18/08/2026
🔵Desde AMRA informamos a la comunidad que no es nuestro objetivo oponernos ni a la norma ni al derecho a la información por parte de los pacientes y/o ciudadanos en general. Nuestro sindicato exige a los legisladores que se respete no solo el referido derecho a la información, sino también el derecho de los profesionales a la defensa en juicio.
Resulta contrario a un Estado de derecho pretender, discrecional y arbitrariamente, registrar un acto médico sin evaluar si se realizó su accionar conforme a la lex artis, sin conocer si se contaba o no con los medios necesarios para una adecuada atención sanitaria: solo una sentencia/condena firme tiene la potestad de establecer o fijar responsabilidad profesional en tal o cual acto médico.
Por otro lado, respecto de las instituciones proveedoras de salud (tanto públicas como privadas) y la pretensa optimización, profesionalización y capacitación del recurso humano de salud, obligándolo a cumplir mayor cantidad de tareas, imponiendo más obligaciones, protocolos, etc., sin garantizar suplemento económico ni recurso humano suficiente, no solo resulta de difícil implementación en nuestra salud santafesina, sino que también solo generará un recurso humano extenuado tras largas horas de guardias, sin descanso ni rotación: las normas no modifican la realidad.
Para ello, primero es imprescindible mejorar la realidad salarial de los profesionales y dotar de los recursos necesarios los lugares de trabajo.
“DONDE HAYA UN PROFESIONAL DE LA SALUD TRABAJANDO, ESTARÁ EL SINDICATO”