ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL “HOSPITAL SANTA ROSA”
Resolución 053 D.I.P.J - Expte. A - F.1 - Año 2003
Chajarí, Entre Ríos, Rca. Argentina
Tel. 03456 420883/ 15494575
ARTICULO 1 - DENOMINACIÓN
Queda constituida la presente entidad de carácter civil y bien público, sin fines de lucro, que se denominará “ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL HOSPITAL SANTA ROSA” DE CHAJARÍ, con domicilio social en calle Dr
. Planas 2285 de la ciudad de Chajarí, Provincia de Entre Ríos. ARTICULO 2 - OBJETO
La Asociación tendrá por objeto:
1. Proveer un apoyo integral a las actividades del Hospital Santa Rosa de Chajarí;
2. Concurrir en ayuda del establecimiento sanitario en cuanto a reparación, mantenimiento, ampliación y/o mejora de sus instalaciones, equipamiento y amoblamiento conforme a las posibilidades económicas de la Asociación;
3. Promover el desarrollo intelectual, cultural, profesional y técnico del personal dependiente de dicha Institución;
4. Brindar en general un equipamiento y cobertura integrales a las necesidades materiales que dicho centro pueda necesitar para el cumplimiento de sus objetivos en pro de asegurar el bienestar y perfeccionamiento de la comunidad;
5. Ejercer la defensa de los derechos de los asociados ante los poderes públicos y entidades privadas;
6. Gestionar toda iniciativa lícita que genere recursos con destino a los fines antes indicados;
7. Preservar, dentro del hospital, el medio ambiente y la calidad de vida de los habitantes de Chajarí y zona de influencia, en estrecha colaboración con organismos estatales, paraestatales y/o privados;
8. Colaborar, en caso de ser requerido, en su regulación y funcionamiento, sea en la administración o en entes autárquicos, empresas del estado, sociedades con intervención estatal y, en general, con cualquier persona jurídica pública, privada o mixta que deba intervenir de alguna manera, o esté relacionada con este objeto;