10/06/2026
El artículo 80 de la LCT obliga al empleador a entregar el certificado de trabajo al momento de la extinción del vínculo laboral.
Sin embargo, en la práctica, los incumplimientos son frecuentes — y las consecuencias para la empresa no siempre son claras para quienes tienen que gestionarlo.
¿Qué herramientas tiene el trabajador? ¿Cuál es el plazo real para reclamar? ¿Y qué rol juega el profesional de RRLL o RRHH cuando está del lado del empleador?
Abrimos el debate 👇
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