de 20.000 metros cuadrados, generando como efecto negativo la pérdida de su capacidad de retener sedimentos, la imposibilidad de filtrar el agua y recargar debidamente los acuíferos subterráneos con agua dulce en cantidad y calidad, perjudicando también la capacidad de regular las inundaciones, ocasionando la destrucción del paisaje, que es un valor en sí mismo y, en el caso particular del Paraje El Tonelero que se destacaba por su belleza original, por su valor histórico cultural y porque constituía uno de los únicos y últimos bastiones naturales de la zona, intensamente agobiada por el cordón industrial del partido de Ramallo.
El reclamo socioambiental que demandó más de una década de trabajo contó con el apoyo de numerosos profesionales y la colaboración conjunta de las organizaciones U.P.V.A de Ramallo y FOMEA de San Nicolás de los Arroyos. Esta sentencia es la segunda condena por daño ambiental en la región, la anterior, dictada por la jueza María Eugenia Sormani ordenó al empresario Degliantoni a recomponer el daño generado en la desembocadura del Arroyo Las Hermanas y el Río Paraná, allí se encuentra trabajando el Grupo de Investigación de Ecología de Humedales de la Facultad de Ciencias Exactas-Universidad Nacional de Buenos Aires que está diseñando el plan de recomposición que deberá ejecutar el empresario condenado.



En el día de ayer fuimos notificados que el Juez Provincial Damián Cebey dictó una sentencia dando de baja la cautelar p...
15/05/2025

En el día de ayer fuimos notificados que el Juez Provincial Damián Cebey dictó una sentencia dando de baja la cautelar presentada por nuestros representantes legales en virtud del avasallamiento de normas ambientales nacionales, como la Ley de Bosques, o la Ley Nacional de ambiente en varios de sus puntos.
La argumentación judicial se basa en la arbitrariedad de argumentar que como el Código proviene de un organismo legítimo (el Concejo Deliberante) y fue homologado por la Dirección Provincial de Ordenamiento Territorial, no había nada que objetar a su contenido y debía tener plena vigencia.
Debemos destacar que nuestra organización nunca objetó la legitimidad de los poderes que lo redactaron, sino el contenido que vertieron sobre él.
El Código crea un parque industrial de mil hectáreas sobre la costa norte de Ramallo, incluyendo el sitio histórico del Tonelero, y zonifica como Uso Industrial Exclusivo, áreas protegidas por la mencionada ley de bosques.
La falta de contemplación de la voz de los ramallenses no fue tenida en cuenta en ningún momento del proceso de formulación del Código, sino de manera informal y sin repercusiones sobre lo que se terminó zonificando. Asimismo, no existen estudios de impacto del exponencial incremento en el tráfico de transporte (camiones) sobre el ya saturado camino de la costa.
En los hechos, el Código únicamente atendió las demandas de un puñado de empresarios con alta llegada al poder público y especuladores inmobiliarios, relegando cualquier otro aspecto como desarrollo turístico o urbanización a los intereses de estos.
En lo social y legal la lucha pasa a una nueva etapa y no se detendrá hasta que se cumplan con la protección y las garantías de los sitios de importancia ambiental amparados por la ley.

PIDEN EL CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR QUE PROTEGE EL PASAJE “EL TONELERO”Como es de público conocimiento, la provincia de ...
20/11/2024

PIDEN EL CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR QUE PROTEGE EL PASAJE “EL TONELERO”
Como es de público conocimiento, la provincia de Buenos Aires aprobó el Código de Ordenamiento Urbano y Territorial (COUT) de Ramallo, un código al que no se puede tener acceso y que el Concejo Deliberante de Ramallo aprobó sin cumplir con las instancias obligatorias de participación ciudadana. Esta decisión de provincia tiene repercusión sobre diversos sititos protegidos por orden judicial, el Pasaje “El Tonelero” es uno de ellos.
Sin embargo, antes de hablar de los últimos acontecimientos, es necesario resumir brevemente la historia de esta causa judicial que busca proteger un sitio de gran valor patrimonial, histórico, cultural y ambiental
En 2011, se dicta una medida cautelar que protege la zona conocida popularmente como El Tonelero. Esta medida se toma a partir de la presentación judicial realizada por algunos vecinos con viviendas en este lugar ante la decisión del Honorable Concejo Deliberante municipal de aprobar la Ordenanza Municipal 4122/11 en abril de ese año. Mediante esta ordenanza, la Administración Municipal firmaba un convenio de concesión y, autorizaba al “Astillero La Madrid SRL” y a “Naviera Lodja SA”, a que inicien obras, con grandes movimientos de tierra, que causarían serios y graves daños al entorno del Paraje y al patrimonio de toda la ciudadanía. Ante esta decisión del ejecutivo de Ramallo, los vecinos de El Tonelero decidieron tomar medidas judiciales aduciendo que, para habilitar las acciones por parte de estas empresas, primero, debería haber un cambio de zonificación de rural a industrial o portuaria en las parcelas que se verían afectadas; que el Pasaje del Paso del Tonelero, se trata de una zona histórica, donde se ubican más de 58 viviendas; y que es un sitio histórico y de interés público, habida cuenta que en dicho lugar se libraron batallas navales, que se encuentra expresamente reconocido por la Municipalidad de Ramallo. Agrega, que el lugar se encuentra reconocido por un cartel y, numerosos historiadores dan cuenta que se libraron batallas en defensa de la Soberanía Nacional.
Esto último quedó demostrado en un trabajo realizado por la Universidad de Lujan, Departamento de Ciencias Sociales, Programa de Arqueología Histórica y Estudios Pruridisciplinarios, titulado “Prospecciones para la búsqueda del sitio arquelógico de El Tonelero, Ramallo, Provincia de Buenos Aires”. Además, los vecinos reclamaban, en función que se trata de un sitio histórico y natural, de valor paisajístico y recreativo, que se garantice el uso y goce para la sociedad. Ante esta acción judicial, el Organismo Provincial para el Desarrollo Sustentable (O.P.D.S.) clausuró las obras del sector. Y, desde el poder judicial, se le exigió al municipio llevar a cabo ciertas acciones como por ejemplo hacer un estudio que determine la viabilidad de la instalación de un puerto en esta zona. Aún con la medida cautelar vigente, durante años se pasó por alto esta medida judicial y diversas empresas, con el aval del ejecutivo local, comenzaron a instalarse e intentar llevar a cabo su actividad. Tal es el caso de Cemento Avellaneda S.A que no solo se instaló en una zona rural, sino que también, fue realizando ampliaciones. Es importante señalar que, si bien al momento de instalación de esta empresa, el OPDS había otorgado el certificado de aptitud ambiental de la empresa, el mismo organismo especificaba que este documento quedaba supeditado al cambio de zonificación. En la actualidad, desde el poder judicial se informó a nuestro representante legal, Fabián Maggi, el levantamiento de la medida cautelar por la aprobación del COUT. Ante esto, ya estamos tomando cartas en el asunto. Sin embargo, es importante seguir remarcando las irregularidades que se dieron en todo el proceso de aprobación del COUT: no se da lugar a la participación ciudadana, se niega el acceso del proyecto aprobado por el Honorable Concejo Deliberante y del documento homologado por provincia, no se carga el documento al Boletín Oficial Municipal digital, se niega reiteradamente dar respuesta a los pedidos de información pública.
Sumado a esto, es esencial destacar que la causa de El Tonelero y el accionar del ejecutivo municipal con las empresas respecto a regulaciones, controles y exigencias son un claro ejemplo de lo que podría suceder si no se plantea un adecuado ejercicio de control y si se dejan cuestiones sin determinar respecto a la zonificación. Es decir, habiendo una medida cautelar vigente, la Municipalidad de Ramallo decide pasar por alto esto y todos los requerimientos necesarios para la instalación de empresas para que Cemento Avellaneda pudiera instalarse y comenzar a funcionar en una zona no habilitada. Si esto sucedió ante la vista de todos los ciudadanos de Ramallo, ¿qué controles podemos esperar por parte del municipio en cuanto a la categoría de las empresas a instalarse, su funcionamiento, la habilitación ambiental, el estudio de impacto ambiental? Esto es una muestra de que, hoy más que nunca, debemos pedirle al municipio el acceso al COUT y que se planteen reglas claras.

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