02/09/2024
¿LA FIRMA DEL RECIBO, IMPLICA RENUNCIAR A DERECHOS?
Es muy frecuente que nos pregunten, si firmar el recibo de sueldo implica un consentimiento con las sumas recibidas, o si la firma por ejemplo de la liquidación final, implica que no pueda reclamar las sumas que le adeuden por el despido.
La firma del recibo nunca puede implicar renuncia al derecho del trabajador, así lo establece la Ley de Contrato de Trabajo. Quien es despedido, y se presenta frente al empleador a recibir su liquidación y se encuentra con un recibo que establece una suma muy inferior a la que debe percibir, puede firmar ese recibo, cobrar lo que la empresa ofrece pagar, y luego reclamar la diferencia, ya que la firma de un recibo por parte del trabajador, nunca puede ser tomado como renuncia a sus derechos.
Si debe tomar como recaudo el trabajador, que el importe que dice el recibo coincida con las sumas que le abonan.-
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