EXIGIMOS:
- CUMPLIMIENTO DE LA ORDENANZA Nº 8167 de la Ciudad de Córdoba "RUIDOS EXCESIVOS" (Sancionada año 1986) Y MODIFICATORIAS.
- ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DECIBELÍMETROS para el equipamiento de los Agentes de Tránsito Municipales.
- CAPACITACIÓN A AGENTES DE TRÁNSITO MUNICIPALES sobre el uso de equipos decibelímetros para la medición de emisiones sonoras en vehículos automotores, como así
también sobre los Artículos de la Ordenanza para su puesta en práctica y ejecución.
- MULTA Y SECUESTRO DE VEHÍCULOS cuyas emisiones, por escapes o altavoces, excedan los niveles máximos previstos en:
- Tabla I del Art. 9° del Capítulo II de Ordenanza N° 8167/86, y
- Art. 14° del Capítulo II de Ordenanza N° 8167/86, modificado por Art. 4° de Ordenanza N° 10621 del mismo año,
Que asignan como niveles máximos:
1.- Escapes Motocicletas de cualquier tipo: 80 dB (A)
2.- Escapes Automotores hasta 3,5 Tn de tara: 85 dB (A)
3.- Escapes Automotores de más de 3,5 Tn. de tara y a Diesel: 90 dB (A)
Altavoces: 60 dB (A)
- DESCENTRALIZACIÓN de la presencia POLICIAL Y DE INSPECTORES hacia arterias y puntos más comprometidos de la ciudad más allá del microcentro.
- RESTITUCIÓN del poder de Agentes de Tránsito a las fuerzas de la POLICÍA DE CÓRDOBA, tal como era hasta.
- PROHIBICIÓN DE VENTA DE ESCAPES ILEGALES en cualquier clase de comercio y rubro.
- PROHIBICIÓN A LAS MODIFICACIONES A ESCAPES originales y/o reglamentarios, por parte de talleres mecánicos.
- ELABORACIÓN Y MANTENIMIENTO DE UN MAPA DE RUIDO Y VIBRACIONES de la Ciudad de Córdoba, junto a un PROGRAMA PERMANENTE DE MEDICIÓN de los niveles de ruido en el ambiente exterior durante los períodos diurno y nocturno en las zonas de mayor concentración de tránsito.
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