28/07/2026
Hoy 28 de Julio se cumplen 20 años de la Ordenanza Nº 3361/06
Frente a las nuevas obras que pretenden "construir" en nuestro querido Parque Cariló, destruyendo el Paisaje Protegido, viene bien recordar:
1. Que corresponde reglamentar de acuerdo a las actividades y las
características del lugar teniendo por objeto conservar y preservar la integridad del
paisaje fitogeográfico, geomorfológico y urbanístico y tomando como base los
antecedentes legislativos, jurisprudenciales y doctrinarios en la materia, en el área designada como paisaje protegido, regulada por la ley 12.099.
2. Que en especial se propende a privilegiar la preservación del medioambiente y del paisaje en su conjunto, en concordancia con la conducta que viene
desarrollando la Provincia en particular desde la sanción en 1995, de la Ley General
del Ambiente 11.723 que norma con firmeza y eficacia la protección, conservación,
mejoramiento y restauración de los recursos naturales y del ambiente en general en
el territorio de la Provincia.
3. Que impone a los que ejecuten proyectos de obras o actividades que produzcan o sean susceptibles de producir algún efecto negativo en el ambiente o los recursos naturales de la Provincia, la obligación de presentar conjuntamente con el
proyecto una evaluación del impacto ambiental con determinadas modalidades que
han sido respetadas al elaborar el anexo de la presente ordenanza para propender a
la unidad legislativa y no a su dispersión ampliando y adecuando las exigencias del
Procedimiento de la Evaluación del Impacto Ambiental a las necesidades y características del Parque Cariló.
NO HAY QUE MODIFICAR LA ORDENANZA…. HAY QUE RESPETARLA‼️