Caesba Cámara BA

Caesba Cámara BA Cámara que representa a los empresarios de la seguridad privada en la Provincia de Buenos Aires.

CAESBA es la Cámara de Empresas de Seguridad de Buenos Aires que representa a las empresas que prestan servicios de seguridad privada dentro del territorio de la Provincia de Buenos Aires. En el año 1999 se sanciona en la Provincia la ley 12.297 para regular la actividad de la seguridad privada. Como consecuencia de ello, surge la necesidad de las empresas de constituir una asociación que las repr

esente ante la autoridad de control. Así nace CAESBA quien desde entonces trabaja junto a la Dirección Provincial para la Gestión de la Seguridad Privada (DPGSP) en la creación de reglas claras en el mercado y así contribuir a la seguridad en general. Desde sus inicios CAESBA ha centrado sus esfuerzos en cumplir sus principales objetivos: la profesionalización permanente de la industria, la capacitación del Capital Humano contratado y la mejora de sus condiciones laborales, y la defensa de la transparencia de la actividad.

Dirección

Calle 53 Nº390, Piso 11ºA
La Plata
1900

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 17:00
Martes 09:00 - 17:00
Miércoles 09:00 - 17:00
Jueves 09:00 - 17:00
Viernes 09:00 - 17:00

Teléfono

+542214825229

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Contratá Seguridad Responsable

Si estás por contratar una empresa de Seguridad Privada para que preste servicios en la Provincia de Buenos Aires, tené en cuenta: Que la Empresa a contratar se encuentre habilitada por el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires Podés consultar en: · DPGSP (Dirección Provincial para la Gestión de Seguridad Privada) · CAESBA (Cámara de Empresas de Seguridad de Buenos Aires) ¿Cuál es el riesgo de contratar una empresa no habilitada?Los usuarios pueden ser sancionados con multas que en la actualidad pueden ir de $120.215,81 hasta $360.647,43 (Ley 12.297 ART. 20). Que el/los vigilador/es se encuentren debidamente dados de alta en la DPGSPPara ello hay que solicitar a la empresa contratada la constancia de Alta del vigilador. ¿Cuál es el riesgo de contratar una empresa con personal no habilitado?Conlleva consecuencias de orden civil ya que en caso de algún reclamo, serían solidariamente responsables por el accionar de la empresa contratada. Que la empresa cumpla con las obligaciones laborales y previsionalesPara ello hay que solicitar periódicamente a la empresa contratada los recibos de sueldo, los formularios 931 de cargas sociales y la constancia y listado de la ART. Recomendamos verificar aleatoriamente si están hechos los aportes de algunos de los trabajadores consultando en la web de la AFIP. ¿Cuál es el riesgo de contratar una empresa que incumple las obligaciones laborales y previsionales?Se incurre en responsabilidad solidaria respecto del cumplimiento nulo o deficiente de las mismas. Además de los riesgos ya enunciados, desde el ámbito de la justicia, el contratante puede ser demandado por el accionar de vigiladores ya que puede argumentarse RESPONSABILIDAD SOLIDARIA aunque no se trate de un servicio que haga a la actividad normal y específica del establecimiento que lo contrata. La experiencia judicial indica que a pesar de ello este esquema de responsabilidad subsiste y los reclamos en tal sentido prosperan, razón por la cual no recomendamos correr el riesgo. Recuerde que un precio muy inferior a la media del mercado, seguramente trae aparejado el incumplimiento de uno o varios de los puntos mencionados.

https://www.caesba.org.ar/contratacion.html