Comisión Asesora de Patrimonio de La Cumbre

Comisión Asesora de Patrimonio de La Cumbre Protección y conservación de los bienes naturales, culturales e históricos de la Municipalidad de La Cumbre.

CASA “NANCY JENSEN” – López y Planes 161 –La Cumbre-Documento realizado por Liliana Toledo, Miembro de la Junta de Histo...
10/09/2026

CASA “NANCY JENSEN” – López y Planes 161 –La Cumbre-
Documento realizado por Liliana Toledo, Miembro de la Junta de Historia de La Cumbre.
Una parte de la historia de nuestro pueblo se refleja en una vivienda, que pertenece al Patrimonio Material de la comunidad, manifiesta la cultura, la identidad y la decisión invaluable de una mujer, Nancy Jensen.
En el siglo pasado la casa se llamaba AMINE, en el hoy la casa se llama ¡OJALA! y en un futuro próximo la casa se llamará NANCY JENSEN.
Es una vivienda doméstica de estilo ferroviario inglés con techos pronunciados de chapa, galería con tres arcos de medio punto y muros blancos con aberturas de madera con vidrio partido, pisos de madera y jardín en su frente. Su ubicación se encuentra en una calle emblemática de La Cumbre, López y Planes, donde varios estilos arquitectónicos conviven en franca armonía.
La historia de la casa es narrada por la Sra. Ilia Hayes descendiente de la familia Hayes ,primera propietaria de la casa , “Mis abuelos paternos, Amine Yunes y Cesar Hayes, llegaron a La Cumbre en la década del 1920 aproximadamente. Vivieron por un tiempo al lado de López y Planes 161, en lo de Serri. Lamentablemente mi abuelo se quemó prendiendo fuego a una lámpara y falleció a los dos días como consecuencia de las quemaduras. Esto fue posiblemente en 1925, porque mi papá Alberto Emilio tenía 9 años cuando falleció mi abuelo. Mi abuela ya viuda y con cuatro hijos se muda, en 1927 a López y Planes 161, decidieron llamar a la casa “Amine”, como mi abuela. Ella trabajaba muchísimo, ya que tenía que criar cuatro hijos, vendía puntillas y artículos de costura, además decidió alquilar habitaciones, uno de sus inquilinos fue el Dr. Oscar Vignaroli, cuando llega a La Cumbre recién recibido de médico. Mi abuela fallece a los 58 años, ocupaban esa casa además de la abuela, mi tía María Olga y mi papá. Mi tío Víctor forma una familia y mi tía Odette Isabel se casa con Miguel Homs. Mi tío Eduardo (el mayor y medio hermano de papá) vivía en Córdoba pero venía constantemente a La Cumbre y pasaba veranos en la casa familiar. Con el tiempo mi tía Olga se fue a vivir a Córdoba. Mi papá se casó con mi mamá Paulina Graciela Luján en 1958 y comenzó una nueva vida en esa casa, mi hermano Luis nació en 1959 y yo en 1962. Nuestra infancia fue absolutamente maravillosa en ese hogar, con sus habitaciones grandes con techos altos, y papá un amante de la jardinería, mantenía una quinta fabulosa, árboles frutales y un jardín hermoso. La casa estaba siempre llena de amigos y familia. Muchos de mis primos (ambos lado de la familia) siempre recuerdan con mucho cariño las fiestas que mis padres allí organizaban, sobre todo las Navidades. Nosotros nos mudamos a Toby´s en setiembre de 1972. En esa época se quedaron en la casa mi tía Olga y mi tío Víctor hasta que los hermanos decidieron venderla a la familia de Nancy en los 80´. En varias ocasiones Helios Delgado me invitó a visitar la casa para ver los cambios que le habían hecho pero yo siempre me disculpé porque quería quedarme con la imagen intacta de la casa en la que crecí y pasé momentos tan felices”

En el siglo XXI, el destino de la casa nos cuenta otra historia:
El 28 de noviembre de 2011, Nancy Jensen, propietaria de la casa, otorga su inmueble a la Municipalidad de La Cumbre en donación por medio de Escritura Pública y por su voluntad la casa debe destinarse exclusivamente a “una, varias o todas” estas actividades: Sala de Arte, Concejo Deliberante, Cultura y/o Deporte, con la prohibición de ser utilizado como vivienda. Además una cláusula de Usufructo para su compañero de vida, el Sr. Rodolfo Jorge Rametta hasta su término de vida, hecho que ocurrió el día 7 de Agosto de 2026.
Así es que por Ordenanza N° 09/24 del 23 de Mayo de 2024, el Concejo Deliberante por unanimidad autoriza al Ejecutivo Municipal a aceptar el legado y a afrontar los gastos, costas, honorarios para la inscripción definitiva del inmueble.
El día viernes 4 de Setiembre de 2026 fueron entregadas las llaves del inmueble a la Municipalidad para la posesión decisiva.
Los muros de la casa cuentan las historias de vida, de ilusiones, deseos y proyectos que quedaran en la memoria colectiva de los habitantes de La Cumbre.
Foto.Beto Isola.

13/08/2026

Año 1918. 1/2
Nota de la Comisión Pro Templo de La Cumbre solicitando al Gobernador de Córdoba un subsidio de diez mil pesos para techar el edificio.
La Cumbre. Córdoba, República Argentina.

(AFJEE│Archivo Fotográfico Jorge Enrique Etchevarne)

12/08/2026

Año 1918. 2/2
Nota de la Comisión Pro Templo de La Cumbre solicitando al Gobernador de Córdoba un subsidio de diez mil pesos para techar el edificio.
La Cumbre. Córdoba, República Argentina.

(AFJEE│Archivo Fotográfico Jorge Enrique Etchevarne)

12/08/2026

(Diciembre de 1910) 1/7
─ La Cumbre, 30 de Diciembre de 1910. Vecinos autoconvocados de Estación La Cumbre elevan nota al Poder Ejecutivo Provincial solicitando la formación de una Comisión Vecinal que se encargue de acometer obras públicas de urgente necesidad para los habitantes del pueblo. Nótese los nombres que figuran al pie de la nota. Siguen las disposiciones oficiales. ─

La Cumbre. Diciembre 30 1910.
Al Señor Ministro de Gobierno, Culto e Instrucción Pública Dr. José del Viso.
Los que suscriben, vecinos constribuyentes domiciliados en "La Cumbre" ejercitando el derecho de petición que nos acuerda nuestra carta fundamental, y atento a lo dispuesto por el C. Rural art. 23 Título tercero sobre Municipalidades de Campaña, ante su S.S. respetuosamente exponemos. Que no obstante las inmejorables condiciones climatéricas, de este pueblo, sus industrias, comercio y fuentes de producción que lo colocan en lugar prominente entre sus congéneres del Departamento de Punilla, está sin embargo seriamente obstaculizado en su marcha de progreso por la falta de reglamentación de los intereses públicos, la implantación de un servicio de aguas corrientes, uno que en la escala menos onerosa que siquiera tienda a llenar una de las múltiples y mas esenciales necesidades como asi mismo las obras sin las cuales es imposible dotar a una población naciente de los factores que proporcionan su bienestar económico, sus adelantos y progresos. En consecuencia solicitamos de S.S. quiera recabar del P.E. el establecimiento de una Comisión Municipal con arreglo y sugeción a las bases determinadas en la Constitución de la Provincia. No dudando que no escapará al ilustrado criterio de S.S. la justicia que atañe a nuestra solicitud le saludan respetuosamente: S.S. S.S. S.S.

La Cumbre. Córdoba, República Argentina.

(AFJEE│Archivo Fotográfico Jorge Enrique Etchevarne)

12/08/2026

(Diciembre de 1910) 2/7
─ La Cumbre, 30 de Diciembre de 1910. Vecinos autoconvocados de Estación La Cumbre elevan nota al Poder Ejecutivo Provincial solicitando la formación de una Comisión Vecinal que se encargue de acometer obras públicas de urgente necesidad para los habitantes del pueblo. Nótese los nombres que figuran al pie de la nota. Siguen las disposiciones oficiales. ─

La Cumbre. Diciembre 30 1910.
Al Señor Ministro de Gobierno, Culto e Instrucción Pública Dr. José del Viso.
Los que suscriben, vecinos constribuyentes domiciliados en "La Cumbre" ejercitando el derecho de petición que nos acuerda nuestra carta fundamental, y atento a lo dispuesto por el C. Rural art. 23 Título tercero sobre Municipalidades de Campaña, ante su S.S. respetuosamente exponemos. Que no obstante las inmejorables condiciones climatéricas, de este pueblo, sus industrias, comercio y fuentes de producción que lo colocan en lugar prominente entre sus congéneres del Departamento de Punilla, está sin embargo seriamente obstaculizado en su marcha de progreso por la falta de reglamentación de los intereses públicos, la implantación de un servicio de aguas corrientes, uno que en la escala menos onerosa que siquiera tienda a llenar una de las múltiples y mas esenciales necesidades como asi mismo las obras sin las cuales es imposible dotar a una población naciente de los factores que proporcionan su bienestar económico, sus adelantos y progresos. En consecuencia solicitamos de S.S. quiera recabar del P.E. el establecimiento de una Comisión Municipal con arreglo y sugeción a las bases determinadas en la Constitución de la Provincia. No dudando que no escapará al ilustrado criterio de S.S. la justicia que atañe a nuestra solicitud le saludan respetuosamente: S.S. S.S. S.S.

La Cumbre. Córdoba, República Argentina.

(AFJEE│Archivo Fotográfico Jorge Enrique Etchevarne)

12/08/2026

(Diciembre de 1910) 3/7
─ La Cumbre, 30 de Diciembre de 1910. Vecinos autoconvocados de Estación La Cumbre elevan nota al Poder Ejecutivo Provincial solicitando la formación de una Comisión Vecinal que se encargue de acometer obras públicas de urgente necesidad para los habitantes del pueblo. Nótese los nombres que figuran al pie de la nota. Siguen las disposiciones oficiales. ─

La Cumbre. Diciembre 30 1910.
Al Señor Ministro de Gobierno, Culto e Instrucción Pública Dr. José del Viso.
Los que suscriben, vecinos constribuyentes domiciliados en "La Cumbre" ejercitando el derecho de petición que nos acuerda nuestra carta fundamental, y atento a lo dispuesto por el C. Rural art. 23 Título tercero sobre Municipalidades de Campaña, ante su S.S. respetuosamente exponemos. Que no obstante las inmejorables condiciones climatéricas, de este pueblo, sus industrias, comercio y fuentes de producción que lo colocan en lugar prominente entre sus congéneres del Departamento de Punilla, está sin embargo seriamente obstaculizado en su marcha de progreso por la falta de reglamentación de los intereses públicos, la implantación de un servicio de aguas corrientes, uno que en la escala menos onerosa que siquiera tienda a llenar una de las múltiples y mas esenciales necesidades como asi mismo las obras sin las cuales es imposible dotar a una población naciente de los factores que proporcionan su bienestar económico, sus adelantos y progresos. En consecuencia solicitamos de S.S. quiera recabar del P.E. el establecimiento de una Comisión Municipal con arreglo y sugeción a las bases determinadas en la Constitución de la Provincia. No dudando que no escapará al ilustrado criterio de S.S. la justicia que atañe a nuestra solicitud le saludan respetuosamente: S.S. S.S. S.S.

La Cumbre. Córdoba, República Argentina.

(AFJEE│Archivo Fotográfico Jorge Enrique Etchevarne)

12/08/2026

(Diciembre de 1910) 4/7
─ La Cumbre, 30 de Diciembre de 1910. Vecinos autoconvocados de Estación La Cumbre elevan nota al Poder Ejecutivo Provincial solicitando la formación de una Comisión Vecinal que se encargue de acometer obras públicas de urgente necesidad para los habitantes del pueblo. Nótese los nombres que figuran al pie de la nota. Siguen las disposiciones oficiales. ─

La Cumbre. Diciembre 30 1910.
Al Señor Ministro de Gobierno, Culto e Instrucción Pública Dr. José del Viso.
Los que suscriben, vecinos constribuyentes domiciliados en "La Cumbre" ejercitando el derecho de petición que nos acuerda nuestra carta fundamental, y atento a lo dispuesto por el C. Rural art. 23 Título tercero sobre Municipalidades de Campaña, ante su S.S. respetuosamente exponemos. Que no obstante las inmejorables condiciones climatéricas, de este pueblo, sus industrias, comercio y fuentes de producción que lo colocan en lugar prominente entre sus congéneres del Departamento de Punilla, está sin embargo seriamente obstaculizado en su marcha de progreso por la falta de reglamentación de los intereses públicos, la implantación de un servicio de aguas corrientes, uno que en la escala menos onerosa que siquiera tienda a llenar una de las múltiples y mas esenciales necesidades como asi mismo las obras sin las cuales es imposible dotar a una población naciente de los factores que proporcionan su bienestar económico, sus adelantos y progresos. En consecuencia solicitamos de S.S. quiera recabar del P.E. el establecimiento de una Comisión Municipal con arreglo y sugeción a las bases determinadas en la Constitución de la Provincia. No dudando que no escapará al ilustrado criterio de S.S. la justicia que atañe a nuestra solicitud le saludan respetuosamente: S.S. S.S. S.S.

La Cumbre. Córdoba, República Argentina.

(AFJEE│Archivo Fotográfico Jorge Enrique Etchevarne)

12/08/2026

(Diciembre de 1910) 6/7
─ La Cumbre, 30 de Diciembre de 1910. Vecinos autoconvocados de Estación La Cumbre elevan nota al Poder Ejecutivo Provincial solicitando la formación de una Comisión Vecinal que se encargue de acometer obras públicas de urgente necesidad para los habitantes del pueblo. Nótese los nombres que figuran al pie de la nota. Siguen las disposiciones oficiales. ─

La Cumbre. Diciembre 30 1910.
Al Señor Ministro de Gobierno, Culto e Instrucción Pública Dr. José del Viso.
Los que suscriben, vecinos constribuyentes domiciliados en "La Cumbre" ejercitando el derecho de petición que nos acuerda nuestra carta fundamental, y atento a lo dispuesto por el C. Rural art. 23 Título tercero sobre Municipalidades de Campaña, ante su S.S. respetuosamente exponemos. Que no obstante las inmejorables condiciones climatéricas, de este pueblo, sus industrias, comercio y fuentes de producción que lo colocan en lugar prominente entre sus congéneres del Departamento de Punilla, está sin embargo seriamente obstaculizado en su marcha de progreso por la falta de reglamentación de los intereses públicos, la implantación de un servicio de aguas corrientes, uno que en la escala menos onerosa que siquiera tienda a llenar una de las múltiples y mas esenciales necesidades como asi mismo las obras sin las cuales es imposible dotar a una población naciente de los factores que proporcionan su bienestar económico, sus adelantos y progresos. En consecuencia solicitamos de S.S. quiera recabar del P.E. el establecimiento de una Comisión Municipal con arreglo y sugeción a las bases determinadas en la Constitución de la Provincia. No dudando que no escapará al ilustrado criterio de S.S. la justicia que atañe a nuestra solicitud le saludan respetuosamente: S.S. S.S. S.S.

La Cumbre. Córdoba, República Argentina.

(AFJEE│Archivo Fotográfico Jorge Enrique Etchevarne)

12/08/2026

(Diciembre de 1910) 7/7
─ La Cumbre, 30 de Diciembre de 1910. Vecinos autoconvocados de Estación La Cumbre elevan nota al Poder Ejecutivo Provincial solicitando la formación de una Comisión Vecinal que se encargue de acometer obras públicas de urgente necesidad para los habitantes del pueblo. Nótese los nombres que figuran al pie de la nota. Siguen las disposiciones oficiales. ─

La Cumbre. Diciembre 30 1910.
Al Señor Ministro de Gobierno, Culto e Instrucción Pública Dr. José del Viso.
Los que suscriben, vecinos constribuyentes domiciliados en "La Cumbre" ejercitando el derecho de petición que nos acuerda nuestra carta fundamental, y atento a lo dispuesto por el C. Rural art. 23 Título tercero sobre Municipalidades de Campaña, ante su S.S. respetuosamente exponemos. Que no obstante las inmejorables condiciones climatéricas, de este pueblo, sus industrias, comercio y fuentes de producción que lo colocan en lugar prominente entre sus congéneres del Departamento de Punilla, está sin embargo seriamente obstaculizado en su marcha de progreso por la falta de reglamentación de los intereses públicos, la implantación de un servicio de aguas corrientes, uno que en la escala menos onerosa que siquiera tienda a llenar una de las múltiples y mas esenciales necesidades como asi mismo las obras sin las cuales es imposible dotar a una población naciente de los factores que proporcionan su bienestar económico, sus adelantos y progresos. En consecuencia solicitamos de S.S. quiera recabar del P.E. el establecimiento de una Comisión Municipal con arreglo y sugeción a las bases determinadas en la Constitución de la Provincia. No dudando que no escapará al ilustrado criterio de S.S. la justicia que atañe a nuestra solicitud le saludan respetuosamente: S.S. S.S. S.S.

La Cumbre. Córdoba, República Argentina.

(AFJEE│Archivo Fotográfico Jorge Enrique Etchevarne)

12/08/2026

(Julio de 1914)

Núm. 2334.
Ley sobre provisión de aguas corrientes a la población de «La Cumbre» (Departamento Punilla)
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Córdoba reunidos en Asamblea General sancionan con fuerza de
Ley:
Art. 1º — El Poder Ejecutivo previo los estudios del caso mandará construir las obras que sean necesarias, para proveer de agua potable a la población de La Cumbre, Departamento de Punilla, pudiendo invertir en su ejecución hasta la suma de «quince mil pesos nacionales»
Art. 2°— El gasto que demande el cumplimiento de esta Ley se hará con los recursos creados por la núm. 1945, imputándose a la presente.
Art. 3°— Comuníquese al Poder Ejecutivo de la Provincia.
Dado en la Sala de Sesiones de la Honorable Asamblea Legislativa de la Provincia en Córdoba, a dos días del mes de Julio del año mil novecientos catorce.

F. Garzón Maceda Aurelio E. Crespo
Santiago Rius A. Figueroa Alcorta
Secret. del Senado Secret. de la C. de DD

La Cumbre. Córdoba, República Argentina.

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