16/12/2025
SEÑOR FISCAL DE MATERIA
DEL MINISTERIO PÚBLICO
DEL DEPARTAMENTO DE __________
I. DATOS DEL DENUNCIANTE
Nombre: ______________________________
C.I.: ________________________________
Domicilio: ___________________________
(o “Denuncia de oficio”, conforme art. 289 CPP)
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II. DATOS DE LA DENUNCIADA
Margot Ayala Lino
Cargo: Directora de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH)
Domicilio laboral: ANH – La Paz
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III. RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS
La denunciada Margot Ayala Lino, en declaraciones públicas difundidas por medios de comunicación nacionales, reconoció expresamente que durante aproximadamente 10 años, mientras ejercía funciones públicas en el anterior gobierno del MAS, tuvo conocimiento directo de múltiples hechos de corrupción e irregularidades en el sector hidrocarburos, manifestando textualmente que:
> “no se podía decir nada”.
Asimismo, señaló que durante dicho período funcionarios públicos se beneficiaron económicamente, reconociendo la existencia de un sistema estructural de corrupción, sin haber realizado denuncia alguna ante autoridad competente, pese a su obligación legal como servidora pública.
Dicha conducta no solo implica conocimiento, sino omisión deliberada, tolerancia y encubrimiento, permitiendo la continuidad de los hechos ilícitos y el daño económico al Estado boliviano.
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IV. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA
Los hechos descritos adecuan su conducta a los siguientes tipos penales del Código Penal Boliviano:
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🔴 1. Incumplimiento de Deberes
📌 Art. 154 CP
Por omitir denunciar y actuar frente a hechos ilícitos conocidos en el ejercicio de la función pública.
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🔴 2. Encubrimiento
📌 Art. 171 CP
Al guardar silencio institucional, contribuyendo a la impunidad de los autores y beneficiarios de la corrupción.
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🔴 3. Complicidad por Omisión Dolosa
📌 Arts. 23 y 20 CP
Al permitir que los delitos continúen mediante su conducta pasiva consciente.
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🔴 4. Asociación Delictuosa (a determinarse en investigación)
📌 Art. 132 CP
Si se acredita la existencia de una estructura organizada de corrupción dentro del sector hidrocarburos.
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🔴 5. Conducta Antieconómica (si se demuestra daño)
📌 Art. 224 CP
Por el perjuicio económico al Estado, producto de la omisión funcional.
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V. ELEMENTOS INDICIARIOS
1. Declaraciones públicas de la denunciada en medios de comunicación.
2. Registros audiovisuales y periodísticos.
3. Documentación institucional de la ANH durante el período referido.
4. Auditorías y procesos administrativos pendientes o archivados.
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VI. PETITORIO
Al amparo de los arts. 289, 293 y 298 del Código de Procedimiento Penal, solicito:
1. Se admita la presente denuncia penal.
2. Se inicie investigación penal contra Margot Ayala Lino.
3. Se convoque a declaración informativa a la denunciada.
4. Se disponga el acopio de pruebas documentales y testimoniales.
5. Se investigue la existencia de redes de corrupción......
Directora de ANH Margot Ayala Lino: "Hemos vivido los últimos 20 años acorralados, ha sido un t3rr0r1sm0 de estado, uno no podía hablar libremente"
Margot Ayala Lino directora de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) revela mediante una conferencia, que trabajo con los anteriores gobiernos durante 10 años dentro del área de hidrocarburos, por lo que revelo que en su gestión presencio varias irregularidades, por lo que menciona que no podían decir nada al respecto, Margot señala que durante los 20 años "vivieron acorralados, amordazados. "Ha sido un t3rr0r1sm0 de estado, uno no podía hablar libremente" declaro Margot.
La directora de la ANH señalo que en cuanto a la gestión pasada, en la época "desde la nacionalización hasta ahora, el momento en el que mejor le ha ido a los hidrocarburos a nivel mundial" la gestión pasada no lo supo aprovechar, si no "los funcionarios públicos son los que han aprovechado de ese bien momento" menciono Ayala.